Acuerdo A/014/2019, por el que se declaran abandonados vehículos y autopartes asegurados por las personas Agentes del Ministerio Público, relacionados con Averiguaciones Previas iniciadas hasta el 31 de diciembre de 2015

12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de noviembre de 2019

LIC. ERNESTINA GODOY RAMOS, PROCURADORA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con fundamento en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 10 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 54 y 55 del Código Penal para el Distrito Federal; 350 párrafos tercero y quinto, del Código Fiscal de la Ciudad de México; 2, 3, 21, 23 y 24 fracción XVIII, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; y, 1, 2, 4, 6 fracción XIV y 87 fracciones VI y X, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y

C O N S I D E R A N D O

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, compete al Ministerio Público la investigación de los delitos y la persecución de los imputados, teniendo entre otras atribuciones, la de asegurar objetos, instrumentos o productos del delito.

Que hasta el 31 de diciembre de 2015, las Averiguaciones Previas iniciadas en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, generaron que las Personas Agentes del Ministerio Público recibieran un cúmulo de bienes y valores relacionados con la investigación de los delito, ocasionando que los depósitos de la Institución se saturarán de tal forma que se impida la recepción de nuevos bienes y se obstaculice la función de la Procuraduría para resguardar bienes a fin de garantizar su integridad, conservación y preservación.

Que el artículo 55 del Código Penal para el Distrito Federal, prevé que los bienes que se encuentren a disposición de la autoridad investigadora, podrán ser devueltos a quien acredite o demuestre derechos sobre estos, previa determinación de la persona Agente de Ministerio Público que corresponda, y en caso de no ser reclamados dentro del plazo establecido para ello, causarán abandono a favor de la Procuraduría.

Que corresponde a la Oficialía Mayor, a través de la Dirección Ejecutiva de Administración de Bienes Asegurados, establecer normas para la administración de bienes asegurados, así como instrumentar los procedimientos necesarios para su enajenación, de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 82 fracciones III, XX y XXI, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

Que el 17 de septiembre de 2019, se llevó a cabo la publicación, en la Gaceta...

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