Acuerdo del Consejo General, por el que se determinan las cantidades líquidas mínimas que los Partidos Políticos deberán destinar a las actividades específicas relativas a Liderazgos Femeninos, Liderazgos Juveniles y a Estudios de Investigación de temas de la Ciudad de México, durante el Ejercicio 2022, IECM/ACU-CG-014/2022

254 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27 de enero de 2022

Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se determinan las cantidades líquidas mínimas que los partidos políticos deberán destinar a las actividades específicas relativas a Liderazgos Femeninos, Liderazgos Juveniles y a Estudios de Investigación de temas de la Ciudad de México, durante el ejercicio 2022. (IECM/ACU-CG-014/2022).

A n t e c e d e n t e s:

I. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución Federal), en materia político-electoral.

**BBBBC**. El 23 de mayo de 2014, se publicó en el DOF el Decreto por el que se expidieron la Ley General de Partidos Políticos

(Ley de Partidos) y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Ley General), cuyas reformas más recientes fueron publicadas en el DOF el 13 de abril de 2020.

III. El 29 de enero de 2016, se publicó en el DOF el Decreto por el que se declararon reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Federal, en materia política de la Ciudad de México.

IV. El 5 de febrero de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (Gaceta Oficial) el Decreto mediante el que se expidió la Constitución Política de la Ciudad de México (Constitución Local).

V. El 7 de junio de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Decreto que contiene las observaciones del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México respecto del diverso por el que se abroga el Código de Instituciones y Procedimientos electorales del Distrito Federal y la Ley Procesal del Distrito Federal (Decreto) y se expide el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México (Código) y la Ley Procesal Electoral para la Ciudad de México (Ley Procesal); y se reformaron diversas disposiciones de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal y del Código Penal para el Distrito Federal.

VI. El 29 de julio de 2020, se publicó en la Gaceta Oficial el Decreto de reforma al Código y a la Ley Procesal.

VII. El 9 de octubre de 2020, el Consejo General mediante Acuerdo IECM/ACU-CG-075/2020, aprobó la nueva integración de las Comisiones Permanentes de este Instituto Electoral de la Ciudad de México (Instituto Electoral), dentro de las que se encuentra la Comisión Permanente de Fiscalización.

VIII. El 6 de junio de 2021, tuvo verificativo la jornada electoral del Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, en la que la ciudadanía emitió su voto para elegir los cargos de Diputaciones por ambos principios al Congreso de la Ciudad de México, titulares de Alcaldías y Concejalías en las dieciséis demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

IX. El 7 de septiembre de 2021, la Comisión de Asociaciones Políticas emitió opinión favorable respecto de la Estimación del financiamiento público de los partidos políticos para el ejercicio presupuestal 2022.

X. El 27 de diciembre de 2021, se publicó en la Gaceta Oficial el Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2022, en el cual se encuentra integrado el correspondiente al Instituto Electoral.

XI. El 14 de enero de 2022, mediante Acuerdos con las claves IECM/ACU-CG-002/2022 e IECM/ACU-CG-003/2022, el Consejo General del Instituto Electoral determinó el Financiamiento Público para Actividades Ordinarias Permanentes, así como para Actividades Específicas de los Partidos Políticos como Entidades de Interés Público, en esta Ciudad, correspondiente al ejercicio 2022.

XII. El 14 de enero del 2022, en su Primera Sesión Urgente, la Comisión Permanente de Fiscalización, en el ámbito de sus atribuciones, aprobó someter a consideración del órgano superior de dirección de éste Organismo Público Local Electoral, el Proyecto de acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México por el que se determinan las cantidades líquidas mínimas que los partidos políticos deberán destinar a las actividades específicas relativas a liderazgos femeninos, liderazgos juveniles y a estudios de investigación de temas de la Ciudad de México, durante el ejercicio 2022, elaborado y presentado por la Unidad Técnica Especializada de Fiscalización.

C o n s i d e r a n d o:

1. Que conforme a los artículos 41, párrafo tercero, Base V, Apartado C, numeral 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución Federal); 98, numerales 1 y 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 46, apartados A, inciso e) y B, numeral 1; 50...

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