Aclaración a la cláusula sexta, novena, décima cuarta, décima quinta y vigésima sexta de la resolución núm. Res/950/2015, mediante la cual se expide el modelo de contrato de conexión de acceso abierto y no debidamente discriminatorio para centros de carga conectados a tensiones mayores a 1kv a la red nacional de transmisión o a las redes generales de distribución, publicado en el diario oficial de la federación el 4 de febrero de 2016.
Número de expediente | 65/0018/120416 |
Fecha de registro | 12 Abril 2016 |
Emisor | CRE - Comisión Reguladora de Energía |
ACLARACIÓN A LA CLÁUSULA SEXTA, NOVENA, DÉCIMA CUARTA, DÉCIMA QUINTA Y VIGÉSIMA SEXTA DE LA RESOLUCIÓN Núm. RES/950/2015, MEDIANTE LA CUAL SE EXPIDE EL MODELO DE CONTRATO DE CONEXIÓN DE ACCESO ABIERTO Y NO DEBIDAMENTE DISCRIMINATORIO PARA CENTROS DE CARGA CONECTADOS A TENSIONES MAYORES A 1KV A LA RED NACIONAL DE TRANSMISIÓN O A LAS REDES GENERALES DE DISTRIBUCIÓN, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 4 DE FEBRERO DE 2016.
En la página 7 del DOF dice:
Sexta. Coordinadores. Cada una de las Partes designará por escrito a un coordinador y a un coordinador suplente cuando la carga y el nivel de tensión del Solicitante supere los 10 MW y 69 kV para que lleven a cabo las actividades que se requieran para el cumplimento de este Contrato.
Asimismo, cada Parte notificará por escrito a la otra en caso de que hubiere algún cambio en dichas designaciones, en un plazo de cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha de la designación. Los coordinadores tendrán las siguientes funciones:
a) …
b) …
c) Acordar por escrito los Criterios para las pruebas de desempeño de los sistemas de comunicación, protecciones y equipos relacionados con el Punto de Conexión conforme a las características técnicas que haya definido el CENACE, y
(…)
Debe decir:
Sexta. Coordinadores. Cada una de las Partes designará por escrito a un coordinador y a un coordinador suplente cuando la carga y el nivel de tensión del Solicitante supere los 10 MW y 69 kV para que lleven a cabo las actividades que se requieran para el cumplimento de este Contrato.
Asimismo, cada Parte notificará por escrito a la otra en caso de que hubiere algún cambio en dichas designaciones, en un plazo de cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha de la designación. Los coordinadores tendrán las siguientes funciones:
a) …
b) …
c) Acordar por escrito los criterios para las pruebas de desempeño de los sistemas de comunicación, protecciones y equipos relacionados con el Punto de Conexión conforme a las características técnicas que haya definido el CENACE, y
(…)
En la página 8 del DOF dice:
Novena. Modificaciones del Punto de Conexión…
En el caso de que el Centro de Carga ya se encuentre conectada y se realicen modificaciones a la RNT o a las RGD como resultado de las obras del PRODESEN que impliquen modificaciones al Punto de Interconexión, dichas obras serán sin cargo al Solicitante.
Debe decir:
Novena. Modificaciones del Punto de Conexión…
En el caso de que el Centro de Carga ya se encuentre conectada y se realicen modificaciones a la RNT o a las RGD como resultado de las obras del PRODESEN que impliquen modificaciones al Punto de Conexión, dichas obras serán sin cargo al Solicitante.
En la página 8 del DOF dice:
Décima cuarta. Medición y Mantenimiento.
a) Del Medidor para liquidación o facturación (MF). Las Partes cumplirán con lo indicado en las Bases del Mercado Eléctrico, las DACG en materia de mantenimiento de medidores de liquidación.
El Solicitante puede instalar y mantener, a su propio cargo, medidores y equipo de medición de respaldo en el Punto de Conexión, adicional al mencionado de liquidación, siempre y cuando cumplan con las normas, Criterios y prácticas establecidas en las Bases del Mercado Eléctrico.
(…)
Debe decir:
Décima cuarta. Medición y Mantenimiento.
b) Del Medidor para liquidación o facturación (MF). Las Partes cumplirán con lo indicado en las Bases del Mercado Eléctrico, las DACG en materia de mantenimiento de medidores de liquidación.
El Solicitante puede instalar y mantener, a su propio cargo, medidores y equipo de medición de respaldo en el Punto de Conexión, adicional al mencionado de liquidación, siempre y cuando cumplan con las normas, criterios y prácticas establecidas en las Bases del Mercado Eléctrico.
(…)
En la página 9 del DOF dice:
Décima quinta. Notificaciones al CENACE. Las Partes mantendrán comunicación con el CENACE para la notificación de programas de mantenimiento rutinario o de emergencia cuando la Conexión sea a 69 kV o tensiones mayores de acuerdo a la cláusula Décima cuarta anteriormente mencionada. Si el SEN entra en un estado operativo de emergencia, el CENACE determinará las modificaciones o los ajustes necesarios de acuerdo a lo establecido en las disposiciones administrativas de carácter general que contengan los Criterios de eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad, seguridad y sustentabilidad emitidos por la CRE. Si la Conexión es en tensiones menores a 69 kV y hasta 1 kV, el Solicitante seguirá el correspondiente proceso del Distribuidor.
Debe decir:
Décima quinta. Notificaciones al CENACE. Las Partes mantendrán comunicación con el CENACE para la notificación de programas de mantenimiento rutinario o de emergencia cuando la Conexión sea a 69 kV o tensiones mayores de acuerdo a la cláusula Décima cuarta anteriormente mencionada. Si el SEN entra en un estado operativo de emergencia, el CENACE determinará las modificaciones o los ajustes necesarios de acuerdo a lo establecido en las disposiciones administrativas de carácter general que contengan los criterios de eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad, seguridad y...
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