El ABC de la reforma del Estado

AutorAlejandro Blanco Tatto
Páginas56-64

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En dicha ley se prevé la creación de una Comisión Ejecutiva de Negociación y Construcción de Consensos, la cual estará integrada por un representante de cada grupo parlamentario de cada una de las cámaras del congreso, además de un representante del Ejecutivo y uno de cada partido político, la cual será el órgano rector del proceso de reforma del estado. En la ley aparecen cuatro temas obligados: régimen de Estado y gobierno; democracia y sistema electoral; federalismo y reforma al Poder Judicial.

Acontecimiento de gran relevancia para la nación, puesto que de este acuerdo habrán de surgir las nuevas reglas del juego para un país que se ha quedado a la saga en muchos temas que han impedido su despegue como potencia económica y de bienestar social. Incluso, no es de sorprendernos que México llegue a constituir un ejemplo mundial donde la democracia, el desarrollo industrial y el bienestar social sea ejemplo para el resto de las naciones que se encuentran entrampadas en modelos cerrados e inflexibles. "Sólo falta meter todo el cuerpo a la tina y no solamente el pie de forma medrosa". Sin embargo, estoy seguro de que una vez que se le tome el gusto por proponer y actuar positivamente, el proceso será mucho más rápido y eficiente. El proceso, empero, muy probablemente se entrampará si se insiste primero en reformar el régimen de PEMEX y de CFE. Quienes no entiendan ello, perderán tiempo y de nueva cuenta surgirá el encono y la paralización legislativa.

Muchos legisladores han manifestado que llegó la hora de "pensar en grande". Ojalá sea así, de lo contrario tendremos que esperar a que algún día lleguen otros legisladores que piensen y actúen en grande. Hoy los tiempos políticos son inmejorables.

A continuación presento algunas propuestas:

  1. Me sumo a las voces que piden la creación de una nueva constitución, tal y como lo está haciendo actualmente Ecuador, así como muchas otras naciones que decidieron poner al día sus cartas magnas el siglo pasado. La pregunta obligada: ¿para qué elaborar una nueva constitución, si se cuenta con el mecanismo del proceso legislativo? En este sentido, es importante reflexionar sobre dos circunstancias a favor de crear una nueva carta magna:

    • Si se crea una nueva constitución originará una percepción psicológica positiva, pues muy probablemente el comentario más recurrente sería: "A ver si ahora sí se cumple". En este sentido, cuanta reforma se realice a la carta magna, además de pasar prácticamente inadvertida en la sociedad, en el fondo llega a importar poco, a no ser que a la ciudadanía se le involucre de manera especial o relevante. Por el contrario, con el simple anuncio de que se pretende elaborar nueva constitución, captaría la atención de todos y por añadidura el debate se enriquecería.

    • Como se sabe, los procesos legislativos son largos y engorrosos, aunado a que es difícil lograr consensos, ya que cada grupo parlamentario suele imponer su propia agenda. Asimismo, podrían resolverse problemas polémicos y/o actuales que ni la constitución ni las leyes contemplan, y que en atención a una pésima tradición jurídica suelen ser resueltos por los órganos jurisdiccionales sin facultades para ello, pues sólo deben atender la labor interpretativa o exegética.y no la actividad juris-legislativa. Máxime que los miembros del Poder Judicial de la Federación no cuentan con la legitimidad social mayoritaria para sustentar este tipo de resoluciones. En otras palabras, esta actividad jurisdiccional no es otra cosa que alquimia jurídica. En México los paladines de la alquimia jurídica son los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

    Una en contra:

    • Que se haga el ridículo. Que todo siga siendo igual o peor aun, que se compliquen aún más los actuales procedimientos, o se otorguen "metapoderes" a los órganos del Estado, entre otros riesgos.

  2. Atento y respetuoso del sistema federal, propongo buscar un acuerdo nacional a fin de eliminar las constituciones locales que de poco o nada han servido, pues invariablemente la Constitución General de la República es la que dicta y habrá de delimitar los derechos fundamentales de todos los mexicanos, por lo que las cuestiones estrictamente locales, pueden ser abordadas en legislaciones secundarias locales. Con ello se pretende hacer más expedita la justicia, pues es ocioso hacer valer derechos fundamentes si se tiene que observar prominentemente la ley suprema. De hecho, muchas veces las constituciones locales limitan las garantías fundamentales de los ciudadanos o extralimitan las facultades de sus autoridades. Fenómeno similar ocurre incluso con los tratados y/o el resto de la legislación secundaria nacional.

