ACUERDO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Y POR OTRA EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, CON OBJETO DE LA OPERACION DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS EN EL EJERCICIO FISCAL 2014, PARA LA REALIZACION DE LA OBRA CONSTRUCCION DE PISO FIRME EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO IXCUINTLA, NAYARIT

Fecha de disposición17 Junio 2015
Fecha de publicación17 Junio 2015
Número de Gaceta106-080

ACUERDO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO

FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL,

REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DELEGADA EN EL ESTADO DE NAYARIT

LA LIC. LILIANA ELIZABETH GOMEZ MEZA, POR OTRA EL PODER EJECUTIVO DEL

ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, REPRESENTADO POR EL ING.

GERARDO SILLER CARDENAS, SECRETARIO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS,

ING.

ARMANDO

GARCIA

JIMENEZ,

SECRETARIO

DE

PLANEACION

PROGRAMACION

Y

PRESUPUESTO

Y

COORDINADOR

GENERAL

DEL

COPLADENAY, EL MTRO. MARIO ALBERTO PACHECO VENTURA, SECRETARIO DE

LA CONTRALORIA GENERAL Y EL LIC. ORLANDO ANTONIO JIMENEZ NIEVES,

SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL Y EL ING. JUAN JORGE SANTIAGO

ORTEGA, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO PROMOTOR DE LA VIVIENDA EN

NAYARIT (EL IPROVINAY), A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA “LA

SEDESOL” Y “EL ESTADO" RESPECTIVAMENTE, CON OBJETO DE LA OPERACIÓN

DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS EN EL

EJERCICIO FISCAL 2014, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2013, en su Artículo 32 establece que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, entre ellos, el Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, en adelante “EL PDZP”, se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación, de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo

Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la

Política de Desarrollo Social, en los programas que resulte aplicable y la Declaratoria de

Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las reglas de operación emitidas y las demás disposiciones aplicables. de la Zonas de Atención Prioritaria para el año 2014, publicado en el Diario Oficial de la

Federación el 3 de diciembre de 2013, se reconocen en el país Zonas de Atención

Prioritaria, con un total de 1,080 municipios cuya población registra índices de pobreza y marginación indicativos de la existencia de marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social, por lo que las partes convienen en la atención de estas zonas. instrumentado “EL PDZP”, cuyo objetivo general es contribuir a proveer un entorno adecuado de los territorios que presentan mayor marginación y rezago social del país, a través de la reducción de los rezagos que se relacionan con la calidad, espacios y acceso

Miércoles 17 de Junio de 2015 Periódico Oficial 3 a los servicios básicos de la vivienda; así como en infraestructura social comunitaria. Este objetivo se vincula con los objetivos y estrategias señalados en los Antecedentes 1 y 2 del presente instrumento.

PDZP” para concretar proyectos que conlleven a mejorar la calidad de vida de los habitantes del Municipio de Santiago.

En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26 y 116 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración

Pública Federal; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 6, 24, 25, 54, 74, 75, 77 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 1 y 176 de su

Reglamento; 1, 2, 3, 4, 6, 7, 24 y 43 de la Ley General de Desarrollo Social; 32 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; 7 de la Ley

Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; las Reglas de Operación de “EL PDZP” publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2013; 1, 2, 37, 38, 39 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de

Desarrollo Social; los Lineamientos de Operación de los Programas de Desarrollo Social y

Humano 2014; así como en lo previsto por los artículos 1, 2, 3, 22, 61 y 69 fracción XII y 72 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, 24, 26 fracciones

Vll, lX, XVl, XVll, XXl y demás de la Ley de Vivienda para el Estado de Nayarit; 1, 4, 15, 21, 26, 30 fracción X, 31 fracciones II,III, VI y XVI, 33, 34, 37 y 41 Ter de la Ley Orgánica del

Poder Ejecutivo del Estado; artículo 7 Fracción Vll del Reglamento interior del Instituto

Promotor de la Vivienda de Nayarit; 1, 2, 3, 4, 12, 13, 14, 15, 41 de la Ley de Planeación y en las cláusulas aplicables del Convenio de Coordinación para la Concurrencia de

Recursos Federales y Estatales para la Operación de los Programas Sociales Federales del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, las partes celebran el presente Acuerdo de

Coordinación, al tenor de las siguientes.

DECLARACIONES

  1. Que es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con el artículo 26 de la

    Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

  2. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la citada Ley, tiene entre sus atribuciones, fortalecer el desarrollo, la inclusión y la cohesión social en el país mediante la instrumentación, coordinación y seguimiento, en términos de ley y con los organismos respectivos de las políticas de combate a la pobreza, atención específica a las necesidades de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como los colonos y marginados de las áreas urbanas. Promover la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para fortalecer el desarrollo e inclusión social, en coordinación con los gobiernos de las...

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