ACUERDO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT, POR OTRA PARTE EL H. AYUNTAMIENTO DEL NAYAR, CON OBJETO DE LA OPERACION DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS EN EL EJERCICIO FISCAL 2014
ACUERDO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO
FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL,
REPRESENTADA EN ESTE ACTOPOR SU DELEGADA ESTATAL EN NAYARIT, LA
LIC. LILIANA ELIZABETH GÓMEZ MEZA, POR OTRA EL PODER EJECUTIVO DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, REPRESENTADO POR EL ING.
GERARDO SILLER CÁRDENAS, SECRETARIO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS,
EL
ING.
ARMANDO
GARCÍA
JIMÉNEZ,
SECRETARIO
DE
PLANEACION
PROGRAMACION
Y
PRESUPUESTO
Y
COORDINADOR
GENERAL
DEL
COPLADENAY, EL MTRO. MARIO ALBERTO PACHECO VENTURA, SECRETARIO DE
LA CONTRALORIA GENERAL Y EL LIC. ORLANDO ANTONIO JIMENEZ NIEVES,
SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL; POR OTRA PARTE EL H. AYUNTAMIENTO
DEL NAYAR, REPRESENTADO POR LOS C.C. OCTAVIO LÓPEZ DE LA CRUZ,
PRESIDENTE MUNICIPAL;PROFA. MA. ÁNGELA RAMÍREZ ROBLES, SÍNDICO; Y
CRISPÍN CARRILLO CARRILLO, SECRETARIO DEL MISMO; A QUIENES EN LO
SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "LA SEDESOL","EL ESTADO" Y “EL MUNICIPIO”
RESPECTIVAMENTE, CON OBJETO DE LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA EL
DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS EN EL EJERCICIO FISCAL 2014, AL
TENOR DE LOS SIGUIENTES
ANTECEDENTES publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2013, en su Artículo 32 establece que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, entre ellos, el Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, en adelante “EL PDZP”, se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación, de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo
Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la
Política de Desarrollo Social, en los programas que resulte aplicable y la Declaratoria de
Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las reglas de operación emitidas y las demás disposiciones aplicables. de la Zonas de Atención Prioritaria para el año 2014, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 3 de diciembre de 2013, se reconocen en el país Zonas de Atención
Prioritaria, con un total de 1,080 municipios cuya población registra índices de pobreza y marginación indicativos de la existencia de marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social, por lo que las partes convienen en la atención de estas zonas. instrumentado “EL PDZP”, cuyo objetivo general es contribuir a proveer un entorno adecuado de los territorios que presentan mayor marginación y rezago social del país, a través de la reducción de los rezagos que se relacionan con la calidad, espacios y acceso a los servicios básicos de la vivienda; así como en infraestructura social comunitaria. Este objetivo se vincula con los objetivos y estrategias señalados en los Antecedentes 1 y 2 del presente instrumento. en el marco de “EL PDZP” para concretar un proyecto que conlleve a mejorar la calidad de vida de los habitantes del Municipio Del Nayar.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26, 115,y 116 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 6, 24, 25, 54, 74, 75, 77 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 1 y 176 de su
Reglamento; 1, 2, 3, 4, 6, 7, 24 y 43 de la Ley General de Desarrollo Social; 32 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; 7 de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; las Reglas de Operación de “EL PDZP” publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2013; 1, 2, 37, 38, 39 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Desarrollo Social; los Lineamientos de Operación de los Programas de Desarrollo Social y
Humano 2014; así como en lo previsto por los artículos 1, 2, 3, 22, 61 y 69 fracción XII y 72 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit; 1, 4, 15, 21, 26, 30 fracción X, 31 fracciones II,III, VI y XVI, 33, 34, 37 y 41 Ter de la Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo del Estado de Nayarit; 1, 2, 3, 4, 12, 13, 14, 15, 41 de la Ley de Planeación del
Estado de Nayarit; las partes celebran el presente Acuerdo de Coordinación, al tenor de las siguientes.
DECLARACIONES
LA "SEDESOL", declara: la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. sus atribuciones, fortalecer el desarrollo, la inclusión y la cohesión social en el país mediante la instrumentación, coordinación y seguimiento, en términos de ley y con los organismos respectivos de las políticas de combate a la pobreza, atención específica a las necesidades de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como los colonos y marginados de...
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