Acuerdo por el que se delega en el titular de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, las facultades que se indican

14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de diciembre de 2021

ALCALDÍA EN IZTACALCO

RAUL ARMANDO QUINTERO MARTINEZ , Titular de Órgano Político Administrativo en Iztacalco, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, apartado A, Bases I y VI, incisos a) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1, 4, 5, 16, apartado C, numeral 4, 25, 26, 52, numerales 1, 2 y 4, 53, apartado A, numerales 1, 2, fracciones I, X y XXI, y 12 fracciones II y XV, apartado B, numerales 1 y 3, inciso a) fracciones, XIX, XVII, XVIII, XXIV, XXV, XXIX, XXX y XXXII de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 1, 2, 3, 24, 27, 44 y 46 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; artículos 1, 5, 9, 15,16, 20 fracciones I, X y XII 21, 29 fracción II, 30, 3, fracciones I, III, V, VII, VIII, X y XV, 40, 71, 73, 75, 228 y 231 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; emite el siguiente

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO EN LA ALCALDIA IZTACALCO, LAS FACULTADES DE OTORGAR, CELEBRAR, SUSCRIBIR, RESCINDIR LOS CONTRATOS, CONVENIOS Y DOCUMENTOS RELATIVOS AL EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES..

CONSIDERANDO

  1. Que la Alcaldía Iztacalco es un Órgano Político Administrativo del Gobierno de la Ciudad de México, cuya administración pública corresponde al Alcalde, misma que está dotada de personalidad jurídica y autonomía funcional con respecto a su administración y acciones de gobierno en los términos que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México y demás ordenamientos federales, locales y de la propia demarcación, así como las que deriven de los convenios que se celebren con el Gobierno de la Ciudad de México.

  2. Que los actos de Administración Pública de la Alcaldía Iztacalco, se sujetarán a los principios de buena administración, buen gobierno y gobierno abierto con plena accesibilidad, basado en la honestidad, transparencia, rendición de cuentas, integridad pública, sustentabilidad, atención y participación ciudadana, adoptando para ello instrumentos de gobierno abierto y electrónico, innovación social, mecanismos de gobernanza y modernización, en los términos legales que han quedado señalados y precisados.

  3. Que de conformidad con el artículo 31 fracción VII de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de...

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