Acuerdo por el que se declara como zona libre del barrenador grande del hueso del aguacate (heilipus lauri), barrenador pequeño del hueso del aguacate (conotrachelus aguacatae y c. Perseae) y de la palomilla barrenadora del hueso (stenoma catenifer), al municipio de zacualpan de amilpas, morelos.

Número de expediente12/0123/241116
Fecha de registro24 Noviembre 2016
EmisorSAGARPA - Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

JOSÉ EDUARDO CALZADA ROVIROSA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 35 fracciones IV y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 6°, 7º fracciones XIX, XXII y XXXII, 19 párrafos primero y segundo, fracción I, incisos a) y e), 22 y 37 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 105 y 106 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 2016; 1, 2 letra “D” fracción VII, 3, 5 fracción XXII y 44 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012; 1, 3, 11 fracciones IV y XVIII, 14 fracciones XXI y XXII, y 15 fracción XI del Reglamento Interior del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de julio de 2016; así como la Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-066-FITO-2002, Especificaciones para el manejo fitosanitario y movilización del aguacate, la Norma Oficial Mexicana NOM-069-FITO-1995, Para el establecimiento y reconocimiento de zonas libres de plagas, y

CONSIDERANDO

Que en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 tiene como finalidad obtener el máximo potencial de México a través de cinco metas nacionales, denominada una de ellas “México Próspero” cuyo objetivo es promover el crecimiento de la productividad en un clima de estabilidad económica generando una igualdad de oportunidades, contando con una infraestructura adecuada, buscando condiciones favorables para el desarrollo económico a través de una regulación que permita una sana competencia, teniendo como línea estratégica desregular, reorientar y simplificar el marco normativo del sector agroalimentario;

Que es atribución de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), a través de su órgano administrativo desconcentrado Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), declarar zonas libres de plagas que afecten a los vegetales, conforme a los resultados de muestreos en áreas geográficas determinadas;

Que existen restricciones fitosanitarias para la movilización nacional y exportación de aguacate a otros países, por la presencia de barrenador grande del hueso del aguacate (Heilipus lauri) y el barrenador pequeño del hueso del aguacate (Conotrachelus aguacatae y C. perseae), así como, de la palomilla barrenadora del hueso (Stenoma catenifer);

Que en el municipio de Zacualpan de Amilpas del estado de Morelos, no existe presencia de barrenador grande del hueso del aguacate (Heilipus lauri), del barrenador pequeño del hueso del aguacate (Conotrachelus aguacatae y C. perseae), así como, tampoco de la palomilla barrenadora del hueso (Stenoma catenifer), con el reconocimiento de este municipio como zona libre, se fortalece el objetivo de mejorar los estatus fitosanitarios de las zonas aguacateras...

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