Acuerdo A/012/2019 por el que se emite el Código de Conducta para las personas servidoras públicas adscritas

92 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23 de octubre de 2019

LIC. ERNESTINA GODOY RAMOS, PROCURADORA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con fundamento en los artículos 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, 4, 7 apartado A numeral 1, 60 numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2, 7, 15, 23 y 24, fracción, I, XVIII y XXVI, 68, 69, 73, fracción IX, 74, fracción IX, 74, fracción XII y 80 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; 1, 2 y 70 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; 2, fracción V, 6, 7 y 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo, Octavo y Décimo Primero del "Acuerdo por el que se dan a Conocer los Lineamientos para la Emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas"; 2, fracción V, 6, 7, 16 y 49, fracción I de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México; y Décima Segunda y Segundo Transitorio del Código de Ética de la Administración Pública de la Ciudad de México; y

C O N S I D E R A N D O

Que la Constitución Política de la Ciudad de México, de conformidad con el artículo 3° establece que la función pública debe ser comprendida en el marco de la ética, responsabilidad y otros valores, a fin de fortalecer el servicio público.

Que mediante Acuerdo adoptado por la Asamblea General la Organización de las Naciones Unidas, en la resolución 34/169 del 17 de diciembre de 1979, se estableció el Código de Conducta para todo funcionario encargado de hacer cumplir la ley, en el que se delinean directrices esperadas de las personas con funciones públicas relativas a brindar servicios a las comunidades.

Que en términos de los artículos 2° fracción V y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, todos los entes públicos están obligados a propiciaran políticas y acciones con objeto de fomentar la ética pública y la responsabilidad en el servicio público.

Que de acuerdo con el artículo 7° de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, las personas servidoras públicas deben actuar conforme a las disposiciones jurídicas atribuibles al ejercicio de sus funciones, observando en todo momento los principios de legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público; no utilizando su cargo público para obtener un beneficio o ventaja personal para sí o terceros.

Que en concordancia con el Sistema Nacional Anticorrupción, el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, señala que las Secretarías, emitirán Códigos de ética con objeto de generar entre las personas servidoras públicas conductas deseables que respondan a las necesidades de la sociedad.

Que el día 12 de octubre de 2018, a través del Diario Oficial de la Federación, se publicaron los lineamientos para la emisión de los Códigos de ética de los entes públicos, donde refiere los elementos indispensables en su constitución, aplicación y observancia.

Que el día 7 de febrero de 2019, a través de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se publicó el Código de Ética de la Administración Pública de la Ciudad de México, en el que se estableció en su artículo segundo transitorio que los entes públicos debían publicar en la citada Gaceta su respectivo Código de Conducta.

Que los artículos , , , 15 y 23 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal señalan la naturaleza legal y carácter ministerial a la Procuraduría, su protección a los derechos humanos y sus atribuciones para mejorar el servicio brindado a la comunidad, así como la facultad de expedir instrumentos de organización que conduzcan al mejor desempeño de las funciones;

Que el titular del Órgano Interno de Control en la Procuraduría, tuvo a bien aprobar el presente Código de Conducta mediante oficio SCGCDMX/OICPGJ/15884/2019, de fecha 02 de septiembre de 2019, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO A/012/2019 POR EL QUE SE EMITE EL CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS ADSCRITAS A LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ÚNICO. Se emite el Código de Conducta para las Personas Servidoras Públicas adscritas a la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, mismo que se encuentra anexo y forma parte del presente Acuerdo.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO. Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO. El presente Acuerdo entrará en vigor al siguiente día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

TERCERO. Se abroga el Acuerdo A/008/2011, por el que se expide el Código de Ética para los servidores públicos de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, emitido por su entonces titular.

CUARTO. La instalación del Comité de Ética de la Procuraduría, señalado en el artículo 16, deberá efectuarse en un plazo no mayor a 30 días hábiles posteriores a la publicación del Manual Específico de Operación del citado Comité.

QUINTO. El presente Acuerdo deberá ser difundido en la página institucional de la Procuraduría.

SEXTO. Los titulares de las Unidades Administrativas de la Procuraduría darán a conocer el presente Acuerdo, a las personas servidoras públicas a ellos adscritas.

CIUDAD DE MÉXICO, 9 DE OCTUBRE DEL 2019 CIUDAD INNOVADORA Y DE DERECHOS

(Firma)

LIC. ERNESTINA GODOY RAMOS

LA PROCURADORA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS ADSCRITAS A LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Disposiciones generales

  1. - El presente Código tiene como objeto generar las directrices de conducta de las personas servidoras públicas adscritas a la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (en lo sucesivo la Procuraduría) a fin de cumplimentar los principios rectores y valores del servicio público, también señalados en el Código de Ética de la Administración Pública de la Ciudad de México.

  2. - La aplicación y observación de este Código tiene carácter obligatorio para las personas servidoras públicas adscritas a la Procuraduría.

  3. - Misión: Representar legalmente los intereses de los habitantes de la Ciudad de México, a través de la implementación de acciones eficaces y eficientes en la investigación de los delitos, la persecución de los imputados y la Procuración de Justicia con respeto irrestricto a los Derechos Humanos, a efecto de fortalecer la confianza y seguridad en la convivencia de los habitantes.

  4. - Visión: Ser una Procuraduría con rostro humano, de excelencia en su servicio y con un alto compromiso social, integrada por servidores públicos altamente capacitados que empleen tecnología de vanguardia para la investigación del delito y la persecución de los imputados en forma ágil, confiable, transparente y científica, siendo éticamente responsables al basar su actuación en el respeto a los Derechos Humanos, para responder así a la demanda social de justicia y seguridad; colocándose como una Institución...

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