Voto, Plenos de Circuito

JuezMagistrado José Raymundo Cornejo Olvera
Número de registro43496
Fecha06 Diciembre 2019
Fecha de publicación06 Diciembre 2019
Número de resolución1/2019
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 73, Diciembre de 2019, Tomo I, 825

Voto particular que formula el Magistrado J.R.C.O. en la contradicción de tesis 1/2019


En atención a que no comparto el sentido de la ejecutoria, con el debido respeto formulo el siguiente voto particular.


El proyecto de la mayoría adoptó como criterio que debe prevalecer como jurisprudencia el consistente en que al tratarse de juicios en línea, la hora que aparece en el acuse electrónico, debe convertirse al huso horario de la zona geográfica en que se presento´ la promoción.


Al respecto, se estima conveniente precisar que es un acontecimiento ordinario en el País el hecho de que en las operaciones bancarias o incluso en la presentación de las declaraciones de impuestos y patrimonial, el huso horario que se toma en cuenta es el del Centro, sin hacer una conversión de acuerdo a la zona del País en donde físicamente se realice el trámite; no obstante que dicho huso horario no se ajuste a las actividades que conforman el diario vivir de las personas y sus familias, entre las que se destacan las profesionales.


Además no debe perderse de vista que tratándose de la presentación de promociones, el quejoso tiene varias opciones a seleccionar, como son:


1) presentar la demanda o promoción en la oficialía de partes correspondiente que habrá de funcionar hasta las veinticuatro horas del día de su vencimiento; y,


2) en forma electrónica a través de la Firma Electrónica, hasta las...

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