Acuerdo por el que se delega en las personas titulares de la Dirección General de Administración, así como de la Dirección de Administración de Capital Humano, de la Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios, de la Dirección de Finanzas y de la Subdirección de Planeación, Programación y Presupuesto, las atribuciones y funciones que se indican

8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 4 de noviembre de 2021

ALCALDÍA EN GUSTAVO A. MADERO

FRANCISCO CHÍGUIL FIGUEROA, Alcalde de Gustavo A. Madero, con fundamento en el artículo 122 Apartado A Fracción VI incisos a), c) y f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; lo señalado en los artículos 53 Apartado A numerales 1, 2, 11 y 12 Fracción I; Apartado B numeral 3 inciso a) Fracción I y III, así como los artículos Trigésimo y Trigésimo Cuarto Transitorios de la Constitución Política de la Ciudad de México; los artículos 16 segundo párrafo; 20 Fracciones I y X, 21,23, 29 Fracción I, 30, 31 Fracción I y X, y 74 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; y lo señalado en el artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; y

CONSIDERANDO

Que la Alcaldía Gustavo A. Madero es un Órgano Político Administrativo con personalidad jurídica y autonomía con respecto a su administración y el ejercicio de su presupuesto, forma parte de la administración pública de la Ciudad de México y un nivel de gobierno, en los términos de las competencias constitucionales y legales correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; asimismo, que la persona Titular del Órgano Político Administrativo Alcaldía de Gustavo A. Madero, ha sido elegida por la vía democrática a través del voto popular en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, circunstancia que se acredita con la Constancia de Mayoría y Validez de la Elección emitida el día diez de junio de dos mil veintiuno por el Titular del Consejo Distrital 02 del Instituto Electoral de la Ciudad de México; a favor del ciudadano Francisco Chíguil Figueroa, y el periodo que comprende del uno de octubre de dos mil veintiuno y hasta el treinta de septiembre de dos mil veinticuatro;

Que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, la Alcaldía de Gustavo A. Madero está dotada de atribuciones de decisión, ejecución y autonomía de gestión, competente dentro de su respectiva jurisdicción territorial en las materias de Gobierno y régimen interior; Rendición de cuentas; y las demás señaladas en el artículo citado;

Que, para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxilia de la Dirección General de Administración; y de conformidad con el artículo 29 Fracciones I y XII de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, así como el artículo 71 Fracción III del mismo ordenamiento jurídico, la Alcaldía de Gustavo A. Madero tiene competencia en su jurisdicción respecto de las materias de Gobierno, Régimen Interior y Rendición de Cuentas; asimismo la Dirección General de Administración cuenta con atribuciones genéricas establecidas en el artículo 75 del citado ordenamiento jurídico;

Que, la Dirección General de Administración se auxilia de la Dirección de Finanzas, la Dirección de Administración de Capital Humano y la Dirección de Recursos Materiales...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR