ACUERDO del ciudadano Secretario del Sistema Asistencia Social, que expiden los lineamientos para otorgar el apoyo al transporte público en tarifa reducida a las mujeres con rezago social en el área metropolitana de Guadalajara y los municipios de Puerto Vallarta, Tepatitlán de Morelos y Zapotlán el Grande para el ejercicio fiscal 2022, “Mi pasaje Apoyo a Mujeres”.

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MARTES 22 DE FEBRERO DE 2022 / Número 28. Sección III
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobierno del Estado de Jalisco.
Secretaria del Sistema de Asistencia Social.
ACUERDO
ACUERDO DEL CIUDADANO SECRETARIO DEL SISTEMA DE ASISTENCIA SOCIAL,
MEDIANTE EL CUAL SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS PARA OTORGAR EL APOYO
AL TRANSPORTE PÚBLICO EN TARIFA REDUCIDA A LAS MUJERES CON REZAGO
SOCIAL EN EL ÁREA METROPOLITANA DE GUADALAJARA Y LOS MUNICIPIOS DE
PUERTO VALLARTA, TEPATITLÁN DE MORELOS Y ZAPOTLÁN EL GRANDE PARA
EL EJERCICIO FISCAL 2022, “MI PASAJE APOYO A MUJERES”.
GUADALAJARA, JALISCO, A 21 DE FEBRERO DE 2022
La Secretaría del Sistema de Asistencia Social, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 116, 124, 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 36 y
46 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 1, 2, 3, párrafo 1, fracción I, 5, párrafo
1, fracciones I, IV, VI, XIII, XIV, XV y XVI, 7, fracción III, 14, 15, párrafo 1, fracciones I, XI,
XIII, XV y XVIII, 16, párrafo 1, fracción XVIII, 34, párrafo 1, fracciones I, VI, VII, X, XXI y XIV
de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; y con base en los siguientes:
CONSIDERANDOS
I. El artículo 50 de la Constitución Política del Estado de Jalisco establece como
facultades exclusivas del Titular del Poder Ejecutivo, entre otras, la de organizar
y conducir la planeación del desarrollo del Estado y establecer los medios para
la participación social; cuidar de la recaudación, aplicación e inversión de los
caudales del Estado, con arreglo a las leyes; celebrar convenios con la
federación, con los municipios y con los particulares, respecto de la prestación
de servicios públicos, cuando el desarrollo económico y social lo haga
necesario; así como delegar facultades específicas en el ámbito administrativo
a las secretarías, dependencias, organismos y entidades que se constituyan
para el auxilio en el desempeño de sus atribuciones.
II. La Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco en su artículo 14,
establece que las Secretarías son las Dependencias de la Administración
Pública Centralizada que tienen por objeto auxiliar al Gobernador del Estado en
el despacho de los asuntos de su competencia, de acuerdo a las materias
correspondientes.
III. De conformidad con el artículo 34 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del
Estado de Jalisco, la Secretaría del Sistema de Asistencia Social es la
dependencia responsable de diseñar, aplicar y evaluar la política de Desarrollo
Social y Humano en coordinación con la Federación y los municipios, por lo que
le corresponde, entre otras atribuciones, diseñar y ejecutar programas que
impulsen el desarrollo humano y la asistencia social en el Estado; determinar
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los criterios generales para la participación de los usuarios de los servicios de
asistencia social pública; promover, apoyar y gestionar la participación
ciudadana y de los organismos de la sociedad civil en la elaboración, ejecución
y evaluación de las políticas sociales de desarrollo.
IV. Por acuerdo emitido por el Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco,
mediante el cual se otorga apoyo al transporte público a las mujeres con rezago
social en el Área Metropolitana de Guadalajara y los municipios de Puerto
Vallarta, Tepatitlán de Morelos y Zapotlán el Grande para el ejercicio fiscal 2022
y se decreta la reducción de la tarifa de transporte público conforme a los
artículos 154 y 158 fracción I de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de
Jalisco a las beneficiarias de dicho apoyo, mismo que fue publicado con fecha
05 de febrero de 2022 en el periódico oficial “El Estado de Jalisco”, se otorgará
un subsidio a las personas que cumplan el perfil correspondiente, ordenándose
a esta Secretaría publicar los presentes Lineamientos y Convocatoria
correspondiente.
