Acuerdo por el que se da a conocer el resumen del Programa de Manejo del Parque Nacional Cumbres de Monterrey.

Fecha de publicación03 Enero 2023
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
ACUERDO por el que se da a conocer el resumen del Programa de Manejo del Parque Nacional Cumbres de Monterrey
ACUERDO por el que se da a conocer el resumen del Programa de Manejo del Parque Nacional Cumbres de Monterrey. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
MARÍA LUISA ALBORES GONZÁLEZ, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VII de la Ley Orgánica de la AdministraciónPública Federal; 65 y 66, último párrafo de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 72, 73, 74, 75 y 76 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente enMateria de Áreas Naturales Protegidas y 6, fracción XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de MedioAmbiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, en términos de lo dispuesto por el artículo 66 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, ha concluido la elaboración del Programa de Manejo del Área Natural Protegida con la categoría de Parque Nacional Cumbres de Monterrey, ubicada en los municipios de Allende, García, Montemorelos, Monterrey, Rayones, Santa Catarina, Santiago y San Pedro Garza García, Estado de Nuevo León, creada mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 2000.
Que el artículo 66, último párrafo de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente ordena que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publique en el Diario Oficial de la Federación un resumen del programa de manejo respectivo y el plano de localización del Área Natural Protegida correspondiente, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESUMEN DEL PROGRAMA DE MANEJO DEL
PARQUE NACIONAL CUMBRES DE MONTERREY
ARTÍCULO ÚNICO. Se da a conocer el Resumen del Programa de Manejo del Área Natural Protegida con el carácter de Parque Nacional, ubicada en los municipios de Allende, García, Montemorelos, Monterrey, Rayones, Santa Catarina, Santiago y San Pedro Garza García, Estado de Nuevo León y creada mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 2000, cuyo Resumen, se anexa al presente para que surta los efectos legales a que haya lugar.
Dicho Programa de Manejo se encuentra a disposición para su consulta en las oficinas de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, ubicadas en avenida Ejército Nacional número 223, piso 11 Ala A, colonia Anáhuac I Sección, Alcaldía Miguel Hidalgo, código postal 11320, Ciudad de México; en las oficinas de la Dirección Regional Noreste y Sierra Madre Oriental, ubicadas en la Calle José María Arteaga número 675, colonia Centro, código postal 25000, Saltillo, Coahuila, y en la oficina de representación de la propia Secretaría en el estado de Nuevo León, ubicada en avenida Benito Juárez número 500, 1er Piso, Palacio Federal, colonia Centro, código postal 67100, Guadalupe, estado de Nuevo León, así como en la página de internet oficial de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo y su anexo entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Quedan excluidas de la aplicación del presente Acuerdo y su anexo, las superficies de los predios pertenecientes a las personas que cuenten con sentencia firme y ejecutoriada en la que se les conceda el amparo y protección de la Justicia de la Unión respecto de los efectos del Decreto por el que se declara área natural protegida, con el carácter de parque nacional, la región conocida con el nombre de Cumbres de Monterrey, ubicada en los municipios de Allende, García, Montemorelos, Monterrey, Rayones, Santa Catarina, Santiago y San Pedro Garza García, Estado de Nuevo León publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 2000.
TERCERO. A efecto de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 68, último párrafo, y 78 de la Ley General de Mejora Regulatoria, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales modificará, abrogará o derogará las obligaciones regulatorias o actos especificados en el Análisis de Impacto Regulatorio correspondiente; consistentes en las acciones de desregulación, simplificación y digitalización aplicables al presente Acuerdo, respecto del trámite CONAGUA-01-003-A, Concesión de Aprovechamiento de Aguas Superficiales. Modalidad A. General. Referido en el "Acuerdo mediante el cual se establecen los trámites que se presentarán, atenderán y resolverán a través del sistema Conagu@-Digital, la notificación electrónica en el Buzón del Agua, la no exigencia de requisitos o la forma en que se tendrán por cumplidos y se hace del conocimiento del público en general los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los trámites substanciados por la Comisión Nacional del Agua", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 01 de octubre de 2018.
Dado en la Ciudad de México, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil veintidós.- La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, María Luisa Albores González.- Rúbrica.
ANEXO
RESUMEN DEL PROGRAMA DE MANEJO DEL PARQUE NACIONAL CUMBRES DE MONTERREY
INTRODUCCIÓN
El presente resumen tiene fundamento en los artículos 65 y 66 de la Ley General del Equilibrio Ecológico yla Protección al Ambiente, 72, 73, 74, 75 y 76 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y laProtección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas, y se desprende del Programa de Manejo del Parque Nacional Cumbres de Monterrey, elaborado por la persona titular de la Dirección del Área Natural Protegida en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 77, fracción III del Reglamento Interior dela Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Esta Área Natural Protegida tiene su origen en el Decreto que declara Parque Nacional "Cumbres de Monterrey" a los terrenos que rodean dicha población, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 24 de noviembre de 1939, el cual fue abrogado mediante el Decreto por el que se declara Área Natural Protegida, con el carácter de Parque Nacional, la región conocida con el nombre de Cumbres de Monterrey, ubicada en los municipios de Allende, García, Montemorelos, Monterrey, Rayones, Santa Catarina, Santiago y San Pedro Garza García, en el Estado de Nuevo León, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 2000, lo anterior en virtud de las necesidades detectadas para modificar los límites del Parque Nacional Cumbres de Monterrey de tal forma que permitan planificar y administrar integralmente el cuidado y uso adecuado de los recursos naturales de la región, así como proteger las condiciones ambientales para armonizar y dinamizar su desarrollo.
En el Parque Nacional Cumbres de Monterrey se encuentra flora como el encino enano (Quercus jonesii), pino piñonero (Pinus cembroides), chochas (Yucca carnerosana), magnolia (Magnolia nuevoleonensis), así como especies en alguna categoría de riesgo de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, "Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo" publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2010, y en la "Modificación del Anexo Normativo III, Lista de especies en riesgo de la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo, publicada el 30 de diciembre de 2010", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de noviembre de 2019 (NOM-059-SEMARNAT-2010), como el pinabete espinoso (Picea chihuahuana) y maguey huasteco (Agave bracteosa) especies en la categoría de En peligro de extinción; además de la biznaga Thelocactus macdowelli en la categoría de Amenazada y la biznaga Ferocactus pilosus y Arbutus occidentalis, especies Sujetas a protección especial. Asimismo, se encuentra fauna como el jaguar (Panthera onca), ocelote (Leopardus pardalis), tigrillo (...

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