Aviso aclaratorio a las Reglas de Operación del Seguro de Desempleo 2014, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, número 1788 bis, de fecha 30 de enero de 2014

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

DORA PATRICIA MERCADO CASTRO, Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1º, 2º, 3 fracción VIII, 15 fracción XVIII, 16 fracción IV y 23 TER de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1º, 7º fracción XVII y 26 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1º, 6º, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38 y 38 BIS de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 1º, 50, 51 y 70 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 4° y 10 del Reglamento para Someter a la Aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, la Creación y Operación de Programas de Desarrollo Social que Otorguen Subsidios, Apoyos y Ayudas a la Población del Distrito Federal; 3º, 5º fracción I, 9, 17 de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para el Distrito Federal; 2º, 6º fracción VII y16 del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para el Distrito Federal, se da a conocer el siguiente:

AVISO ACLARATORIO A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL SEGURO DE DESEMPLEO 2014, PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, NÚMERO 1788 BIS, DE FECHA 30 DE ENERO DE 2014.

CONSIDERANDO

Que el objetivo principal del Seguro de Desempleo de la Ciudad de México, consiste en promover el cumplimiento de los derechos económicos y sociales de los habitantes del Distrito Federal en materia de trabajo, así como disminuir la desigualdad social, revertir el proceso de exclusión y segregación social.

Que el Seguro de Desempleo tiene carácter tutelar, universal y solidario, bajo la responsabilidad del Estado y que se constituye como un derecho de todas y todos los trabajadores que se encuentran desempleados, se convierte en una medida de protección ante la contingencia de la pérdida del empleo, impactando con tal circunstancia a la sociedad en forma directa.

Este sistema de protección social, apoya al beneficiario en su proceso de reincorporación al mercado de trabajo formal, bajo un esquema de solidaridad social entre gobernantes y gobernados.

Asimismo, en el marco de los principios de la Planeación del Desarrollo Social en el Distrito Federal, en forma democrática, con perspectiva de género y en el marco de la no discriminación, se atiende y otorga protección social a la población en estado de vulnerabilidad y alta marginalidad, ello con motivo de la pérdida del empleo ampliando la cobertura a mujeres embarazadas que han sido despedidas injustificadamente por su empleador, así como a repatriados, huéspedes, migrantes, preliberados y liberados es, por lo que, resulta necesario realizar el presente Aviso Aclaratorio, en los siguientes términos:

1. En la página 71, relativo al numeral V. REQUISITOS DE PROCEDIMIENTO DE ACCESO:

Dice: REQUISITOS PARA EL CASO DE MIGRANTE:

  1. Acreditar estar en estado de desempleo a partir de enero de 2008.

  2. No percibir...

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