Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, por el que se aprueba el procedimiento para la designación de la persona titular de la Unidad Técnica Especializada de Fiscalización, en acatamiento a la ejecutoria dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en los expedientes SUP-REC-837/2016 y SUP-REC-838/2016 acumulados

Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, por el que se aprueba el procedimiento para la designación de la persona titular de la Unidad Técnica Especializada de Fiscalización, en acatamiento a la ejecutoria dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en los expedientes SUP-REC-837/2016 y SUP-REC-838/2016 acumulados.

Antecedentes:

I. El 31 de enero de 2014, el Presidente de la República expidió la reforma constitucional en materia político-electoral, aprobada por el Congreso de la Unión y la mayoría de las legislaturas estatales.

II. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución Federal), en materia político-electoral.

III. El 23 de mayo de 2014, se publicó en el DOF el Decreto por el que se expidió la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Ley General), y se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de Ia Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

IV. El 27 de junio de 2014, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal (Estatuto de Gobierno).

V. El 27 y 30 de junio de 2014, se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los Decretos por los que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal (Código).

VI. El 11 de noviembre de 2014, el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (Asamblea Legislativa) designó al ciudadano Alejandro Gonzalo Polanco Mireles como titular de la Unidad Técnica Especializada de Fiscalización (UTEF) del Instituto Electoral del Distrito Federal (Instituto Electoral), para el periodo comprendido del 11 de noviembre de 2014 al 11 de noviembre de 2020.

VII. El 9 de octubre de 2015, mediante Acuerdo INE/CG865/2015, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (Consejo General del INE), en ejercicio de su facultad de atracción, aprobó los 2015Lineamientos para la designación de los Consejeros Electorales Distritales y Municipales, así como de los servidores públicos titulares de las áreas ejecutivas de dirección de los Organismos Públicos Locales Electorales2016 (Lineamientos).

VIII. El 13 de octubre de 2015, el Consejero Presidente del Instituto Electoral recibió el oficio INE/UTVOPL/4463/2015, de la Directora de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales del INE, mediante el cual le notificó el Acuerdo referido en el numeral anterior y solicitó informar al organismo nacional de su cumplimiento.

IX. El 24 de noviembre de 2015, el Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del INE en el Distrito Federal (ahora Ciudad de México) remitió para conocimiento del Instituto Electoral, la sentencia dictada el 18 del mismo mes y año por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Sala Superior) en el expediente SUPRAP-749/2015 y acumulados, mediante la cual se confirmó el Acuerdo y Lineamientos referidos en el antecedente VII, los cuales se declararon constitucionales y legales.

X. El 30 de noviembre de 2015, el Consejero Presidente del Instituto Electoral, mediante oficio IEDF/PCG/204/2015, realizó una consulta a la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales del INE (Comisión de Vinculación del INE), sobre el alcance jurídico de los Lineamientos, en específico sobre el titular de la UTEF.

XI. El 11 de enero de 2016, el Secretario Técnico de la Comisión de Vinculación del INE notificó al Consejero Presidente del Instituto Electoral, el Acuerdo INE/CVOPL/010/2016, por el que se dio respuesta a la consulta referida en el antecedente XI, en el sentido de que:

28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Mayo de 2017

20153. El Consejo General Local del Distrito Federal, deberá seguir el procedimiento para verificar que el titular de la UTEF, cumpla con los requisitos establecidos en los 2017Lineamientos para la designación de los Consejeros Electorales Distritales y Municipales, así como de los Servidores Públicos Titulares de las Áreas Ejecutivas de Dirección de los Organismos Públicos Locales Electorales2018 y determinar si ha lugar a realizar su ratificación.2016

XII. El 14 de enero de 2016, el Consejero Presidente del Instituto Electoral, mediante oficio IEDF/PCG/007/2016, requirió al ciudadano Alejandro Gonzalo Polanco Mireles, presentara la documentación con la que acreditara cumplir los requisitos previstos en el numeral 9 del apartado III de los Lineamientos, además de los previstos en la normativa local aplicable, para ser designado como titular de la UTEF. Asimismo, con oficio IEDF/PCG/008/2016, requirió a la Asamblea Legislativa, a fin de que informara cuál fue la documentación que presentó el ciudadano Alejandro Gonzalo Polanco Mireles, en términos del artículo 89 del Código, para ser designado como titular de la UTEF y para que remitiera copia certificada de dicha documentación; sin que se haya recibido respuesta alguna.

