Acuerdo que Aprueba Adiciones y Reformas a Diversas Disposiciones del Reglamento para El Funcionamiento de Establecimientos Comerciales, Industriales y De Servicios para El Municipio de Colima.

Tomo 105, Colima, Col., sábado 10 de octubre de 2020; Núm. 68, pág. 2922 - 2922 -

EL ESTADO DE COLIMA

DEL GOBIERNO MUNICIPAL H. AYUNTAMIENTO DE COLIMA, COLIMA ACUERDO QUE APRUEBA ADICIONES Y REFORMAS A DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS PARA EL MUNICIPIO DE COLIMA. ACUERDO POR EL QUE SE ADICIONAN Y REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS PARA EL MUNICIPIO DE COLIMA. C.P. LEONCIO ALFONSO MORAN SANCHEZ, Presidente Municipal de Colima, a sus habitantes, sabed: Que el Honorable Cabildo Municipal se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE ADICIONAN Y REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS PARA EL MUNICIPIO DE COLIMA. El Honorable Cabildo Municipal de Colima, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 87, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Colima; 45, fracción I, inciso a), y 116 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima; 132, 133, fracción III, 136, 137, 138 y 140 del Reglamento del Gobierno Municipal de Colima; ha tenido a bien aprobar el presente Acuerdo, conforme a los siguientes: C O N S I D E R A N D O S: PRIMERO.- Que mediante memorándum número S-814/2020 de fecha 12 de agosto de 2020, la Secretaria del H. Ayuntamiento, LICDA. ESMERALDA CARDENAS SÁNCHEZ, turnó a esta Comisión de Gobernación y Reglamentos la Iniciativa que reforma diversos artículos del Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios para el Municipio de Colima, derivado del análisis al mismo que realizaron los CC. LIC. IGNACIO VIZCAÍNO RAMÍREZ, Director General de Asuntos Jurídicos y el ING. JOSÉ AMADOR MACÍAS GONZÁLEZ, Director de Inspección y Licencias, quienes presentaron el memorándum número TMC-DIL 184/2020 ante la Secretaría del H. Ayuntamiento el día 10 de agosto de 2020, con la iniciativa de modificación al referido reglamento, misma que el Presidente Municipal hizo suya en términos del artículo 69 del Reglamento del Gobierno Municipal, mediante oficio número 02-P-1212020 de fecha 12 de agosto del presente año. SEGUNDO. Que Ley General de Mejora Regulatoria tiene por objeto establecer los principios y bases a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de mejora regulatoria a la que se deberán adherir los sujetos obligados de la Administración Pública Federal y sus respectivos homólogos de las entidades federativas, así como los municipios con sus alcaldías y demás dependencias y entidades. Esta Ley, establece que el Sistema de Apertura Rápida de Empresas es parte de los Programas Específicos de Simplificación y Mejora Regulatoria, los cuales buscan facilitar el ambiente para hacer negocios y facilitar el establecimiento y funcionamiento de las empresas según su nivel de riesgo, considerando su tamaño, la rentabilidad social, la ubicación en zonas de atención prioritaria, así como otras características relevantes para el país. TERCERO. Que los Lineamientos del Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE) establecen las directrices que se han de observar en la instalación del SARE, la operación y funcionamiento óptimo para así contar con la certificación PROSARE, garantizando estándares mínimos en la aplicación de dichos...

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