Se actualizan los límites de ingresos para poder optar por presentar las declaraciones informativas en forma oficial impresa

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Conforme al tercer párrafo del artículo 31 del Código Fiscal Federal (CFF), las personas físicas que realicen actividades empresariales y que en el ejercicio inmediato anterior hubieran obtenido ingresos inferiores a $1750,000, así como aquellas que no realicen actividades empresariales y que hayan obtenido en ese ejercicio ingresos inferiores a $300,000, en lugar de presentar las solicitudes, declaraciones, avisos, informes o documentos en documentos digitales con firma electrónica avanzada, podrán presentarlos en las oficinas autorizadas que al efecto señale el SAT. Respecto a las cantidades antes indicadas, así como a las demás referidas en el CFF, el quinto párrafo del artículo 17-A del mismo código indica que se actualizarán cuando el incremento porcentual acumulado del Indice Nacional de Precios al Consumidor desde el mes en que se actualizaron por última vez, exceda de 10%, y que la actualización se llevará a cabo a partir de enero del siguiente ejercicio a aquel en que se haya dado el incremento. Para tal efecto, la fracción XXIII del artículo segundo de las disposiciones transitorias del CFF para 2004 estipula que la actualización de dichas cantidades se realizó por última vez en julio de 2003, salvo las que se incluyen en el capítulo del CFF relativas a los delitos fiscales.

En virtud de lo anterior, consideramos...

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