ACUERDO DIELAG ACU 063/2022 del Ciudadano Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco que otorga el Premio Estatal a la Juventud, correspondiente al año 2022.

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SÁBADO 8 DE OCTUBRE DE 2022 / Número 26. Sección III
ACUERDO
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobierno del Estado de Jalisco. Poder
Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno.
DIELAG ACU 063/2022
DIRECCIÓN DE ESTUDIOS
LEGISLATIVOS Y
ACUERDOS GUBERNAMENTALES
ACUERDO DEL CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE JALISCO, MEDIANTE EL CUAL SE OTORGA EL
PREMIO ESTATAL A LA JUVENTUD, CORRESPONDIENTE AL AÑO
2022
GUADALAJARA, JALISCO, A 05 DE OCTUBRE DE 2022
Enrique Alfaro Ramírez, Gobernador Constitucional del Estado de
Jalisco, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 36, 46 y 50
fracciones VIII y XXVI de la Constituci ón Política; 1°, 3°, 5°, 7, 14, 15, 16
y 18 de la Ley que Establece las Bases para el Otorgamiento de Premios
y Condecoraciones; así como 18, 22, 23, 24 y 25 del Reglamento de
dicha Ley; y 1, 2, 3, 4 y 37 de la Ley para el Desarrollo Integral de las
Juventudes del Estado de Jalisco, todos los anteriores ordenamientos del
Estado de Jalisco, y con base en los siguientes:
CONSIDERANDOS:
I. Los artículos 36 y 50 fracción XX de la Constitución Política del Estado
de Jalisco establecen que el ejercicio del Poder Ejecutivo se deposita en
un ciudadano que se denomina Gobernador del Estado, y cuenta con la
facultad de expedir acuerdos de carácter administrativo para la eficaz
prestación de los servicios públicos.
II. El artículo 46 de la propia Constitución Política del Estado de Jalisco
señala que todas las disposiciones que el Gobernador emita deberán
estar refrendadas por el secretario de despacho a que el asunto
corresponda.
III. Que la Ley que establece las bases para el otorgamiento de premios
y condecoraciones en el Estado de Jalisco, determina que los
reconocimientos públicos que se confieran con base en dicho
ordenamiento legislativo, mediante el otorgamiento de premios, preseas
y condecoraciones, deberán sustentarse en un análisis objetivo de
méritos a través de los cuales se hayan distinguido de manera relevante
por sus actos, obras, proyectos o por una trayectoria ejemplar a favor del
estado, del país o de la humanidad.
IV. Que en los artículos 16 fracción I y 18 de la ley de referencia,
establecen que el “Premio Estatal a la Juventud” se otorga a los
ciudadanos menores de treinta años que se hayan distinguido, en grado
eminente y durante el año inmediato anterior al del otorgamiento del

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