Acuerdo del Consejo General, por el que se aprueba el listado de domicilios de las sedes de sus treinta y tres órganos desconcentrados, así como los Consejos Distritales que fungirán como cabecera de demarcación, para el proceso electoral local ordinario 2023-2024

INSTITUTO ELECTORAL

Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se aprueba el listado de domicilios de las sedes de sus treinta y tres órganos desconcentrados, así como los Consejos Distritales que fungirán como Cabecera de Demarcación, para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024. [IECM/ACU-CG-013/2024]

Antecedentes:

I. El 5 de febrero de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (Gaceta Oficial) el Decreto por el que se expidió la Constitución Política de la Ciudad de México (Constitución Local).

II. El 7 de junio de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial, el Decreto que contiene las observaciones del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México respecto del diverso por el que se abroga el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley Procesal Electoral, ambos del otrora Distrito Federal, y se expide el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México (Código) y la Ley Procesal Electoral para la Ciudad de México (Ley Procesal); cuya reforma más reciente fue publicada en la Gaceta Oficial el 29 de julio de 2020.

III. El 4 de agosto de 2017, el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (Instituto Electoral), mediante Acuerdo IECM/ACU-CG-018/2017, aprobó el Reglamento de Integración, Funcionamiento y Sesiones de los Consejos Distritales del Instituto Electoral de la Ciudad de México; cuya reforma más reciente fue aprobada el 31 de octubre de 2023, a través del Acuerdo IECM/ACU-CG-105/2023.

IV. El 2 de junio de 2022, se publicó en la Gaceta Oficial el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código, por medio del cual se modifica la estructura orgánica funcional del Instituto Electoral.

V. El 30 de junio de 2022, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (Instituto Nacional), mediante

Acuerdo INE/CG399/2022, aprobó la Demarcación Territorial de los Distritos Electorales Uninominales Locales en que se divide la Ciudad de México y sus respectivas Cabeceras Distritales.

VI. El 1 de septiembre de 2022, el Consejo General del Instituto Electoral (Consejo General), mediante el Acuerdo IECM/ACU-CG-050/2022, aprobó el Dictamen por el que se adecúa la Estructura Orgánica y Funcional del Instituto Electoral, en cumplimiento al Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversos artículos del Código Electoral.

VII. El 2 de junio de 2023, se publicaron en la Gaceta Oficial los Decretos por los que se reforman diversos artículos del Código, entre los que se incluye el voto de las personas en estado de postración y aquellas que están en prisión preventiva.

VIII. El 07 de agosto de 2023 el Consejo General, mediante el Acuerdo IECM/ACU-CG-061/2023, aprobó la "Convocatoria dirigida a la ciudadanía y partidos políticos a participar en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024, para elegir a las personas titulares de la Jefatura de Gobierno, Diputaciones, Alcaldías y Concejalías de las dieciséis demarcaciones territoriales, cuya jornada electoral se celebrará el 2 de junio de 2024".

IX. El 25 de agosto de 2023, el Consejo General del Instituto Nacional emitió los siguientes Acuerdos:

Mediante el cual se aprueba la delimitación de las circunscripciones de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México para el proceso electoral local 2023-2024, a propuesta de su Junta General Ejecutiva (INE/CG508/2023).

Se aprueba el Marco Geográfico Electoral que se utilizará en los Procesos Electorales Federal y Locales 2023-2024, así como en los procesos electorales extraordinarios que, en su caso, tengan lugar en 2024 (INE/CG518/2023).

182 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13 de febrero de 2024

X. El 10 de septiembre de 2023, el Consejo General del Instituto Electoral declaró el inicio formal del Proceso

Electoral Local Ordinario 2023-2024.

XI. El 15 de enero de 2024, el Consejo General, mediante Acuerdo IECM/ACU-CG-006/2024, aprobó la designación de las personas Consejeras Distritales, así como las listas de reserva correspondientes, para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.

Considerandos:

1. Que conforme a lo dispuesto por los artículos 41, párrafo tercero, Base V, Apartado C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución Federal); 3, inciso i), 98, numerales 1 y 2, y 104, numeral 1, inciso f) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 46, Apartado A, párrafo primero, inciso

e) y 50 numeral 1 de la Constitución Local; así como 30, 31, 32, primer párrafo, 33 y 36 del Código, el Instituto Electoral es un organismo público local, de carácter permanente, autoridad en materia electoral, depositaria de la función estatal de organizar las elecciones en la Ciudad de México, así como los procesos de participación ciudadana, en los términos establecidos en la normativa señalada y demás disposiciones aplicables, profesional en su desempeño, que goza de autonomía presupuestal en su funcionamiento e independiente en sus decisiones, con personalidad jurídica y patrimonio propios y cuenta con las atribuciones de contribuir al desarrollo y adecuado funcionamiento de la institucionalidad democrática y todas las no reservadas al Instituto Nacional.

2. Que los artículos 122 de la Constitución Federal; así como 1, numerales 1, 3 y 5, y 28 de la Constitución Local, disponen que la Ciudad de México es una entidad integrante de la Federación, sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, adopta para su gobierno la forma republicana, democrática, representativa, laica y popular, bajo un sistema de división de poderes; y sus autoridades ejercen las facultades que les otorga la Constitución Federal, todas aquellas que ésta no concede expresamente a las funcionarias y los funcionarios federales y las previstas en la propia Constitución Local. El poder público de la Ciudad de México se dividirá para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. No podrán reunirse dos o más de estos...

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