Acuerdo por el que se autoriza la participación de la Administración Pública de la Ciudad de México en el Sistema de Actuación por Cooperación para la creación del parque público metropolitano denominado “La Mexicana” y se dan a conocer los Lineamientos Generales para el Desarrollo Urbano Sostenible del Área

2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21 de Abril de 2016

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

JEFATURA DE GOBIERNO

(Al margen superior un escudo que dice: CDMX.- Ciudad de México)

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122 Apartado A, Base III, Transitorios Primero y Segundo del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México; 8 fracción II, 12 fracciones I, II, IV y VI, 67 fraccionesn II y XXXI y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 14, 15, fracción II y 24, fracciones VI, X, XIII y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 2°, 4°, fracción II, 6°, fracción II, 64, 77, 78, 79 y 81 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14 y 26, fracciones I y XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y 113, 114, 117, 118 y 119 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, reconoce que el territorio de la Ciudad de México es dinámico y cambiante, mismo que actualmente se encuentra en una fase de transición demográfica en la que la mayor parte de la población se ubica en edades productivas, por lo se ha registrado un aumento en la demanda de vivienda, empleos, equipamientos, infraestructura, servicios y espacios públicos para el disfrute, el esparcimiento, la integración social y la convivencia en la búsqueda de una mejor calidad de vida. Para ello, en dicho Programa se determina que la planeación del territorio urbano y natural, a partir del estudio de los patrones de ocupación territorial en la Ciudad de México y la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM), permitirá identificar las situaciones de conflicto y las oportunidades que lleven a un mejor aprovechamiento del suelo, a la vez equitativo y equilibrado, con particular énfasis en las infraestructuras y equipamientos dedicadas a la juventud, a la recreación, a la prevención de enfermedades y al desarrollo social.

Que dicho Programa en su Eje 4 busca rescatar, regenerar y crear espacios públicos para propiciar el mejoramiento social y cultural del entorno urbano, garantizando que se mantengan limpios y libres de violencia, que incluyan criterios de igualdad de género y sean accesibles a los grupos sociales vulnerables.

Que conforme al Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, se determina que la respuesta institucional ante el actual patrón de ocupación del suelo urbano y natural de la Ciudad de México requiere de una adecuada planeación y gestión del territorio que genere acciones coordinadas dentro del marco interinstitucional e intergubernamental, así como entre los actores gubernamentales, privados y sociales. Es por ello que el Eje 4 (Habitabilidad y servicios, espacio público e infraestructura), establece como líneas de acción el realizar los estudios que permitan ubicar los puntos o proyectos estratégicos de proximidad territorial, tomando en consideración la infraestructura, los recursos territoriales, la calidad de los servicios y el acceso a los mismos; así como elaborar programas que establezcan las estrategias, criterios y mecanismos de coordinación para alcanzar una ciudad cercana en materia de uso de suelo, transporte, espacio público, servicios e infraestructura.

Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda en el ejercicio de sus atribuciones ubicó un área conformada por aproximadamente 41.5 Has en la Delegación Cuajimalpa, la cual representa un espacio idóneo para la creación del parque público que requiere la zona debido a los altos niveles de conectividad y accesibilidad, así como para el mejoramiento urbano, desarrollo y reconversión, lo que implica un impacto ambiental mínimo, ofreciendo además la oportunidad de aprovechar bienes inmuebles propiedad de la Ciudad de México para dichos fines. Por ello, esta área en el Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la Zona de Santa Fe ha sido reconocida por su vocación de amortiguamineto de los impactos derivados del desarrollo inmobiliario en la zona, cuya poligonal se describe a continuación: colinda al norte con el Paseo de los Arquitectos con longitudes aproximadas de: 131.13 m2, al este colindando con predios privados: 220.94 m2 al sureste colindando con predios privados: 172.78 m2 al este colindando con predios privados: 205.30 m2 al sureste colindando con el predio denominado G-2: 382.72 m2, al sureste colindando con predios particulares: 172.75 m2. Al noreste colindando con el predio denominado "la Alemana": 105.12 m2, al sureste: 19.77 m2, al este: 54.79 m2, al sur colindando con la Avenida

Santa Lucía: 588.57 m2, al oeste colindando con la calle Salvador Agraz: 234.58 m2 al noreste colindando con predios particulares: 71.08 m2, al noroeste colindando con la Avenida de los Arquitectos: 173.99 m2, al noroeste colindando con la Avenida de los Arquitectos: 1502.94 m2.

Que de no llevarse a cabo acciones que puedan reordenar y redistribuir los usos y el potencial en el área conocida como "La Mexicana", se agotaría la reserva territorial existente en desarrollo inmobiliario en las próximas décadas sin la posibilidad de contar con suelo que pueda ser destinado a equipamiento e infraestructura adecuada al...

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