ACUERDO DELEGATORIO DE FACULTADES EN FAVOR DE LA LIC. ARACELI TISCAREÑO RUBALCABA, COMISIONADA DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES PÚBLICAS Y EVENTOS ADSCRITA A LA SECRETARÍA PARTICULAR DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA

Fecha de publicación19 Febrero 2024
Sección
Pág. 32 PERIÓDICO OFICIAL Febrero 19 de 2024
(Primera Sección)
H. AYUNTAMIENTO DE JESÚS MARÍA
Dependencia: Presidencia Municipal
No de Oficio: PM/SP/0042/2024
Asunto: Acuerdo Delegatorio de Facultades
Jesús María, Ags a dos de enero de dos mil veinticuatro.
LIC. ARACELI TISCAREÑO RUBALCABA
Comisionada del Departamento de Relaciones Públicas y
Eventos Adscrita a la Secretaría Particular del Municipio
de Jesús María, Aguascalientes.
P R E S E N T E
Por medio del presente emito Acuerdo Delegatorio de Facultades en favor de su persona a partir del día dos
de enero al catorce de octubre de dos mil veinticuatro, para que, ejerza las funciones, facultades y
atribuciones previstas en el artículo 33 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Jesús María
Aguascalientes; lo anterior con fundamento en los artículos 22 y 84 del mismo ordenamiento.
Por último, publíquese el presente acuerdo delegatorio de facultades en el Periódico Oficial del Estado de
Aguascalientes, sin otro particular le reitero mi consideración.
A T E N T A M E N T E.
MTRO. JOSÉ ANTONIO ARÁMBULA LÓPEZ
Presidente Municipal de Jesús María, Aguascalientes.
H. AYUNTAMIENTO DE JESÚS MARÍA
Ingeniero José Antonio Arámbula López, Presidente Municipal de Jesús María, con fundamento en los
Política del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal
para el Estado de Aguascalientes; artículos 18, 19, 20 y demás relativos y aplicables del Bando de Policía
y Gobierno del Municipio de Jesús María, a los habitantes del Municipio de Jesús María hace saber que el
Honorable Ayuntamiento Constitucional 2021-2024, tuvo a bien aprobar en sesión de cabildo de fecha 15
de enero de 2024, REGLAS DE CARÁCTER GENERAL PARA LA APLICACIÓN DE ESTÍMULOS,
SUBSIDIOS FISCALES Y DESCUENTOS DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024”, al tenor de lo siguiente:
ANTECEDENTES
PRIMERO.- La Ley de Ingresos del Municipio de Jesús María, Aguascalientes; para el Ejercicio Fiscal del
Año 2024, misma que el día quince de diciembre de dos mil veintidós, fuera aprobada por el H. Congreso
del Estado de Aguascalientes, y publicada en el Periódico Oficial para el Estado de Aguascalientes.
SEGUNDO.- Dicha Ley de Ingresos, en lo particular en los artículos 92, 94, SEGUNDO, TERCERO y
CUARTO transitorios disponen textualmente:
“(…) Artículo 92.- Se faculta al titular de la Secretaría de Finanzas del Municipio, para que
mediante disposiciones de carácter general que deberán ser publicadas en el Periódico
Oficial del Estado, efectué descuentos hasta el 90% en los ingresos municipales, a efecto
de estimular el cumplimiento fiscal de las contribuciones locales.
De igual manera se faculta al H. Ayuntamiento del Municipio, para que en caso de encontrar
contradicciones cobre los porcentajes, montos, costos tasas o tarifas aplicables sobre los
ingresos municipales en dicha ley de Ingresos, resuelva y defina lo procedente.
ARTÍCULO 94.- Se autoriza al Presidente Municipal para que mediante disposiciones de
carácter general otorgue estímulos, subsidios fiscales y descuentos, respecto de los ingresos
establecidos en esta ley.
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