XIII. El 20 de enero de 2016, el ciudadano Alejandro Gonzalo Polanco Mireles presentó la documentación relativa, ad cautelam, en atención al requerimiento señalado en el punto que antecede.

XIV. El 25 de enero de 2016, el Consejo General del Instituto Electoral, emitió el acuerdo identificado con la clave ACU-12-16, por el que se determinó que no había lugar a ratificar al ciudadano Alejandro Gonzalo Polanco Mireles como titular de la UTEF, en razón de que la propuesta presentada por el Consejero Presidente no obtuvo la votación calificada prevista en el numeral 11 de los Lineamientos.

XV. El 3 de febrero de 2016, el ciudadano Alejandro Gonzalo Polanco Mireles, inconforme con el Acuerdo referido, promovió juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos, el cual quedó radicado en el Tribunal Electoral del Distrito Federal (Tribunal Electoral) con el número de expediente TEDF-JLDC-003/2016.

XVI. El 7 de septiembre de 2016, el Consejo General del INE emitió el Acuerdo INE/CG661/2016, con el que aprobó el Reglamento de Elecciones y abrogó el Acuerdo INE/CG865/2015 y su anexo (Lineamientos), el cual entró en vigor el día de su aprobación y fue publicado en el DOF el 13 del mismo mes y año.

XVII. El 14 de septiembre de 2016, el Tribunal Electoral resolvió el juicio TEDF-JLDC-003/2016 y determinó revocar el Acuerdo ACU-12-16, así como restituir al impugnante en el cargo de titular de la UTEF y en los derechos inherentes a su cargo; lo que se cumplimentó el 21 del mismo mes y año.

XVIII. El 22 de septiembre de 2016, el Partido Revolucionario Institucional promovió juicio de revisión constitucional electoral para controvertir la sentencia del Tribunal Electoral, el cual fue radicado en la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México (Sala Regional) con el número de expediente SDF-JRC-99/2016.

XIX. El 18 de noviembre de 2016, la Sala Regional resolvió el juicio de revisión constitucional mencionado, en el sentido de revocar la sentencia del Tribunal Electoral, confirmar el Acuerdo ACU-12-16 e inaplicar al caso concreto el artículo 88, párrafo segundo del Código; por lo que, en acatamiento a dicha resolución, el 23 del mismo mes y año, el ciudadano Alejandro Gonzalo Polanco Mireles concluyó su encargo como titular de la UTEF.

XX. El 25 de noviembre de 2016, el ciudadano Alejandro Gonzalo Polanco Mireles y el Partido Revolucionario Institucional promovieron recursos de reconsideración en contra de la resolución de la Sala Regional, los cuales fueron radicados en la Sala Superior con los números de expedientes SUP-REC-837/2016 y SUP-REC-838/2016.

XXI. El 11 de enero de 2017, la Sala Superior emitió sentencia en los recursos de reconsideración mencionados, cuyos puntos resolutivos son del tenor siguiente:

2015PRIMERO. Se acumula el recurso de reconsideración SUP-REC-838/2016 al diverso SUPREC-837/2016. En consecuencia, se ordena glosar copia certificada de los puntos resolutivos de la ejecutoria a los autos del recurso acumulado.

SEGUNDO. Se modifica la sentencia impugnada en los términos establecidos en el considerando sexto de la presente ejecutoria.

TERCERO. Se revoca el acuerdo del Instituto Electoral del Distrito Federal, por el cual se negó la ratificación de Alejandro Gonzalo Polanco Mireles, como Titular de la Unidad Técnica de Fiscalización del referido organismo público local electoral.

CUARTO. Se ordena al Instituto Electoral del Distrito Federal que emita un nuevo acuerdo en los términos precisados en la parte considerativa de esta resolución.2016

XXII. El 5 de febrero de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial de esta entidad federativa, la Constitución Política de la Ciudad...

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