Acuerdo del Consejo General, por el que se aprueba publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, los proyectos específicos que resultaron ganadores de la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo 2019, en términos de las Bases Octava, Novena y Décima Primera de la Convocatoria emitida para dicha Consulta

Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se aprueba publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, los proyectos específicos que resultaron ganadores de la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo 2019, en términos de las Bases Octava, Novena y Décima Primera de la Convocatoria emitida para dicha Consulta.

A n t e c e d e n t e s:

I. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (Diario Oficial) el Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Constitución en materia político-electoral.

II. El 23 de mayo de 2014, se publicó en el Diario Oficial, entre otros, el Decreto por el que se expidió la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Ley General).

III. El 21 de abril de 2016, mediante el Acuerdo ACU-30-16 del Consejo General del entonces Instituto Electoral del Distrito Federal (Consejo General), aprobó el Marco Geográfico de Participación Ciudadana 2016 con 1,775 colonias y 40 Pueblos Originarios, mismo que se aplicaría en los procesos participativos de 2016 (Elección de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos y la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo 2017) de la Ciudad de México.

IV. El 25 de mayo de 2016, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (Gaceta Oficial), el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal (Ley de Participación) y el otrora Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal (Código), en el que se señalan, entre otras modificaciones que:

  1. El Instituto Electoral convocará en la primera semana de abril de cada año a la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo, cuya Jornada Consultiva se realiza el primer domingo de septiembre del mismo año; y en forma concurrente cada tres años con la elección de los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, lo anterior de conformidad al artículo 84 del Código.

  2. Se determinó en el artículo Décimo Transitorio de la Ley de Participación la incorporación de cuatro pueblos originarios en cada una de las delegaciones siguientes:

    La Magdalena Contreras y

    Cuajimalpa de Morelos.

    V. El 6 de junio de 2016, el Consejo General, emitió el Acuerdo ACU-36-16, por el que se ajustó el Marco Geográfico de Participación Ciudadana 2016, aprobado mediante Acuerdo ACU-30-16, derivado del Decreto por el cual se reformó el Artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Participación, comprendiendo 48 Pueblos Originarios y 1,764 Colonias, que se aplicaría en los procesos de participación ciudadana de 2016.

    VI. El 25 de agosto de 2016, el Consejo General, mediante el Acuerdo ACU-49-16, modificó el similar ACU-36-16 por el que se afectó el Marco Geográfico de Participación Ciudadana 2016, aprobado mediante Acuerdo ACU-30-16, derivado del Decreto mencionado en el antecedente previo, en acatamiento a la sentencia dictada por el otrora Tribunal Electoral del Distrito Federal (Tribunal Electoral) en el juicio electoral identificado con el número de expediente TEDF-JEL-026/2016.

    VII. El 21 de octubre de 2016, el Consejo General, mediante Acuerdo ACU-77-16, modificó el Acuerdo ACU-36-16 por el que se ajustó el Marco Geográfico de Participación Ciudadana 2016, aprobado mediante Acuerdo ACU-30-16, derivado del Decreto por el que se reforma el Artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Participación anterior, en acatamiento a las sentencias dictadas por el Tribunal Electoral, en los juicios identificados con los números de expedientes TEDF-JLDC-2240/2016 y acumulados, TEDF-JLDC-2241/2016 y acumulados, TEDF-JLDC-2242/2016 y acumulados, TEDF-JLDC-2243/2016 y acumulados, y TEDF-JLDC-2244/2016 y acumulados.

    VIII. El 5 de febrero de 2017 se publicó, en la Gaceta Oficial, la Constitución Política de la Ciudad de México (Constitución Local) cuyos artículos Transitorios Primero y Trigésimo establecen que la entrada en vigor será el 17 de septiembre de 2018, excepto por lo que hace a la materia electoral, que estará vigente a partir del día siguiente de su publicación.

    38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13 de febrero de 2019

    IX. El 07 de junio de 2017, se publicó, en la Gaceta Oficial, el Decreto por el que se abroga el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal y la Ley Procesal Electoral del Distrito Federal y se expiden el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México (Código Electoral) y la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México (Ley Procesal); asimismo, se reformaron diversas disposiciones de la Ley de Participación y del Código Penal para el Distrito Federal; además, se dispuso el cambio de nombre del Instituto Electoral del Distrito Federal y del Tribunal Electoral del Distrito Federal por el de Instituto Electoral de la Ciudad de México (Instituto Electoral) y Tribunal Electoral de la Ciudad de México (Tribunal Electoral), respectivamente.

