Acuerdo 14/2014 del Consejo de la Comisión De Derechos Humanos del Distrito Federal, por el que se aprueba reformar, adicionar y derogar diversos artículos del Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL

ACUERDO 14/2014 DEL CONSEJO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL, POR EL QUE SE APRUEBA REFORMAR, ADICIONAR Y DEROGAR DIVERSOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL.

En la Ciudad de México, Distrito Federal, a los treinta días del mes de octubre de dos mil catorce las y los Consejeros presentes, así como la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y del H. Consejo de la misma, por unanimidad de votos, en términos de lo dispuesto por los artículos 2, 6, 7, fracciones I, II y IV, 11, 20, fracciones II y III, y 22, fracciones II, V y XII, de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; y,15, 16, fracciones I y II, 17, 19, 20, fracciones II y X y 26 de su Reglamento Interno, y

C O N S I D E R A N D O

1. La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, es un organismo público autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyo objeto es la protección, defensa, vigilancia, promoción, estudio, educación y difusión de los derechos humanos establecidos en el orden jurídico mexicano y en los instrumentos internacionales de la materia, así como el combate a toda forma de discriminación y exclusión, consecuencia de un acto de autoridad a cualquier persona o grupo social.

2. La Comisión se integra con la o el Presidente, el Consejo, las o los Visitadores Generales que determine su Reglamento Interno, la Contraloría Interna y con el personal profesional, técnico y administrativo necesario para el desarrollo de sus actividades.

3. A fin de atender debidamente las obligaciones de este Organismo Público Autónomo de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos conforme a su ámbito de competencia, contenidas en el párrafo tercero del artículo y 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 2, de su Ley, resulta indispensable dar continuidad a la implementación de las estrategias, instrumentos y mecanismos que rigen el actuar de esta Comisión.

4. Después de una valoración de la operación de las diversas áreas de apoyo, derivada del intercambio de experiencias con sus titulares, la Presidencia de esta Comisión en uso de las facultades conferidas en la Ley y el Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, relacionadas con la dirección y coordinación de las funciones de los órganos y de las áreas de apoyo que conforman la estructura de la Comisión, somete a consideración del Consejo la reforma al Reglamento Interno de éste órgano, cuyas líneas generales se exponen en los puntos siguientes.

5. A fin de implementar mejoras en la conducción de las actividades de diversas áreas de apoyo de esta Comisión de Derechos Humanos, acordes con la política de austeridad, se propone la creación de una nueva área de apoyo denominada Dirección Ejecutiva de Asuntos Legislativos y Evaluación conformada a partir de la estructura orgánica de la Coordinación de Asesores, la cual desaparece, así como de la Dirección de Interlocución Institucional y Legislativa, misma que se desincorpora de la Secretaría Ejecutiva en la cual se concentrarán las atribuciones en materia de Interlocución Institucional y Legislativa de la Dirección citada y las correspondientes a la Subdirección de Estadística del Centro de Investigación Aplicada en Derechos Humanos, pues contará con una Dirección de Evaluación y Estadística.

6. Asimismo, con el objeto de brindar una temprana y efectiva atención a las personas víctimas de violaciones a derechos humanos, que solicitan la intervención de esta Comisión de Derechos Humanos, se propone trasladar de la actual Secretaría de Vinculación Estratégica a la Dirección General de Quejas y Orientación, la prestación de los Servicios Médicos, Psicológicos y de Atención Psicosocial, por ser esta última, el área de apoyo con la que los particulares tienen el primer contacto.

7. A partir de la propuesta de modificación al marco de atribuciones de la Secretaría de Vinculación Estratégica, referida en el considerando previo, se propone la reestructuración de dicha área de apoyo para que se convierta en la Dirección Ejecutiva de Vinculación Estratégica.

8. También, se propone modificar la denominación de la Consultoría General Jurídica como Dirección General Jurídica, a efecto de homologar en nomenclatura a las distintas áreas de apoyo de la Comisión y se amplía su marco de atribuciones para la expedición y certificación de documentos en poder de las áreas de apoyo de esta Comisión, a fin de atender oportunamente los requerimientos que en dicho sentido son formuladas a esta Comisión por diversas autoridades locales y federales, asimismo se propone un ajuste en la denominación de la Coordinación de Vinculación con la Sociedad Civil e Incidencia en Políticas Públicas para que ahora se identifique como Coordinación de Vinculación con la Sociedad Civil y de Políticas Públicas.

9. Es necesario incorporar los cambios de nomenclaturas de las áreas y la normativa interna, como en el caso del Estatuto del Servicio Profesional en Derechos Humanos y del Personal Administrativo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Asimismo se reformó un artículo a efecto de establecer las atribuciones de la Coordinación de Tecnologías de Información y Comunicación y se adicionaron párrafos para establecer el régimen de suplencia por ausencia y se dotó a la Directora Ejecutiva de Seguimiento y a los diversos Directores de Área de la Visitadurías y de dicha Dirección Ejecutiva, de fe pública para el buen desarrollo de sus atribuciones en términos del artículo 25 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.

10. Para llevar a cabo las acciones referidas en los considerandos 6, 7, 8, 9 y 10 resulta necesario...

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