Acuerdo por el que se dan a conocer los lineamientos aplicables al trámite indautor-02-006, asignación del digito identificador isbn, a cargo del instituto nacional del derecho de autor.

Número de expediente233/0015/260922
Fecha de registro26 Septiembre 2022
EmisorCULTURA - Secretaría de Cultura

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 y 41 Bis, fracción XVIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o., 69-C y 69-C Bis, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 2o., 10, 53, fracción IV, 208, 209, 210 y 211, de la Ley Federal del Derecho de Autor; 1, 2 y 52 de la Ley General de Mejora Regulatoria; 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 103, fracciones VIII y XXI, 105 y 106, fracción VIII, del Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor; 2, inciso B, fracción IV, 26 y 27 del Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura; 6 y 7, fracción XII, del Reglamento Interior del Instituto Nacional del Derecho de Autor; Primero, fracción II, del Acuerdo 370 por el que se delegan facultades en el Director General del Instituto Nacional del Derecho de Autor, y

CONSIDERANDO

Que, el Instituto Nacional del Derecho de Autor, órgano desconcentrado de la Secretaría de Cultura, es la autoridad administrativa en materia de derechos de autor y derechos conexos y que dentro de sus funciones se encuentra atender las solicitudes relativas al Número Internacional Normalizado del Libro, conocido como número ISBN por sus siglas en inglés, según lo dispuesto en los artículos 53, fracción IV de la Ley Federal del Derecho de Autor y 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97 y 98 de su Reglamento, y demás disposiciones relativas y aplicables;

Que, la norma internacional ISO 2108:2017 establece las especificaciones para el Número Internacional Normalizado del Libro (en lo sucesivo ISBN) como un sistema de identificación internacional único para cada forma de producto o edición de una publicación monográfica disponible por separado, publicada o producida por un editor específico que está disponible al público. Asimismo, especifica la construcción de un ISBN, las reglas para su asignación y uso, los metadatos que se asociarán con la asignación de ISBN y la administración del sistema ISBN;

Que, desde el 24 de marzo de 1997 y con motivo de la entrada en vigor de la Ley Federal del Derecho de Autor, este Instituto, a través de la Dirección de Reservas de Derechos, realiza -entre otros- la recepción, dictaminación, registro y asignación del número ISBN correspondiente a las publicaciones llevadas a cabo por los editores en el territorio nacional por conducto de la Agencia Nacional de ISBN;

Que, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su artículo 69-C, establece la posibilidad de que en los procedimientos administrativos las dependencias y los organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, reciban promociones o solicitudes a través de medios de comunicación electrónica, en las etapas que las propias dependencias y organismos así lo determinen mediante reglas de carácter general que publiquen en el Diario Oficial de la Federación;

Que, hoy más que nunca, se requiere contribuir con la industria editorial del país posibilitando la presentación electrónica de las solicitudes de números ISBN, a efecto de tener una cobertura nacional, que además se realice de manera más clara y sencilla con la reducción de algunos de los requisitos y actividades establecidos, que adicionalmente conlleve medidas de prevención de contagios y sana distancia para salvaguardar la salud e integridad tanto del público usuario como del personal del Instituto;

Que, el 30 de septiembre de 2016 entró en vigor en nuestro país el Tratado de Marrakech para Facilitar el Acceso a las Obras Publicadas a las Personas Ciegas, con Discapacidad Visual o con Otras Dificultades para Acceder al Texto Impreso, mismo que pretende facilitar la producción y la transferencia internacional de libros especialmente adaptados a las personas ciegas o con discapacidad visual mediante el establecimiento de un conjunto de limitaciones y excepciones a la legislación tradicional en materia de derecho de autor;

Que, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación de fecha 12 de noviembre de 2021, se reformó la fracción XXI del artículo 184 de la Ley Federal de Derechos, a efecto de establecer una exención de pago respecto de los trámites de ISBN cuando se trate de reproducciones en cualquier formato, siempre que se realicen sin fines de lucro y con el objeto exclusivo de hacerlas accesibles a las personas con alguna discapacidad;

Que, este órgano desconcentrado, en cumplimiento del compromiso de mejora regulatoria y revisión continua de los trámites que brinda a los usuarios, emite los presentes lineamientos con el fin de facilitar su acceso y tramitación al público en general, poniendo a su disposición el trámite en línea y la eliminación de los formatos ISBN-01 e ISBN-01-A; situación que no implica costo alguno para los particulares sino ahorros, toda vez que hay una disminución de requisitos que les generan diversos beneficios, los cuales se ven reflejados en economías de impresión de formatos, traslados y servicios de mensajería -entre otros-, que ascienden a millones de pesos por la gran cantidad de solicitudes que se presentan anualmente;

Que, la emisión de los lineamientos referidos facilitará la gestión de los trámites disponibles de forma electrónica, como parte de la estrategia digital del gobierno federal para ampliar la cobertura de los trámites y servicios del Instituto a nivel nacional;

Por lo cual, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS APLICABLES AL TRÁMITE INDAUTOR-02-006, ASIGNACIÓN DEL DIGITO IDENTIFICADOR ISBN, A CARGO DEL INSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR.

PRIMERO.- Se dan a conocer los lineamientos aplicables al trámite INDAUTOR-02-006 “Asignación del Dígito Identificador ISBN”:

  1. OBJETO: Los presentes lineamientos tienen por objeto:
  1. Establecer las reglas para la presentación, recepción, dictaminación y, en su caso, asignación de los números ISBN para obras publicadas en el territorio nacional, así como para crear y mantener permanentemente actualizada la base de datos de los autores-editores y editores registrados en el Padrón Nacional de Editores, para hacer más eficiente el trámite a los particulares, y
  2. Establecer las reglas para la operación y administración del Sistema ISBN en México

B. Glosario de términos para...

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