Aclara la CNDH petición sobre cámaras en penal

AutorSonia del Valle

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) nunca ha pedido retirar las cámaras de seguridad de las cárceles y no se le puede imputar responsabilidad alguna por el homicidio de un interno en el penal de La Palma, en el Estado de México, expresó el Tercer Visitador de la dependencia, José Antonio Bernal Guerrero.

"No se puede imputar a la CNDH el que haya sucedido un hecho de esta naturaleza (el homicidio del preso Alberto Soberanes Ramos en el penal de máxima seguridad de Almoloya de Juárez) por la recomendación emitida", sostuvo en entrevista con REFORMA.

El funcionario refirió que las declaraciones hechas por el Director de Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Seguridad Pública, Carlos Tornero, son irresponsables, desinformadas y tendenciosas.

"La Recomendación 007/2001 tiene que ver con un caso específico, donde se grabaron escenas de internos teniendo relaciones sexuales en una sala de visita familiar con una cámara oculta.

"La descubrimos por un pequeño orificio del tamaño de la cabeza de un alfiler, imperceptible para las personas que estaban ahí, pero que fueron grabadas de forma indebida, no sabían los internos y sus visitas que había una cámara y se dejó correr la grabación, se sustrajo y se envió a los medios de comunicación", explicó.

Dijo que ésta es la única recomendación en relación al uso de cámaras de vigilancia electrónicas emitida el el 23 de marzo del 2001.

La recomendación 007/2001 de la CNDH, en el punto siete se dirige al director de los centros a efecto de que en los Centros Federales de Readaptación Social del País se evite el uso de equipos de vigilancia electrónica a través de cámaras ocultas".

"El doctor Tornero o no conoció directamente sobre esta recomendación o ya la olvidó", expresó Bernal Guerrero.

Para la CNDH el responsable de los cinco centros de federales de readaptación social, confunde la vigilancia indispensable que debe existir en un centro de máxima seguridad con el respeto a los derechos humanos.

"Un centro de máxima seguridad necesariamente requiere de vigilancia, sea por medios electrónicos o con personal capacitado para ello. Eso no implica que no se respete el derecho a la intimidad de las personas.

"Nunca la CNDH ha señalado que se quiten las cámaras de los centros de readaptación federal, sino que se eviten las cámaras ocultas y eso no omite la vigilancia que debe haber en un centro de máxima seguridad, exceptuando el área de visita íntima", dijo.

La declaración de Tornero...

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