Acuerdo y Documento Que Contiene Una Modificación del "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Colima, Colima", únicamente en lo Que Respecta a la Clasificación de áreas de la Fracción 02-02-80-000-084-001 Que Formó Parte de la Parcela 84 del Ejido "El DIEZMO".

Tomo 100, Colima, Col., Sábado 18 de Abril del año 2015; Núm. 21, pág. 660.

ACUERDO

Y DOCUMENTO QUE CONTIENE UNA MODIFICACIÓN DEL "PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE COLIMA, COLIMA", ÚNICAMENTE EN LO QUE RESPECTA A LA CLASIFICACIÓN DE ÁREAS DE LA FRACCIÓN 02-02-80-000-084-001 QUE FORMÓ PARTE DE LA PARCELA 84 DEL EJIDO "EL DIEZMO".

MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto Constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Que mediante oficio número 02.085/2015, de fecha 8 de abril del año 2015, y recibido en la Dirección General de Gobierno el día de hoy 9 del mismo mes, el Director de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento correspondiente a una modificación del "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Colima, Colima", en lo referente a la clasificación de áreas de la fracción 02-02-80-000-084-001 que formó parte de la parcela 84 del Ejido "El Diezmo", la cual es promovida por la empresa DELAMO GRUPO CONSTRUCTOR S.A. de C.V., representada por el Lic. Ramón de la Mora Ávila, en su carácter de administrador único, propietario de la fracción de terreno ya mancionada.

SEGUNDO.- Que el "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Colima, Colima", fue aprobado por el H. Cabildo del municipio de Colima, el 12 de octubre del año 2000, y mediante Acuerdo del Ejecutivo a mi cargo se publicó en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", en su edición No. 52, de fecha 16 de diciembre del mismo año. En sesión celebrada el día 5 de marzo del año 2015, el Cabildo municipal aprobó una modificación al Programa ya mencionado, en lo referente a la clasificación de áreas de la fracción 02-02-80-000-084-001 que formó parte de la parcela 84 del Ejido "El Diezmo", conforme se asienta en el documento del cual solicitan su publicación, así como en la certificación del Punto de Acuerdo expedida el mismo día, por el Secretario del H. Ayuntamiento.

TERCERO.- Que el Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, dictaminó la congruencia de la modificación del "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Colima, Colima", únicamente en lo que respecta a la clasificación de áreas de la fracción 02-02-80-000-084-001 que formó parte de la parcela 84 del Ejido "El Diezmo".

CUARTO.- Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", el documento que contiene la modificación del "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Colima, Colima", en los términos ya señalados.

En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente:

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO

A C U E R D O

ÚNICO.- Por haberse cumplido las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El...

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