ACUERDO QUE AUTORIZA LA CELEBRACION DE CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LOS SERVICIOS DE SALUD DE NAYARIT Y EL GOBIERNO DEL ESTADO A TRAVES DEL FONDO DE PENSIONES CON EL OBJETO QUE SE DICTAMINE PENSIONES POR INVALIDEZ PARCIAL O TOTAL PERMANENTE

La H. Junta de Gobierno de los Servicios de Salud de Nayarit, con fundamento en los artículos 6 fracción I, 8 fracciones V, VII y XIII del Decreto de Creación, 19 y 20 fracción XII del reglamento interior, en sesión ordinaria celebrada el día 09 de junio de 2009 en el lugar que ocupa la sala de juntas de la Dirección General de Servicios de Salud de Nayarit, ubicada en Gustavo Baz número 33, Fraccionamiento Fray Junípero Serra, de esta ciudad capital, y

C O N S I D E R A N D O

Que en México los derechos de los trabajadores están consagrados en la Constitución

Política y la Ley Federal del Trabajo y que es menester contar con un valioso instrumento para llevar a la práctica los elevados propósitos establecidos por la Organización

Internacional del Trabajo y por nuestra propia Constitución, los que están íntimamente relacionados con la Medicina del Trabajo y la salud de los trabajadores al servicio del

Estado.

Que con fecha 27 de septiembre de 2008 se reforma la Ley de Pensiones para los

Trabajadores al Servicio del Estado, publicada en el Periódico Oficial, Órgano de Gobierno del Estado, en sus artículos 19 fracción III, inciso b; 23 fracción II y 31, en los que se establece que Servicios de Salud de Nayarit a través de el área de medicina del trabajo emitirá dictámenes colegiados a los trabajadores con antigüedad de 5 cinco años o más a fin de determinar si se encuentra en estado de capacidad residual para el trabajo.

Que se requiere de personal como peritos en medicina del trabajo adscritos a Servicios de

Salud de Nayarit, quienes sean responsables de realizar, emitir y autorizar dictámenes médicos a través de los cuales, el gobierno del estado otorgará pensiones por invalidez parcial o total permanente, derivada de un riesgo de trabajo o por causas ajenas al trabajo.

Que en virtud de lo anterior, los integrantes de la H. Junta, debido a la situación económica actual que vive el país y de acuerdo al plan de austeridad a nivel nacional y del estado, el gobierno del estado no está en condiciones para operar el Área de Medicina del Trabajo dotándola de presupuesto, recursos humanos, materiales, estructura orgánica y ocupacional, entre otros, y dado que la Ley de Pensiones para los Trabajadores al Servicio del Estado, le confiere competencia en esta materia a los Servicios de Salud de Nayarit, con el propósito de que no se deje de atender tan importante materia como es la de realizar dictámenes clínicos de pensiones por invalidez parcial o...

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