    X. El 20 de julio de 2017, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el Acuerdo INE/CG328/2017, aprobó la demarcación territorial de los distritos electorales uninominales locales en que se divide la Ciudad de México y sus respectivas cabeceras de demarcación, a propuesta de la Junta General Ejecutiva, mismo que fue publicado en el Diario Oficial el 01 de septiembre del mismo año.

    XI. El 31 de octubre de 2017, el Consejo General, mediante Acuerdo IECM/ACU-CG-074/2017, aprobó los ajustes al Catálogo de Colonias y Pueblos Originarios del Marco Geográfico de Participación Ciudadana 2016 (Catálogo de colonias y pueblos), derivado de la aplicación de límites de los 33 distritos electorales uninominales, aprobados por el INE, mediante el Acuerdo INE/CG328/2017.

    XII. El 05 de abril de 2018, el Consejo General, mediante acuerdo identificado con la clave alfanumérica IECM/ACU-CG-115/2018, aprobó la Convocatoria para la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo 2019.

    XIII. El 09 de abril de 2018 las Comisiones Unidas de Educación Cívica y Construcción de Ciudadanía, de Organización Electoral y Geoestadística y de Participación Ciudadana y Capacitación (Comisiones Unidas), aprobaron el Manual de Geografía, Organización y Capacitación para la Preparación y Desarrollo de la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo 2019 (Manual de Geografía), mediante acuerdo identificado con la clave alfanumérica CUECCC-OEGPCC/0031/2018.

    XIV. El 02 de septiembre de 2018, se llevó a cabo la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo 2019 (Consulta Ciudadana 2019), tomando como base para la realización de dicho proceso de participación ciudadana el Catálogo de Colonias y Pueblos, correspondiente al Marco Geográfico de Participación Ciudadana aprobado en el Acuerdo IECM/ACUCG-074/2017.

    XV. Entre el 03 y 05 de septiembre de 2018 se llevó a cabo el proceso de validación de resultados de la Consulta Ciudadana 2019 en las 33 sedes de las Direcciones Distritales del Instituto Electoral.

    XVI. Entre el 11 y el 14 de septiembre del 2018, los Consejos Ciudadanos Delegacionales de Álvaro Obregón, Benito Juárez, Iztapalapa, Tlalpan, Miguel Hidalgo, Coyoacán, Gustavo A. Madero, Tláhuac, Azcapotzalco, Cuauhtémoc, La Magdalena Contreras y Xochimilco; determinaron los proyectos específicos en los que serán aplicados los recursos del Presupuesto Participativo para el ejercicio fiscal 2019 mediante la celebración de asambleas extraordinarias en aquellas colonias o pueblos originarios que se encontraron en los supuestos de la base NOVENA de la Convocatoria, consistentes en:

  3. No se haya celebrado la Jornada Consultiva,

  4. Ninguno de los proyectos específicos sometidos a consulta haya recibido opinión alguna,

  5. Exista empate en primer lugar entre dos o más proyectos.

    XVII. El 21 de enero de 2019, el Secretario Técnico en funciones de Secretario General del Tribunal Electoral, por medio del oficio TECDMX/SG/083/2019, informó a este Instituto Electoral que no se encontraba pendiente de resolver ningún medio de impugnación en ese órgano jurisdiccional local, vinculado con la validez de los resultados de la Consulta Ciudadana 2019.

    C o n s i d e r a n d o :

    1. Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41, párrafo segundo, Base V, Apartado C, numeral 9 de la Constitución Federal; 3, inciso h), 98, numerales 1 y 2, 104, numeral 1, incisos ñ) y r) de la Ley General; 50, numeral 1, Primero y Trigésimo Transitorios de la Constitución Local y, 31, 32 y 36 del Código Electoral, el Instituto Electoral es un organismo autónomo de carácter especializado, imparcial, permanente y profesional, tiene personalidad jurídica y patrimonio propio y cuenta con independencia en sus decisiones. Tiene dentro de sus funciones, la organización, desarrollo, y el garantizar la realización de los Procesos Electivos de los órganos de representación ciudadana e instrumentos de Participación Ciudadana, conforme a la Ley de Participación.

    2. Que el artículo 1, numerales 2, 3 y 4 de la Constitución Local, señala que la soberanía reside esencial y originariamente en el pueblo, quien la ejerce por conducto de sus poderes públicos y las figuras de democracia directa y participativa, a fin de preservar, ampliar, proteger y...

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