Acuerdo de Coordinación para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitarios, que celebran la Secretaría de Salud, con la participación de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y el Estado de Colima.

Fecha de publicación28 Noviembre 2023
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
ACUERDO de Coordinación para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitarios, que celebran la Secretaría de Salud, con la participación de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y el Estado de Colima
ACUERDO de Coordinación para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitarios, que celebran la Secretaría de Salud, con la participación de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y el Estado de Colima.
ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA EL EJERCICIO DE FACULTADES EN MATERIA DE CONTROL Y FOMENTO SANITARIOS, QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, EN LO SUCESIVO "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, EN LO SUCESIVO "LA COFEPRIS", POR CONDUCTO DE SU TITULAR, DR. ALEJANDRO ERNESTO SVARCH PÉREZ Y, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN LO SUCESIVO "EL EJECUTIVO ESTATAL", REPRESENTADO POR LA MTRA. INDIRA VIZCAÍNO SILVA, GOBERNADORA DEL ESTADO DE COLIMA, ASISTIDO POR LA LICDA. MA GUADALUPE SOLÍS RAMÍREZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO, DRA. MARTHA JANETH ESPINOSA MEJÍA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA DE SALUD Y PRESIDENTA EJECUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE COLIMA, CON LA ASISTENCIA DE LA DRA. TANIA IRERI RÍOS CUEVAS, EN SU CARÁCTER DE COMISIONADA ESTATAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS; A QUIENES, CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA, SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES"; AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I. Conforme al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda persona tiene derecho a la protección de la salud acorde a las bases y modalidades que se definan en las Leyes.
II. De conformidad con los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los numerales 1o., 2o., 21, 22 y 33 de la Ley de Planeación, el Gobierno Federal tiene la responsabilidad de establecer los objetivos nacionales, estrategias, prioridades del desarrollo integral y sustentable del país mediante los instrumentos consensuales para la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, así como promover el respeto y protección de los derechos reconocidos.
III. A la Secretaría de Salud, le corresponde, en términos de lo establecido en los artículos 11, 22, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 9o., y 13 de la Ley General deSalud, en materia de salubridad general, establecer, entre la Federación y las entidades federativas en el ámbito de sus respectivas competencias, las bases y modalidades para garantizar que se cumplan las leyes y los reglamentos sanitarios a fin de garantizar el bienestar social.
IV. En términos de los artículos 4o., fracción III y 17 bis de la Ley General de Salud, la Secretaría de Salud como autoridad sanitaria, ejerce las atribuciones de regulación, control y fomento sanitarios a través de un órgano desconcentrado denominado Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en las materias a que se refiere el artículo 3o. de la Ley General de Salud, en sus fracciones I, en lo relativo al control y vigilancia de los establecimientos de salud a los que se refieren los artículos 34 y 35, de dicho ordenamiento; XIII, XIV, XXII, XXIII, XXIV, XXV y XXVI, ésta salvo por lo que se refiere a cadáveres, y XXVII, esta última por lo que se refiere a personas.
V. La Secretaría de Salud, conforme a lo establecido por el artículo 18, párrafo segundo, de la LeyGeneral de Salud, está facultada para proponer la celebración de acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas para la participación de éstos en la prestación de los servicios a que se refieren, entre otras, las fracciones I, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI y XXVII, del artículo 3o. de dicha Ley.
VI. La Secretaría de Salud del Estado de Colima, ejerce las atribuciones que le corresponden en materia de salubridad general y local, conforme a los artículos 1, 4, fracción II, 5, 6, 7 y 8 de la Leyde Salud del Estado de Colima.
En virtud de lo anterior, y con fundamento en los artículos 4o., párrafo cuarto, 26 y 116, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 de la Ley Orgánica de la Administración PúblicaFederal; 33 de la Ley de Planeación; 2o., 3o., fracciones I, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI y XXVII, 9o., 13, apartado A, fracción III, 17 bis, 18, 19, 20 y 21 de la Ley General de Salud; 1, 2, inciso C, fracción X, 6 y 7, fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 3 del Reglamento de la Comisión Federalpara la Protección contra Riesgos Sanitarios; así como en los artículos 50, 58, 60 y 63 de la ConstituciónPolítica del Estado Libre y Soberano de Colima; 1, 4, 11 y 25 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública del Estado de Colima; 1, 2, 4, 5 y 6 de la Ley de Salud del Estado de Colima, "LA SECRETARÍA" y "EL EJECUTIVO ESTATAL", establecen suscribir el presente Acuerdo de Coordinación, cuya ejecución se realizará al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. Declara "LA SECRETARÍA" que:
I.1 Es una Dependencia de la Administración Pública Federal centralizada, según lo dispuesto por los artículos 2 y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que funge como autoridad sanitaria y coordinadora del Sistema Nacional de Salud, correspondiéndole establecer y conducir la política nacional en materia de salubridad general, asistencia social y servicios médicos, en términos de lo dispuesto por los artículos 39 del citado ordenamiento; 7o. y 13, apartado A, de la Ley General de Salud.
I.2 El Dr. Jorge Carlos Alcocer Varela, en su carácter de Secretario de Salud, cuenta con las facultades y legitimación para suscribir el presente Acuerdo de Coordinación, de conformidad con lo establecido por los artículos 6 y 7, fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
I.3 En términos de lo dispuesto por el artículo 2, literal C, fracción X de su Reglamento Interior, cuenta con un órgano desconcentrado denominado Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el cual, de conformidad con lo establecido por el artículo 1 del Reglamentode la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios goza de autonomía técnica, administrativa y operativa, que tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones que en materia de regulación, control y fomento sanitarios, le corresponden a "LA SECRETARÍA" conforme a la Ley General de Salud y demás ordenamientos aplicables, las que lleva a cabo a través de las unidades administrativas que la integran.
I.4 El Dr. Alejandro Ernesto Svarch Pérez, en su carácter de Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cuenta con las facultades y legitimación para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo establecido por los artículos 38, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y 10, fracciones III, VII, IX y XVI del Reglamentode la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
I.5 Para efectos del presente Acuerdo de Coordinación señala como su domicilio el ubicado en calle Oklahoma número 14, colonia Nápoles, demarcación territorial Benito Juárez, código postal 03810, en la Ciudad de México.
II. Declara "EL EJECUTIVO ESTATAL" que:
II.1 El Estado de Colima es parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido por los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 14, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima.
II.2 La Mtra. Indira Vizcaíno Silva, Gobernadora del Estado de Colima, cuenta con las facultades y legitimación para celebrar el presente Acuerdo de Coordinación, en términos de lo establecido por los artículos 116, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 50 y 58, fracción XVIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; 4 y 11 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública del Estado de Colima; 4 de la Ley de Salud del Estado de Colima, y demás disposiciones locales aplicables, acreditando su cargo que ostenta mediante el Bando Solemne del H. Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, de fecha 19 de julio de 2021, por el que se da a conocer la resolución del 15 de julio de 2021, emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Colima.
II.3 La Licda. Ma Guadalupe Solís Ramírez, fue designada por la Gobernadora del Estado de Colima, mediante nombramiento de fecha 1 de noviembre de 2021, Secretaria General de Gobierno y, cuenta con las...

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