Acuerdo por el que se autoriza y emite el Programa para la Competitividad de las Empresas en el Estado de Querétaro, así como sus lineamientos correspondientes al ejercicio fiscal 2022.

Fecha de disposición27 Mayo 2022
Fecha de publicación27 Mayo 2022
Número de Gaceta39
27 de mayo de 2022 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 12797
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE
Ing. Marco Antonio Salvador Del Prete Tercero, Secretario de Desarrollo Sustentable del Poder Ejecutivo del
Estado de Querétaro, en ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 9, segundo párrafo y 25
fracciones II y III de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo el Estado de Querétaro; 24 de la Ley Industrial del Estado
de Querétaro; 16, 17, 20 fracciones II, III y IV, 52, 53, 54 y 56 de la Ley de Planeación del Estado de Querétaro;
en relación con los artículos 73 y 80 bis de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de
Querétaro y;
CONSIDERANDO
1. A la luz de los artículos 25 primer párrafo y 26 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, la competitividad como un factor de la Rectoría del desarrollo nacional a cargo del Estado, se entiende
como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la
inversión y la generación de empleo. Por tal razón, el párrafo noveno del artículo 25 constitucional ordena que la
ley alentará y protegerá la actividad económica que realicen los particulares y proveerá las condiciones para que
el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional, promoviendo la
competitividad e implementando una política nacional para el desarrollo industrial sustentable que incluya
vertientes sectoriales y regionales.
2. La Constitución Política del Estado Libre ySoberano de Querétaro, en su artículo 22 fracciones XI y XII,
establece entre otras atribuciones del Ejecutivo Estatal, la de promover el desarrollo equilibrado y armónico del
Estado en materia económica, fomentando el crecimiento económico y el empleo.
3. Para dar cumplimiento a estos mandatos constitucionales, el Plan Estatal de Desarrollo Querétaro 2021-2027
en el Eje rector II denominado “Economía dinámica y prosperidad familiar” establece como objetivo el propiciar
oportunidades, apoyos y condiciones para mantener el ritmo del crecimiento económico circular del Estado,
buscando la prosperidad de las familias con la atracción de inversión, oferta de empleos suficientes y estimulando
el mayor nivel competitivo de todos los sectores.
4. Conforme a los artículos 25 fracciones II y III de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro,
así como 24, 25 y 39 de la Ley Industrial del Estado de Querétaro, en relación con los artículos 3, apartado A,
fracción II y 14 fracciones I, II, III, IV y V del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, el
Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro por conducto de dicha dependencia (SEDESU) le corresponden las
siguientes atribuciones:
Dirigir, coordinar y controlar la ejecución de los programas de fomento y promoción económica para el
desarrollo de la Entidad; así como fomentar la creación de fuentes de empleo, impulsando la creación y
establecimiento de la micro, pequeña y mediana empresa en el Estado.
Instrumentar programas de integración de los emprendedores, y micro, pequeñas y medianas empresas a
las cadenas productivas nacionales e internacionales y en los mercados de consumo y programas de
desarrollo de proveedores;
Realizar reuniones, ferias y encuentros de negocios con industriales nacionales y extranjeros solicitantes de
bienes o productos de la Entidad, con el objeto de promover la comercialización de estos por parte de
empresarios locales y promover la diversificación de las exportaciones;
Impulsar proyectos y coordinar las gestiones necesarias para incorporar a los emprendedores, a las micro,
pequeñas y medianas empresas establecidas y por instalarse en el Estado, a los programas de apoyo
federales y estatales;
Propiciar recursos para la capacitación y profesionalización para los emprendedores, micro, pequeñas y
medianas empresas; e impulsar las vocaciones regionales de la Entidad;
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Impulsar la modernización y desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas comerciales, con la
participación de las universidades del Estado para mejorar su competitividad;
Fomentar la economía circular en los emprendedores, micros, pequeños, medianas y grandes empresas en
la Entidad;
Fomentar y coordinar la realización de ferias y foros nacionales e internacionales para jóvenes
emprendedores y diseñar proyectos para apoyarlos en la generación de sus propias empresas;
Promover las exportaciones del Estado, participando en programas de apoyo para las empresas
exportadoras, en forma coordinada con organismos y dependencias federales, estatales, municipales e
internacionales;
Coordinar los esfuerzos institucionales para consolidar la integración de las empresas queretanas a los
mercados internacionales, en el marco de los tratados de libre comercio suscritos por México con otros
países o regiones; e
Impulsar proyectos de operación de nuevas zonas industriales favorecedoras del desarrollo económico del
Estado.
5. Con base en los artículos 39 y 40 de la de la Ley Industrial del Estado de Querétaro, en la adopción y ejecución
de los programas para favorecer la expansión, el desarrollo, la modernización y la competitividad de la actividad
industrial; mejorar el nivel tecnológico de las empresas y potenciar los servicios, así como la adecuada
financiación a la industria, se debe tener especial atención a la micro, pequeña y mediana empresa, tomando en
cuenta las siguientes necesidades del Estado:
Promover el desarrollo armónico y conjunto.
Reforzar su cohesión económica y social.
Favorecer las regiones de bajo nivel de vida, en las que exista una grave situación de desempleo o resulten
gravemente afectadas por el declive industrial o demográfico.
6. Por ello y en cabal cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 54 y 61 fracción II, inciso b) de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental, así como 5 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los
Municipios, se contempló en el Anexo del Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Querétaro para el
Ejercicio Fiscal 2022, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”,
del día 23 de diciembre de 2021, el Listado de programas presupuestados, con sus indicadores estratégicos y de
gestión aprobados, siendo uno de ellos, el “Programa de Desarrollo Económico”.