V. Tomando en cuenta las consideraciones antes señaladas, así como los
fundamentos jurídicos invocados, por este conducto el suscrito Secretario del
Sistema de Asistencia Social, tengo a bien expedir los presentes Lineamientos
para otorgar el apoyo al transporte público en tarifa reducida a las mujeres con
rezago social en el Área Metropolitana de Guadalajara y los municipios de
Puerto Vallarta, Tepatitlán de Morelos y Zapotlán el Grande para el ejercicio
fiscal 2022“MI PASAJE APOYO A MUJERES”, para lo cual tengo a bien emitir
el siguiente:
ACUERDO
UNICO. - Se expiden los Lineamientos para otorgar el apoyo al transporte público en tarifa
reducida a las mujeres con rezago social en el Área Metropolitana de Guadalajara y los
municipios de Puerto Vallarta, Tepatitlán de Morelos y Zapotlán el Grande para el ejercicio
fiscal 2022, para quedar como sigue:
Lineamientos para otorgar el apoyo al transporte público en tarifa reducida a las
mujeres con rezago social en el Área Metropolitana de Guadalajara y los municipios
de Puerto Vallarta, Tepatitlán de Morelos y Zapotlán el Grande para el ejercicio
fiscal 2022, “MI PASAJE APOYO A MUJERES”.
I.- DIAGNÓSTICO.
Según el Programa denominado Ciudades del Futuro, donde se desprende el Diagnóstico
para el desarrollo de un Estudio de Diseño de Política de Tarifas de Transporte Social,
elaborado por la Embajada Británica en México, el 20% de los hogares en Jalisco reciben
un ingreso promedio de $7,868 pesos al mes, en donde las mujeres reciben dos mil
pesos mensuales menos ($5,606 pesos al mes en promedio) en comparación con los
hombres.
Luego bien, las personas económicamente activas dedican entre el 24% y el 50% de sus
ingresos a gastos asociados al transporte público, en donde las mujeres dedican entre el
26% y el 57% de su ingreso en el transporte público.
Con base en el mismo Diagnóstico, las personas de bajos ingresos son las que utilizan en
mayor medida el transporte público en Jalisco y dedican una mayor proporción de su
ingreso para cubrir dicho gasto, por lo que, en caso de que la población de bajos ingresos,
en específico las mujeres redujeran ese gasto, mejoraría significativamente la calidad de
vida al permitirles utilizar su ingreso en otros rubros, como la salud, educación,
esparcimiento, entre otros.
De igual manera, conforme al diagnóstico de referencia, la mayoría de los viajes que
realizan los hombres del Área Metropolitana de Guadalajara (AMG) son pendulares (de ida
y vuelta), mientras que los de las mujeres son principalmente encadenados (con
diversas paradas). Los hombres viajan regularmente en horas pico de la mañana y la
tarde y son principalmente para ir al trabajo (42%) o a la escuela (21%). Sin embargo,
las mujeres del AMG dividen sus viajes en una diversidad de actividades como
compras (23%), trabajo (22%), escuela (18%) y llevar o recoger a alguien (15%), patrón
que se podría explicar debido a los viajes de cuidado, o actividades adicionales al
trabajo formal o informal que realizan las mujeres.
Así entonces, se desprende que las mujeres utilizan el transporte público en mayor medida
que otros medios de transporte, y que aquellas con menores ingresos son quienes utilizan
más el transporte público y menos el transporte privado.
En promedio las mujeres utilizan en mayor medida el transporte público y realizan varias
paradas en un viaje. Específicamente las mujeres de la periferia optan por caminar para
limitar el uso de los medios de transporte con costo.
II.- LÓGICA DE INTERVENCIÓN.
Es innegable que las personas de bajos ingresos son las que utilizan en mayor medida el
transporte público en Jalisco y dedican una mayor proporción de su ingreso para cubrir
dicho gasto, por lo que la disminución de la proporción que dedica la población de bajos
ingresos, y en específico las mujeres, al gasto en transporte público mejoraría
significativamente la calidad de vida al permitirles utilizar su ingreso en otros rubros, como
la salud, educación, esparcimiento, entre otros.
Existen zonas de rezago social determinadas por el Consejo Nacional de Evaluación de la
Política de Desarrollo Social (CONEVAL), las cuales se pueden desagregar en las Áreas

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