Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la constitución del Sistema de Actuación por Cooperación para la renovación de la zona denominada Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc, con lo cual se autoriza la participación de la Administración Pública de la Ciudad de México en este Sistema

12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Abril de 2016

(Al margen superior un escudo que dice: CDMX.- Ciudad de México)

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, Apartado A, Base III, transitorios Primero, Segundo y Décimo Cuarto del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México; 8, fracción II, 12, fracciones I, II, IV y VI, 67, fracción II y XXXI y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 14, 15, fracción II y 24, fracciones VI, X, XIII y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 2°, 4°, fracción II, 6°, fracción II, 64, 77, 78, 79 y 81 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14 y 26, fracciones I y XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y 113, 114, 117, 118 y 119 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, y

C O N S I D E R A N D O

Que el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 en su Eje 3, busca promover en forma coordinada la competitividad de la Ciudad para lograr una economía estable y dinámica que concilie el desarrollo social y el fomento de zonas que impulsen el desarrollo urbano, social, económico y ambiental, así como fomentar vocaciones productivas específicas que atraigan la participación de diversos sectores para la revitalización de las áreas patrimoniales y el total aprovechamiento del equipamiento de infraestructura y de los servicios instalados en zonas que tienen la capacidad para captar nueva población flotante.

Que es necesario modificar el actual patrón de ocupación del suelo urbano de la Ciudad de México para generar mayores efectos positivos en las dimensiones del desarrollo de la Ciudad; en este sentido, el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 determina que la respuesta institucional requiere de una adecuada planeación y gestión del territorio que genere acciones alineadas y coordinadas dentro del marco interinstitucional e intergubernamental, así como entre los actores gubernamentales, privados y sociales. Es por ello que el Eje 4 del citado instrumento establece como líneas de acción la habitabilidad, servicios, espacio público e infraestructura a partir de la realización de estudios que permitan ubicar los puntos o proyectos estratégicos de proximidad territorial, tomando en consideración la infraestructura, los recursos territoriales, la calidad de los servicios y el acceso a los mismos; así como elaborar programas que establezcan las estrategias, criterios y mecanismos de coordinación para lograr una ciudad cercana en materia de uso de suelo, transporte, espacio público, servicios e infraestructura.

Que como parte de la imagen objetivo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano en la Delegación Cuauhtémoc, destaca la reafirmación del territorio como el principal concentrador de actividad económica, cultural y política de la Ciudad, en el que se busca mejorar las condiciones de vida de los residentes y revertir la pérdida de la función habitacional, contribuyendo a su vez al mejoramiento y conservación del patrimonio urbano arquitectónico.

Que la Administración Pública debe generar políticas que permitan crear infraestructura, equipamiento y prestación de servicios públicos, habitacionales, comerciales, recreativos y turísticos, así como el reciclamiento y rehabilitación de espacios públicos y paisaje urbano, además de fomentar la regeneración y conservación de los elementos naturales de la Ciudad de México.

Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda en el ejercicio de sus atribuciones, determinó un área definida para renovación urbana, delimitada por el cruce formado por Eje 1 Norte Mosqueta y Eje Central Lázaro Cárdenas, se dirige por este último con rumbo general al sur hasta la intersección con la avenida José María Izazaga para continuar sobre la avenida Arcos de Belén y Tolsa con dirección oeste hasta su entronque con el Eje 1 Poniente Bucareli, de allí sigue con dirección norte hasta la intersección con la calle General Prim para continuar sobre esta vialidad rumbo al oeste hasta avenida Insurgentes y de allí sigue por esta Calzada en dirección norte hasta su entronque con el Eje 1 Norte Mosqueta para continuar por este Eje en dirección este hasta la intersección del punto de partida, considerando que este ámbito de aplicación posee una adecuada estructura urbana, altos niveles de conectividad, accesibilidad, servicios y equipamientos, además de contar con una excelente ubicación y una alta presencia de predios afectos al patrimonio histórico y cultural; sin embargo, la proporción desequilibrada entre población residente y población flotante, así como el proceso de deterioro constante de los predios afectos al patrimonio histórico cultural, requieren de la acción concertada entre los sectores público, social y privado.

Que debido a las condiciones encontradas en el territorio, uno de los principales objetivos es atender las necesidades de mayor apremio de la comunidad y contribuir a la construcción de una nueva centralidad procurando el repoblamiento de la zona, la conservación de sus monumentos históricos y artísticos incluida la estructura urbana, la revitalización de la base económica y social, el mejoramiento y ampliación de los servicios públicos y la participación de la comunidad en todos los niveles de decisión.

Que el 15 de septiembre de 2000, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Decreto por el que se expidió el Programa Parcial Centro Alameda de la Delegación Cuauhtémoc, el cual tiene como uno de sus principales objetivos el repoblamiento, reactivación y mejoramiento, con la finalidad de revertir el deterioro y generar en el corto plazo las condiciones para la regeneración urbana, además de plantear la satisfacción de las necesidades más apremiantes de la población como son la vivienda, la seguridad, el empleo y los equipamientos sociales; así como la restitución de las funciones urbanas como parte de una estrategia metropolitana dirigida a la construcción de una nueva centralidad.

Que el Plan Integral de Manejo del Centro Histórico de la Ciudad de México, publicado el 17 de agosto de 2011, define las líneas estratégicas para la conservación y sostenibilidad del Centro Histórico, a la vez que se centra en la construcción de acciones viables para el corto plazo con una perspectiva integral y de largo alcance.

Que para la ejecución de los instrumentos de planeación, en particular los Programas de Desarrollo Urbano, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda establecerá, entre otros, el Sistema de Actuación por Cooperación a que se refiere la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, con la finalidad de articular acciones de los sectores público, privado y social para la realización de proyectos urbanos, tal como lo disponen los artículos 77, 78 y 79 de la Ley...

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