ACUERDO DELEGATORIO AL DIRECTOR DE ASUNTOS JURÍDICOS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO Y DIRECCIÓN GENERAL DE GOBIERNO

Fecha de publicación18 Septiembre 2017
Sección
Pág. 36 PERIÓDICO OFICIAL Septiembre 18 de 2017
(Primera Sección)
U) El Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad podrá vericar en cualquier tiempo la
razonabilidad y la veracidad de la información que proporcione el licitante, de acuerdo a lo establecido para
las visitas de vericación en la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, según
lo dispone el Artículo 37 fracción XVI de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de
Aguascalientes.
V) Los demás requisitos generales que deberán cumplir los interesados según lo dispone el Artículo 37
fracción XVII de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Aguascalientes
W) Las empresas que deseen formular contratos de asociación en participación deberán de apegarse
en lo estipulado en artículo 40 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de
Aguascalientes y 44 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de
Aguascalientes en todo lo que no se oponga a la Ley.
X) Por ser licitación estatal y de acuerdo al artículo 36 párrafo Primero de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes, únicamente podrán participar personas Físicas o
Morales Mexicanas con domicilio scal en el Estado de Aguascalientes.
Y) Será causa de desechamiento de las propuestas, el incumplimiento de alguno de los requisitos esta-
blecidos en esta convocatoria y en las bases de licitación.
Aguascalientes, Ags., 18 de septiembre de 2017.
Arq. Gabino Arturo Barros Ávila,
DIRECTOR GENERAL DEL IVSOP.
Rúbrica
H. AYUNTAMIENTO DE AGUASCALIENTES
MTJE/0419/2017
ASUNTO: ACUERDO DELEGATORIO
Aguascalientes, Ags., 01 de agosto de 2017
LIC. MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, Presidente Municipal de Aguascalientes, en ejercicio de las fa-
cultades contenidas en el artículo 1, 6 fracciones I, III y IX, 14, 16, 97 y 98 del Código Municipal de Aguasca-
lientes, los artículos 16, 38 fracciones III, VIII y XXVI, 48 fracción I, 53 y 70 Fracción III de la Ley Municipal de
Aguascalientes, así como los artículos 35, 36 y 37 del Reglamento de la Pensión Municipal, y demás relativos
y aplicables de las normatividades en vigor, hace saber que ha tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO DELEGATORIO:
Con fundamento en los artículos señalados en el párrafo que antecede, y con la nalidad de agilizar el
despacho de los asuntos competencia de este Municipio de Aguascalientes, se delega en el Lic. Jaime Gerardo
Beltrán Martínez, Director de Asuntos Jurídicos de la Secretaría del H. Ayuntamiento y Dirección General de
Gobierno, la facultad de dar trámite al procedimiento de subasta que establece el Reglamento de la Pensión
Municipal y el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes, en relación a la SUBASTA PÚ-
BLICA 01/2017, respecto a los vehículos bajo resguardo en la Pensión Municipal, para efecto de que auxiliado
de las áreas en este Municipio que considere pertinentes, realice TODOS Y CADA UNO DE LOS TRÁMITES,
PROCESOS, AUDIENCIAS Y ACUERDOS, relacionados con el APARTADO TERCERO del Reglamento de la
Pensión Municipal (de la salida de la pensión Municipal), en relación con lo dispuesto por el TÍTULO DÉCIMO
(Ejecución), CAPÍTULO IV, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de Aguascalientes.
El presente nombramiento surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico Ocial
del Estado, el cual será vigente hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil diecisiete.
Así lo acordó y rma
LA PRESIDENTE MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES,
Lic. María Teresa Jiménez Esquivel.

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