Acuerdo por el que se da a conocer el Protocolo para la Detección, Rapport, Primeros auxilios, Protección, Atención, Búsqueda, Localización, Rescate y Reinserción Social de las Víctimas de los Delitos en materia de Trata de personas con fines de explotación sexual, de la Ciudad de México

SECRETARÍA DE GOBIERNO

Licenciada Dora Patricia Mercado Castro, Secretaria de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos , 122, apartado A, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal: 3 fracciones I y VIII, 6, 7, 15 fracción I, 16 fracción IV, 23 fracciones X, XIV y XXII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 19, 21, 23, 24, 26, 26, 34 y 36 de la Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Víctimas de los delitos en Materia de Trata de Personas del Distrito Federal y 11, 12, 13 y 16 del Reglamento de la Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Victimas de los Delitos en Materia de Trata de Personas del Distrito Federal, y:

Que a la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México vigilar, en el ámbito administrativo, el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades de la Ciudad de México, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos, dictar las medidas administrativas que requiera su cumplimiento, cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos, acuerdos, circulares y demás disposiciones del Jefe de Gobierno.

La Comisión Interinstitucional contra la Trata de Personas de la Ciudad de México, en sesión de fecha 6 de diciembre de 2017, aprobó el acuerdo 02/02-EXT/2017 que contiene el Protocolo para la detección, rapport, primeros auxilios, protección, atención, búsqueda, localización, rescate y reinserción social de las víctimas de los delitos en materia de trata de personas con fines de explotación sexual, de la Ciudad de México, en donde se ordena a la Secretaría de Gobierno la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para cumplimiento y difusión

Que el presente protocolo tiene como finalidad cumplir con los principios de respeto a la dignidad humana, la libertad, autonomía, igualdad, justicia, confidencialidad, secrecía en la investigación establecidos en Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Víctimas de los delitos en Materia de Trata de Personas del Distrito Federal.

Asimismo, constituye un instrumento mediante por el cual las personas servidoras públicas deberán garantizar como derecho a las víctimas el ser protegido y respetado en su libertad y seguridad sexual, así como el normal desarrollo psicosexual, aplicando dichos principios, sin discriminación alguna.

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL PROTOCOLO PARA LA DETECCIÓN, RAPPORT, PRIMEROS AUXILIOS, PROTECCIÓN, ATENCIÓN, BÚSQUEDA, LOCALIZACIÓN, RESCATE Y REINSERCIÓN SOCIAL DE LAS VÍCTIMAS DE LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS CON FINES DE EXPLOTACIÓN SEXUAL, DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

PRIMERO. Se expide el Protocolo para la detección, rapport, primeros auxilios, protección, atención, búsqueda, localización, rescate y reinserción social de las víctimas de los delitos en materia de trata de personas con fines de explotación sexual, de la Ciudad de México, mismo que se publica anexo y forma parte del presente Acuerdo.

SEGUNDO. La Comisión Interinstitucional contra la Trata de Personas de la Ciudad de México será la autoridad competente para la vigilancia y seguimiento del cumplimiento del presente Acuerdo.

T R A N S I T O R I O S

Primero. Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Segundo. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Dado en la Secretaría de Gobierno, en la Ciudad de México, a los catorce días del mes de diciembre de dos mil diecisiete.

LA SECRETARIA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

(Firma)

LICENCIADA DORA PATRICIA MERCADO CASTRO

6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de Diciembre de 2017

Protocolo para la detección, rapport, primeros auxilios, protección, atención, búsqueda, localización, rescate y reinserción social de las víctimas de los delitos en materia de trata de personas con fines de explotación sexual, de la Ciudad de México.

2017

ÍNDICE

ACRÓNIMOS.

I.-INTRODUCCIÓN.

II.-MARCO DE REFERENCIA.

a). Normatividad aplicable.

b). Disposiciones generales

c). Instituciones responsables y principios de actuación.

CAPÍTULO 1. DE LA DETECCIÓN DE VÍCTIMAS DE LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE

PERSONAS.

  1. Detección de víctimas de los delitos en materia de trata de personas.

    1.1. Inspecciones y verificaciones de establecimientos comerciales o mercantiles, protección civil, inspección en vía pública, inspecciones sanitarias o de trabajo y seguridad social.

