Acuerdo por el que se da a conocer la actualización de diversos formatos de trámites y servicios inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, aplicables al Servicio Postal Mexicano.

Fecha de publicación10 Abril 2024
EmisorSERVICIO POSTAL MEXICANO
SecciónUNICA. Organismos Descentralizados Y/O Desconcentrados
ACUERDO por el que se da a conocer la actualización de diversos formatos de trámites y servicios inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, aplicables al Servicio Postal Mexicano
ACUERDO por el que se da a conocer la actualización de diversos formatos de trámites y servicios inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, aplicables al Servicio Postal Mexicano. Al margen un logotipo, que dice: Servicio Postal Mexicano.
ROCÍO BÁRCENA MOLINA, Directora General del Servicio Postal Mexicano, con fundamento en los artículos 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 14, fracción I, 17 y 22, fracciones I y II, 59, fracciones I, IX y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4, 69-C de la Ley Federal deProcedimiento Administrativo; 46, fracción VII de la Ley General de Mejora Regulatoria, 44 y 45 de la Ley delServicio Postal Mexicano; 5-A del Reglamento para la Operación del Organismo Servicio Postal Mexicano; 1, 5, fracción II, 11 fracciones I, VII y XII del Decreto por el que se crea el Organismo Descentralizado Denominado Servicio Postal Mexicano; 11 y 12 fracciones I y VII del Estatuto Orgánico del Servicio PostalMexicano, y
CONSIDERANDO
Que en términos del artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, establece los actos administrativos de carácter general, como reglamentos, decretos, acuerdos y formatos, así como lineamientos, criterios, metodologías, instructivos, directivas, reglas, manuales, disposiciones que tengan por objeto establecer obligaciones específicas cuando no existan condiciones de competencia y cualesquiera de naturaleza análoga, que expidan las dependencias y organismos descentralizados de la administración pública federal, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos.
Que, en el Registro Federal de Trámites y Servicios a cargo de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, se encuentran inscritos quince trámites, a cargo del Servicio Postal Mexicano.
Que el artículo 46 de la Ley General de Mejora Regulatoria, establece que los Sujetos Obligados deberán inscribir y mantener actualizada la información y documentación de sus Trámites y Servicios dentro de la sección correspondiente.
Que el artículo 47 de la Ley General de Mejora Regulatoria señala que los Sujetos Obligados deberán inscribir en el Catálogo la información a que se refiere el artículo 46 y la Autoridad de Mejora Regulatoria, dentro de los cinco días siguientes, deberá efectuar la publicación sin cambio alguno. Asimismo, establece que los Sujetos Obligados deberán inscribir o modificar la información en el Catálogo dentro de los diez días siguientes a que se publique en el Medio de Difusión la disposición que la fundamente o, en su caso, se identifique la necesidad de que se actualice la información de los elementos a que se refieren las fracciones I, II, III, IV, VII, IX, XV, XVI, XVII y XIX del artículo 46 de la Ley.
Que el artículo 78 de la Ley General de Mejora Regulatoria establece que, para la expedición de Regulaciones, los Sujetos Obligados deberán indicar expresamente en su Propuesta Regulatoria, las obligaciones regulatorias o actos a ser modificados, abrogados o derogados;
Que el artículo 84 de la...

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