7. Para coadyuvar al cumplimiento de los indicadores estratégicos y de gestión establecidos en el Programa de
Desarrollo Económico y con el propósito de instrumentar un programa institucional que cumpla con los imperativos
previstos en la legislación en cita, así como en las líneas de acción conducentes del Plan Estatal de Desarrollo
Querétaro 2021-2027, el Ejecutivo Estatal a través de la SEDESU, estima necesario implementar el “Programa
para la Competitividad de las Empresas del Estado de Querétaro” con recursos provenientes del Presupuesto de
Egresos del Estado de Querétaro para el Ejercicio Fiscal 2022.
8. Dicho Programa tiene como finalidad promover el desarrollo económico estatal, a través del otorgamiento de
apoyos de carácter temporal a proyectos para:
Fomentar la creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad
de los emprendedores, micro, pequeñas, medianas y grandes empresas instaladas y por instalarse en la
Entidad, e;
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Impulsar las iniciativas de los emprendedores, así como de aquellos promovedores de la inversión
productiva, la innovación y el desarrollo tecnológico y sustentable para generar empleo, y el aumento de la
competitividad de los emprendedores, micro, pequeñas y medianas empresas instaladas en la entidad.
9. La SEDESU tiene previsto que el citado Programa cuente con Lineamientos que rijan su procedimiento de
operación y establezcan los mecanismos necesarios para su instrumentación, como es el caso de la conformación
de un Comité de Evaluación integrado por servidores públicos de la SEDESU que entre otras atribuciones, estará
facultado para emitir pronunciamientos de aprobación o rechazo, según sea el caso, respecto de las solicitudes
de apoyo presentadas por los Interesados, pudiendo designarlos conforme corresponda como Beneficiarios u
Organismos Intermedios, con los cuales el Estado a través de la SEDESU suscribirá un Convenio de Ejecución
con el objeto de establecer los términos y condiciones para que éstos lleven a cabo la ejecución de su proyecto
que contribuya a la consecución de los objetivos del Programa de referencia y así reciban los apoyos autorizados
para tal propósito, de conformidad con lo previsto en los citados Lineamientos.
10. En este contexto, es de suma trascendencia realizar las siguientes precisiones entorno a los antecedentes
que se tienen en relación a la Pandemia por la que atraviesa Querétaro, México y el mundo entero:
● El virus denominado coronavirus 2019 (COVID-2019) es una enfermedad infecciosa que pone en riesgo
la salud y por tanto, la integridad de las personas y de la población en general, en razón de su fácil
propagación por contacto con quienes están infectados por el virus o por tocar objetos o superficies que
rodean a dichas personas y llevarse las manos a los ojos, nariz o boca; derivado de lo anterior y ante los
niveles de propagación y gravedad, el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS),
declaró que la COVID-19 pasa de ser una epidemia a una pandemia por la alta cantidad de personas
infectadas y muertes causadas alrededor del mundo.
● En respuesta a las disposiciones de la OMS, se publicó en fecha 19 de marzo de 2020 en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, el Acuerdo de medidas de
seguridad sanitarias, que implementará el Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro. Dichas medidas
implementadas derivadas de la contingencia sanitaria por la presencia del virus SARS-CoV2 denominado
Coronavirus (COVID-19), si bien privilegian el derecho fundamental a la salud de todos y cada uno de los
habitantes del territorio estatal, de forma colateral han generado como consecuencia, la afectación
económica de la Entidad, impactando de manera negativa su desarrollo económico, limitando su
operación y diversificación de actividades económicas que permitan la continuidad de empleos, afectando
la producción y percepciones.
11. De conformidad con lo estipulado por el numeral 54 de la Ley para el Manejo de Recursos Públicos del Estado
de Querétaro se tiene que los titulares de las Dependencias y Entidades, como ejecutores de gasto, conforme a
lo dispuesto en esta Ley, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y los
demás ordenamientos aplicables, serán responsables del ejercicio presupuestal y del cumplimiento de las metas
y objetivos previstos en sus respectivos programas, así como de cumplir con el destino y propósito de los fondos
públicos federales, estatales o municipales que les sean transferidos o asignados.
Asimismo, los ejecutores de gasto son responsables directos e inmediatos del cumplimiento de las bases
establecidas y demás disposiciones jurídicas relacionadas con los fondos públicos federales, estatales y/o
municipales, así como de la información a la que tengan acceso. De igual manera, los ejecutores de gasto, al
tener a su cargo fondos públicos, tienen la responsabilidad de realizar las acciones que correspondan con la
finalidad de acreditar y demostrar el origen, destino, aplicación, erogación, registro, documentación
comprobatoria, integración de libros blancos y rendición de cuentas, conforme a las disposiciones federales, la
normatividad específica de acuerdo al tipo de fondos públicos de que se trate.
12. Que los Programas que autorice y ejecute el titular de la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Poder
Ejecutivo del Estado de Querétaro durante el ejercicio fiscal 2022, y previa autorización de la dependencia
encargada de las finanzas públicas, estarán sujetos a las disponibilidades presupuestales para la ejecución,
desarrollo y conclusión de otros Programas emitidos por dicha Secretaría, lo anterior, con la finalidad de dar
cumplimiento a los objetivos, prioridades, estrategias y metas con base en los indicadores de desempeño,
atendiendo a lo dispuesto en el Plan Estatal de Desarrollo del Estado de Querétaro 2 021-2027.

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