    1.2 Elementos para la detección de víctimas de los delitos en materia de Trata de personas.

    1.2.1 Indicadores generales

    1.2.2 Indicadores conductuales no verbales

    1.2.3 Indicadores verbales que pueden surgir durante la entrevista de primer contacto.

    1.2.4 Indicadores primarios de salud física.

    1.2.5 Indicadores médicos específicos para las víctimas de delitos en materia de trata con fines de explotación sexual.

    1.3 Herramientas para el primer contacto y atención a víctimas de los delitos en materia de trata de personas.

    1.3.1 Entrevista de primer contacto

    1.3.1.1 Del proceso de entrevista de primer contacto

    1.3.2 Elementos para el buen rapport con víctimas de delitos en materia de trata de personas.

    1.3.3 Medidas de seguridad y emergencia.

    1.3.4 Medidas de protección.

    1.3.5 Primeros auxilios médicos y psicológicos.

    1.3.5.1 Primeros auxilios médicos.

    1.3.5.2 Primeros auxilios psicológicos.

    CAPÍTULO 2. DE LOS PROCEDIMIENTOS DE BÚSQUEDA Y LOCALIZACIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE LOS

    DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS

    2.1 Autoridades responsables

    2.2 Ruta crítica en la búsqueda de mujeres, niñas, niños y adolescentes que puedan ser víctimas de los delitos en materia de trata de personas.

    2.3 Criterios para evaluar el grado de vulnerabilidad cuando una persona ha sido reportada como desaparecida o no localizada.

    2.4 Obtención de muestras biológicas de familiares de personas extraviadas, desaparecidas o ausentes.

    2.5 Actuaciones para la localización de la posible víctima del delito de trata, extraviada, desaparecida o ausente.

    Anexo 1. Entrevista con la persona que reporta la desaparición, ausencia o extravío o bien con la persona que aporta datos.

    Anexo 2

    CAPÍTULO 3. ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS Y TESTIGOS DE LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS, DURANTE LOS PROCEDIMIENTOS DE RESCATE Y POST RESCATE.

    3.1 Durante el Rescate.

    3.2 Durante el Traslado

    3.3 Durante la Entrevista

    3.4 Competencia

    3.5 Intercambio de Información

    3.6 Resguardo de Identidad de Víctimas y Testigos.

    CAPÍTULO 4. CONSIDERACIONES PARA LA DEBIDA ACTUACIÓN E INVESTIGACIÓN MINISTERIAL, PERICIAL Y POLICIAL PARA EL ACCESO A LA JUSTICIA DE LAS VÍCTIMAS.

    4.1 Actos de investigación, relacionados con la víctima y testigos.

    4.2 De la entrevista ministerial.

    4.3 Resarcimiento y la Reparación integral.

    5.-DETECCIÓN DE NECESIDADES Y RUTA DE CANALIZACIÓN.

    5.1 Detección de necesidades psicosociales.

    5.2 Detección y diagnóstico de necesidades médicas.

    5.3 Ruta de canalización para la protección y atención integral de víctimas de los delitos en materia de trata de personas.

    5.4 Protección a víctimas de delitos en materia de trata de personas, especialmente mujeres y niñas. 50

    5.4.1 Ruta de canalización.

    5.4.2 Recepción.

    5.5 Integración social.

    Anexo 3. Cuestionario para elaboración del mapa de riesgo.

    ESQUEMA 1. Búsqueda. ESQUEMA 2. Rescate. ESQUEMA 3. Atención Psiquiátrica. ESQUEMA 4. Servicios ESQUEMA 5. Integración social BIBLIOGRAFÍA.

    ACRÓNIMOS.

    Entes de la Administración Pública: Administración Pública de la Ciudad de México, central, desconcentrada y paraestatal.

    Demarcaciones: A las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México;

    DIF-CDMX: Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México;

    FEVIMTRA: Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas.

    Fiscalía Especializada: Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Trata de Personas de la Ciudad de México;

    INAMI: Instituto Nacional de Migración;

    INCIFO: Instituto de Ciencias Forenses;

    INMUJERES: Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México;

    Ley General: Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos;

    PGJ CDMX: Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México;

    PGR: Procuraduría General de la República;

    8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de Diciembre de 2017

    PPNNA: Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes;

    SECGOB CDMX: Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México;

    SECTUR CDMX: Secretaría de Turismo de la Ciudad de México;

    SEDESA CDMX: Secretaría de Salud de la Ciudad de México;

    SEDESO CDMX: Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de México;

    SEIDO: Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada; SSP CDMX: Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México;

    STyFE CDMX: Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México; UEITMPO: Unidad Especializada de Investigación en Tráfico de Personas y Órganos.

    ACRÓNIMOS.

    Entes de la Administración Pública: Administración Pública de la Ciudad de México, central, desconcentrada y paraestatal.

    Demarcaciones: A las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México;

    DIF-CDMX: Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México;

    FEVIMTRA: Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas.

    Fiscalía Especializada: Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Trata de Personas de la Ciudad de México;

    INAMI: Instituto Nacional de Migración;

    INCIFO: Instituto de Ciencias Forenses;

    INMUJERES: Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México;

    Ley General: Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la...

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