Acuerdo y Documento Que Contiene la Modificación Al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Villa de álvarez en lo Referente a la Clasificación de áreas de Reserva Urbana con Horizonte de Crecimiento a Largo Plazo, para Cambiarlo a Un Horizonte de Planeación a Corto Plazo en Un Predio Propiedad de la Empresa Lega Desarrollos S.A. de C.V., Ubicado Al Poniente de la Ciudad de Villa de álvarez, COLIMA.

Tomo 103, Colima, Col., Sábado 20 de Enero del año 2018; Núm. 04 pág. 147

GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO

ACUERDO

Y DOCUMENTO QUE CONTIENE LA MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE VILLA DE ÁLVAREZ EN LO REFERENTE A LA CLASIFICACIÓN DE ÁREAS DE RESERVA URBANA CON HORIZONTE DE CRECIMIENTO A LARGO PLAZO, PARA CAMBIARLO A UN HORIZONTE DE PLANEACIÓN A CORTO PLAZO EN UN PREDIO PROPIEDAD DE LA EMPRESA LEGA DESARROLLOS S.A. DE C.V., UBICADO AL PONIENTE DE LA CIUDAD DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Que mediante oficio número 02.424/2017, fechado el 20 de diciembre de 2017 y recibido ese mismo día, el Director General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la Modificación al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Villa de Álvarez en lo referente a la clasificación de Áreas de Reserva Urbana con horizonte de crecimiento a largo plazo, para cambiarlo a un horizonte de planeación a corto plazo en un predio propiedad de la empresa LEGA Desarrollos S.A. de C.V., ubicado al poniente de la ciudad de Villa de Álvarez, Colima, promovido por LEGA Desarrollos S. A. de C. V.

SEGUNDO.- Que el "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Villa de Álvarez, Colima", fue aprobado por el H. Cabildo de este municipio, en Sesión Ordinaria celebrada el día 24 de Septiembre del año 2005, y mediante Acuerdo del Ejecutivo Estatal se publicó en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", en el Suplemento 1, de la edición No. 73, de fecha 26 de noviembre del mismo año.

Que en Sesión de Cabildo del H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez, Colima, celebrada el 1º de octubre del año 2015, se aprobó la Modificación al Programa de Desarrollo Urbano que nos ocupa, misma que mediante Acuerdo del Titular del Ejecutivo Estatal se publicó en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", en el Suplemento 1, de la edición No. 69, de fecha 19 de diciembre de ese mismo año; la cual, entre otros puntos, en su estrategia general de desarrollo establece que el predio se localiza en un área de Reserva Urbana a Largo Plazo (RU-LP-19); además, la zonificación que la estrategia del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Villa de Álvarez establece para el predio es Zona Habitacional de Densidad Alta (H4-80), uso de Corredor Urbano Mixto de intensidad Alta (MD3-113) y Mixto de Barrio Intensidad Alta (MB3-110).

TERCERO.- Que en Sesión de Cabildo del H. Ayuntamiento de Colima, celebrada el 08 de diciembre del año 2017, se aprobó en los términos propuestos la Modificación al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Villa de Álvarez en lo referente a la clasificación de Áreas de Reserva Urbana con horizonte de crecimiento a largo plazo, para cambiarlo a un horizonte de planeación a corto plazo en un predio propiedad de la empresa LEGA Desarrollos S.A. de C.V., ubicado al poniente de la ciudad de Villa de Álvarez, Colima, según se advierte de la certificación expedida por la Secretaría del citado Ayuntamiento el día 12 de diciembre de año en curso, cuyo original se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano.

CUARTO.- Que informa el Director General de Regulación y Ordenamiento Urbano, que el Secretario de Infraestructura y Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, dictaminó la congruencia de la Modificación al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Villa de Álvarez en lo referente a la clasificación de Áreas de Reserva Urbana con horizonte de crecimiento a largo plazo, para cambiarlo a un horizonte de planeación a corto plazo en un predio propiedad de la empresa LEGA Desarrollos S.A. de C.V., ubicado al poniente de la ciudad de Villa de Álvarez, Colima, según consta en el documento del cual solicita su publicación.

QUINTO.- Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", el documento que contiene la Modificación al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Villa de Álvarez en lo referente a la clasificación de Áreas de Reserva Urbana con horizonte de crecimiento a largo plazo, para cambiarlo a un horizonte de planeación a corto plazo en un predio propiedad de la empresa LEGA

Desarrollos S.A. de C.V., ubicado al poniente de la ciudad de Villa de Álvarez, Colima, en los términos precisados en los Considerandos del presente Acuerdo.

Por lo anteriormente expuesto he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.- Por haberse cumplido las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la Modificación al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Villa de Álvarez en lo referente a la clasificación de Áreas de Reserva Urbana con horizonte de crecimiento a largo plazo, para cambiarlo a un horizonte de planeación a corto plazo en un predio propiedad de la empresa LEGA Desarrollos S.A. de C.V., ubicado al poniente de la ciudad de Villa de Álvarez, Colima, aprobado por el H. Cabildo del municipio de Villa de Álvarez, Colima, el día 08 de diciembre del año 2017.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima".

Por lo tanto, mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno, el día 22 veintidós de diciembre del año 2017 dos mil diecisiete.

A t e n t a m e n t e

"SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN"

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA. Rúbrica.

ARNOLDO OCHOA GONZÁLEZ, EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO. Rúbrica.

JOSÉ DE JESÚS SÁNCHEZ ROMO, EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO. Rúbrica.

ANTECEDENTES

Mediante la Escritura Pública Número 16,484 de fecha del 14 de septiembre de 1998, expedida por el Lic. Mario de la Madrid de la Torre, Notario Público Titular de la notaría pública número 9 del municipio de Colima, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio bajo el Folio mercantil número 128403 de fecha del 06 de octubre de 1998 se hace constar el Acta Constitutiva de la empresa BRUN PROCESSED FOODS S.A. DE C.V., teniendo como...

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