  3. Un sistema unicameral1, donde un Congreso Ciudadano aglutine lo que hoy es la cámara alta y la cámara baja, y su número no supere los 500 legisladores. Con ello se destrabaría la actividad legislativa, se ahorrarían recursos, se agilizaría la administración pública y se extinguirían los conflictos entre ambas cámaras. AdemásPage 58 de que obligaría a los partidos políticos a elegir a sus mejores hombres o mujeres. En pocas palabras: mayor calidad de nuestros representantes, más eficiencia en los acuerdos tomados y, menos incompetencia y derroche de los recursos públicos. Sólo pensemos en dietas, viáticos, asesores, vehículos, comidas, homenajes, viajes al extranjero, etc.

    Por cuanto hace al régimen de gobierno, en nuestro país resulta totalmente inviable el sistema parlamentario como muchos han sugerido, pues la experiencia se ha encargado de demostrar la raquítica colaboración entre los legisladores. Imaginemos por un momento la inactividad parlamentaria en labores de gobierno por falta de consensos. Antes de pensar en esta posibilidad, los legisladores tendrían que aprobar esta primera prueba de reforma del estado.

    Por lo que se refiere a la posibilidad de crear las figuras de Jefe de Gobierno y Jefe de Estado, sólo engrosaría aún más la base burocrática, y por tanto, se erogaría gran cantidad de recursos para su operación, como giras, hospedajes, comidas, comitiva, etc. En otras palabras nada justifica tener que gastar dos veces por algo que se ha demostrado que lo puede realizar una sola persona, esto es, el Presidente de la República. Mejor reestructuremos a fondo las facultades del poder ejecutivo, que en principio, ya no se asuma como: "Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo", (art. 80 C.P.E.U.M), pues no debe haber más poder supremo que el del pueblo.

  4. Incorporación en la constitución del plebiscito. Organizado libremente por la ciudadanía y para la ciudadanía. Sobran líderes sociales que desean un cambio de fondo. Operaría para la aprobación o desaprobación de acciones o medidas gubernamentales, legislativas e incluso judiciales, ya sea de gran relevancia para la vida nacional o para temas locales. El plebiscito constitucional estaría organizado de forma regional (Distrito Federal y estados de la república), y sería independiente de los que pudiesen organizar los partidos políticos o gobiernos, federal o local. La sociedad civil sólo recibiría los fondos para la organización (ya sean federales o locales según el caso lo amerite), previamente aprobados por la Cámara de Diputados y las legislaturas locales. También sería la propia ciudadanía la que tendría que adoptar sus propios mecanismos de control y/o fiscalización. Podrían organizarse uno o varios plebiscitos al año, de acuerdo a la coyuntura política por la que transite el país, tal y como ocurre con los desastres naturales que son impredecibles. Como fundamento del plebiscito constitucional sería la opinión social nacional respecto de la remoción o confirmación del gabinete presidencial a realizarse por una sola vez a mitad del sexenio. Así sólo se quedarán quienes hayan aprobado su evaluación. Y si todos reprueban, todos se irán.

    Pero la clave o éxito de este tipo de propuestas, es que los legisladores no pongan candados o requisitos difíciles de cumplir, pues sólo se estaría tapando un hoyo y abriendo otro.

    Con esta medida netamente ciudadana, nada impediría que se removiera por incompetente a cualquier servidor público de los tres poderes de la unión. Incluyendo claro está, a los denominados organismos autónomos. Pero sobre todo, sería el primer paso para relegar a los partidos políticos que aseguran cínica y falsamente representar los auténticos intereses del pueblo. La democracia mexicana transitaría por una etapa superior, aunque imagino los argumentos fatalistas y de los conservaduristas, que sólo pretenden defender sus mezquinos intereses.

    La inmovilidad de los servidores públicos -contrario a lo que muchos piensan-, constituye una práctica con graves signos de agotamiento democrático, pues más que otorgar seguridad pública a los gobernados, lo que verdaderamente se defiende son canonjías y complicidades de ineptitud. El pueblo no quiere más ineptos. Los buenos servidores públicos deberán ser sustituidos por otros buenos servidores públicos; pensar en el riesgo de que lleguen malos servidores públicos es simplemente una trampa barata, pues los partidos políticos son responsables directos del éxito o fracaso de sus candidatos, como lo es el poder ejecutivo de sus cuadros de gobierno. Ejemplifiquemos únicamente dos casos: Oaxaca y Venezuela.

  5. Sustitución del Instituto Federal Electoral (IFE), por un órgano realmente ciudadano y autónomo que recoja la experiencia electoral y las demandas ciudadanas, y garantice la pulcritud, eficiencia, eficacia y austeridad de los procesos electorales. No existe duda...

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