Acuerdo por el que se aprueba el Programa Institucional 2021-2024 del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa.

Fecha de publicación01 Diciembre 2021
SecciónUNICA. Organismos Descentralizados Y/O Desconcentrados
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA
ACUERDO por el que se aprueba el Programa Institucional 2021-2024 del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa
ACUERDO por el que se aprueba el Programa Institucional 2021-2024 del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa. Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa (en liquidación).
CÉSAR ADRIÁN BASILIO ORTIZ, Director de Administración del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, actualmente en liquidación, actuando en ausencia del Titular de la Dirección General, en términos del artículo 15 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3, párrafo décimo, 25, 26, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 22, fracción I, 47 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; Tercero y Cuarto Transitorios de la Ley General de Educación; 21, 22, 23, 24 de la Ley de Planeación, y del Programa Sectorial de Educación (PSE) 2020-2024, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 25, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales. Asimismo, el artículo 26 dispone que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación, para lo cual habrá un Plan Nacional de Desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal.
Por su parte, la Ley de Planeación, en sus artículos 4o. y 5o., establece que es responsabilidad del Ejecutivo Federal conducir la planeación nacional del desarrollo con la participación democrática de la sociedad y elaborar el Plan Nacional de Desarrollo.
Que conforme al artículo 21 de la Ley de Planeación, se establece que el Plan Nacional de Desarrollo, precisará los objetivos nacionales, la estrategia y las prioridades del desarrollo integral, equitativo, incluyente, sustentable y sostenible del país, establecerá los lineamientos de política de carácter global, sectorial y regional, y regirá el contenido de los programas que se generen en el sistema nacional de planeación democrática, entre otros aspectos.
Que el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024 aprobado por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 12 de julio de 2019, establece tres Ejes Generales: 1. Política y Gobierno, 2. Política Social y 3. Economía. Asimismo, define 12 principios rectores: i) Honradez y honestidad; ii) No al gobierno rico con pueblo pobre; iii) Al margen de la ley, nada; por encima de la ley, nadie; iv) Economía para el bienestar; v) El mercado no sustituye al Estado; vi) Por el bien de todos, primero los pobres; vii) No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera; viii) No puede haber paz sin justicia; ix) El respeto al derecho ajeno es la paz; x) No más migración por hambre o por violencia; xi) Democracia significa el poder del pueblo; y xii) Ética, libertad, confianza.
Que la formulación del Programa Sectorial de Educación (PSE) 2020-2024, y del Programa Institucional del Instituto Nacional del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, en el marco de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Planeación, tiene como base los principios rectores del PND 2019-2024, así como aquellas prioridades, disposiciones y previsiones que, por su naturaleza, le corresponden al sector educativo. En este sentido, el derecho a la educación, considerado dentro del Eje General 2. Política Social del PND 2019-2024, articulará las acciones del gobierno federal en el ámbito educativo.
Que de conformidad con el artículo 24 de la Ley de Planeación, el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, elaboró el Programa Institucional 2021-2024, en observancia a los Ejes Generales previstos en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.
Que la Junta de Gobierno de este Instituto Nacional, aprobó, en su Segunda Sesión Ordinaria 2021, el acuerdo SO/II-21/07,R, relativo al Proyecto del Programa Institucional 2021-2024 del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa; por ello, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se aprueba el Programa Institucional 2021-2024 del Instituto Nacional de la Infraestructura
Física Educativa.
SEGUNDO.- El Programa Institucional 2021-2024 del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, es de observancia general para sus Unidades Administrativas.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- El Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, ejecutará los objetivos prioritarios, estrategias prioritarias, acciones puntuales, metas para el bienestar y parámetros del Programa Institucional 2021-2024, con cargo a su presupuesto aprobado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para los ejercicios fiscales que correspondan.
Ciudad de México, a los 15 días del mes de octubre de 2021.- César Adrián Basilio Ortiz, Director de Administración en ausencia del Titular de la Dirección General, ambos del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, en términos del artículo 15 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa.- Rúbrica.
Programa Institucional 2021-2024
del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa
PROGRAMA INSTITUCIONAL DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024
1. Índice
2.- Fundamento normativo de elaboración del Programa
3.- Siglas y acrónimos
4.- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa
5.- Análisis del estado actual
6.- Objetivos prioritarios
6.1.- Relevancia del Objetivo prioritario 1: Mejorar las condiciones físicas de la INFE en los diferentes tipos, niveles y modalidades del SEN para propiciar entornos educativos favorables.
6.2.- Relevancia del Objetivo prioritario 2: Coadyuvar en abatir el rezago en la INFE, mediante los procesos para la construcción, rehabilitación, equipamiento, reconstrucción, conservación y mantenimiento.
6.3.- Relevancia del Objetivo prioritario 3: Contribuir al mejoramiento de la resiliencia de la INFE, con actualizaciones normativas y capacitación en procesos de rehabilitación de espacios, con el acompañamiento de la comunidad escolar.
6.4.- Relevancia del Objetivo prioritario 4: Fomentar la investigación e innovación de tecnologías aplicables a la INFE, permitiendo una mejor asignación de recursos y la utilización de materiales regionales.
6.5.- Vinculación de los Objetivos prioritarios del Programa Institucional 2021-2024 del INIFED con el Programa Sectorial de Educación 2020-2024
7.- Estrategias prioritarias y Acciones puntuales
8.- Metas para el bienestar y Parámetros
9.- Epílogo: Visión hacia el futuro
2.- Fundamento normativo de elaboración del Programa
La formulación del Programa Institucional (PI) 2021-2024 del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa (INIFED) tiene como fundamento lo dispuesto en los artículos 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), 47 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y 17, fracción II, de la Ley de Planeación (LP) que a la letra establece que "Las entidades paraestatales deberán: (...) Elaborar sus respectivos programas institucionales, en los términos previstos en esta Ley, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales o, en su caso, por las disposiciones que regulen su organización y funcionamiento".
Conforme al artículo 24 de la LP, el PI...

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