Circular número OIC/AR/07/07, por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con el C. Roberto Peralta Eleveño
Fecha de disposición | 02 Mayo 2007 |
Fecha de publicación | 02 Mayo 2007 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
CIRCULAR número OIC/AR/07/07, por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con el C. Roberto Peralta Eleveño.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Area de Responsabilidades.
CIRCULAR No. OIC/AR/07/07
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON EL C. ROBERTO PERALTA ELEVEÑO, CON R.F.C. PEER661108SW3.
Oficiales mayores y equivalentes
de las dependencias y entidades
de la Administración Pública Federal,
Procuraduría General de la República
y gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 8 y 9, primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 77 y 78, fracción IV de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 67, fracción I, numeral 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 10, fracción IV de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; y 45 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo tercero de la Resolución Administrativa de fecha treinta de marzo de dos mil siete, que se dictó en el expediente número AR/SP-10/06, mediante el cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado al C. Roberto Peralta Eleveño, esta autoridad administrativa hace de su...
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