Acuerdo ACDO.AS2.HCT.230721/188.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico, en sesión ordinaria de 23 de julio de 2021, por el que se autoriza prorrogar el plazo previsto en los artículos Quinto, Sexto y Séptimo Transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B) del artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral, publicado el 23 de abril de 2021, hasta en tanto se apruebe y entre en vigor, a través del Decreto que para tal efecto emita el Ejecutivo Federal, la modifica

Fecha de publicación30 Julio 2021
SecciónUNICA. Organismos Descentralizados Y/O Desconcentrados
EmisorINSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ACUERDO ACDO
ACUERDO ACDO.AS2.HCT.230721/188.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico, en sesión ordinaria de 23 de julio de 2021, por el que se autoriza prorrogar el plazo previsto en los artículos Quinto, Sexto y Séptimo Transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal delTrabajo; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para losTrabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto Sobrela Renta; de la Ley del Impuestoal Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B) del artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral, publicado el 23 de abril de 2021, hasta en tanto se apruebe y entre en vigor, a través del Decreto que para tal efecto emita el Ejecutivo Federal, la modificación planteada en la iniciativa por la que se reforman los artículos transitorios Primero, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto y Séptimo del referido Decreto, publicada en la Gaceta del Senado de la República LXIV/3SPR-30/119360, el 21 de julio de 2021, o aquella que apruebe el Congreso de la Unión que amplíe los plazos establecidos ...

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