Acuerdo que modifica al diverso por el que se da a conocer el cupo para importar juguetes

Fecha de disposición19 Diciembre 2012
Fecha de publicación19 Diciembre 2012
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o., fracción III, 5o., fracción V, 17, 20, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 31 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior; 5, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial y de los diversos por los que se establece el esquema de importación a la Franja Fronteriza Norte y Región Fronteriza, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2007, establece en su artículo 5 un arancel-cupo aplicable, entre otras, a diversas fracciones arancelarias del capítulo 95 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, cuando el importador cuente con certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía;

Que mediante diverso publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2012 se modificó el Decreto a que se refiere el párrafo anterior, adicionando una fracción arancelaria a su artículo 5, con lo cual se amplió el beneficio de arancel-cupo para otras mercancías de la industria del juguete;

Que el Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar juguetes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2008 y sus diversas modificaciones, tiene como uno de sus propósitos el motivar la inversión en montos que permitan lograr los objetivos que tiene encomendados el Gobierno Federal en materia de política industrial y de comercio exterior;

Que en atención a los avances de la tecnología y la industria, al incremento del intercambio de mercancías novedosas, a los cambios en los patrones de consumo y a la dinámica comercial internacional, los países miembros de la Organización Mundial de Aduanas, entre los que se encuentra México, acordaron la expedición de la "Quinta Enmienda a la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías", por lo que mediante Decretos del Ejecutivo Federal publicados el 29 de junio de 2012 en el Diario Oficial de la Federación, se modificó la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación;

Que ante la necesidad de otorgar al usuario del comercio exterior certidumbre jurídica en la aplicación del Acuerdo antes citado, es necesario adecuar las fracciones arancelarias que se vieron impactadas con motivo de la modificación a que se refiere el primer considerando del...

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