Acuerdo por el que se delegan en el Órgano Interno de Control en el Fondo Nacional de Fomento al Turismo, las funciones de fiscalización, vigilancia, control interno, auditoría, quejas, denuncias, investigaciones, responsabilidades, resoluciones, trámites, servicios y demás actividades inherentes, que correspondan al Órgano Interno de Control en el Organismo Público Descentralizado, no sectorizado, denominado Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.

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EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN EN EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, LAS FUNCIONES DE FISCALIZACIÓN, VIGILANCIA, CONTROL INTERNO, AUDITORÍA, QUEJAS, DENUNCIAS, INVESTIGACIONES, RESPONSABILIDADES, RESOLUCIONES, TRÁMITES, SERVICIOS Y DEMÁS ACTIVIDADES INHERENTES, QUE CORRESPONDAN AL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO, NO SECTORIZADO, DENOMINADO CORREDOR INTEROCEÁNICO DEL ISTMO DE TEHUANTEPEC.

IRMA ERÉNDIRA SANDOVAL BALLESTEROS, Secretaria de la Función Pública, con fundamento en los artículos 14, 16, 37 fracciones I, IX y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 62 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 2o., 3o., fracción III y 4o., de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 1, 13 y primero transitorio del Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, no sectorizado, denominado Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio de 2019; 11, 12 fracción XIII, 14 y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública.

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 14 de junio de 2019, se crea el organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, no sectorizado, denominado Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.

Que el artículo 13 del Decreto señalado establece que Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec contará con el órgano de vigilancia y de control interno a que se refieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, que ejercerá las facultades que se establecen en los mismos ordenamientos y demás disposiciones aplicables. El titular del órgano de vigilancia y de control interno será designado en los términos de las referidas leyes.

Que el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) es una Entidad de la Administración Pública Federal, que entre otras atribuciones, tiene la responsabilidad de llevar a cabo el desarrollo del proyecto de infraestructura, desarrollo socioeconómico y turismo más importante del sexenio 2018-2024 denominado "Tren Maya", el cual interconectará a los...

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