ACUERDO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Y POR OTRA EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, CON OBJETO DE LA OPERACION DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS EN EL EJERCICIO FISCAL 2014, PARA LA REALIZACION DE LA OBRA CONSTRUCCION DE PISO FIRME EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO IXCUINTLA, NAYARIT
Fecha de disposición | 17 Junio 2015 |
Fecha de publicación | 17 Junio 2015 |
Número de Gaceta | 106-080 |
ACUERDO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO
FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL,
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DELEGADA EN EL ESTADO DE NAYARIT
LA LIC. LILIANA ELIZABETH GOMEZ MEZA, POR OTRA EL PODER EJECUTIVO DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, REPRESENTADO POR EL ING.
GERARDO SILLER CARDENAS, SECRETARIO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS,
ING.
ARMANDO
GARCIA
JIMENEZ,
SECRETARIO
DE
PLANEACION
PROGRAMACION
Y
PRESUPUESTO
Y
COORDINADOR
GENERAL
DEL
COPLADENAY, EL MTRO. MARIO ALBERTO PACHECO VENTURA, SECRETARIO DE
LA CONTRALORIA GENERAL Y EL LIC. ORLANDO ANTONIO JIMENEZ NIEVES,
SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL Y EL ING. JUAN JORGE SANTIAGO
ORTEGA, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO PROMOTOR DE LA VIVIENDA EN
NAYARIT (EL IPROVINAY), A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA “LA
SEDESOL” Y “EL ESTADO" RESPECTIVAMENTE, CON OBJETO DE LA OPERACIÓN
DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS EN EL
EJERCICIO FISCAL 2014, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2013, en su Artículo 32 establece que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, entre ellos, el Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, en adelante “EL PDZP”, se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación, de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo
Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la
Política de Desarrollo Social, en los programas que resulte aplicable y la Declaratoria de
Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las reglas de operación emitidas y las demás disposiciones aplicables. de la Zonas de Atención Prioritaria para el año 2014, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 3 de diciembre de 2013, se reconocen en el país Zonas de Atención
Prioritaria, con un total de 1,080 municipios cuya población registra índices de pobreza y marginación indicativos de la existencia de marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social, por lo que las partes convienen en la atención de estas zonas. instrumentado “EL PDZP”, cuyo objetivo general es contribuir a proveer un entorno adecuado de los territorios que presentan mayor marginación y rezago social del país, a través de la reducción de los rezagos que se relacionan con la calidad, espacios y acceso
Miércoles 17 de Junio de 2015 Periódico Oficial 3 a los servicios básicos de la vivienda; así como en infraestructura social comunitaria. Este objetivo se vincula con los objetivos y estrategias señalados en los Antecedentes 1 y 2 del presente instrumento.
PDZP” para concretar proyectos que conlleven a mejorar la calidad de vida de los habitantes del Municipio de Santiago.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26 y 116 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 6, 24, 25, 54, 74, 75, 77 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 1 y 176 de su
Reglamento; 1, 2, 3, 4, 6, 7, 24 y 43 de la Ley General de Desarrollo Social; 32 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; 7 de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; las Reglas de Operación de “EL PDZP” publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2013; 1, 2, 37, 38, 39 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Desarrollo Social; los Lineamientos de Operación de los Programas de Desarrollo Social y
Humano 2014; así como en lo previsto por los artículos 1, 2, 3, 22, 61 y 69 fracción XII y 72 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, 24, 26 fracciones
Vll, lX, XVl, XVll, XXl y demás de la Ley de Vivienda para el Estado de Nayarit; 1, 4, 15, 21, 26, 30 fracción X, 31 fracciones II,III, VI y XVI, 33, 34, 37 y 41 Ter de la Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo del Estado; artículo 7 Fracción Vll del Reglamento interior del Instituto
Promotor de la Vivienda de Nayarit; 1, 2, 3, 4, 12, 13, 14, 15, 41 de la Ley de Planeación y en las cláusulas aplicables del Convenio de Coordinación para la Concurrencia de
Recursos Federales y Estatales para la Operación de los Programas Sociales Federales del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, las partes celebran el presente Acuerdo de
Coordinación, al tenor de las siguientes.
DECLARACIONES
-
Que es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con el artículo 26 de la
-
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la citada Ley, tiene entre sus atribuciones, fortalecer el desarrollo, la inclusión y la cohesión social en el país mediante la instrumentación, coordinación y seguimiento, en términos de ley y con los organismos respectivos de las políticas de combate a la pobreza, atención específica a las necesidades de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como los colonos y marginados de las áreas urbanas. Promover la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para fortalecer el desarrollo e inclusión social, en coordinación con los gobiernos de las...
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