Reglamento Interno de Convivencia para las NiÑas y NiÑos Usuarios y Personas Servidoras Publicas del Centro de Asistencia e Integracion Social Azcapotzalco \(cais Azcapotzalco\)



[N. DE E. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO SEXTO TRANSITORIO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA PARA LAS PERSONAS RESIDENTES Y PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL CENTRO DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL AZCAPOTZALCO (CAIS AZCAPOTZALCO), PUBLICADO EN LA G.O. DE 10 DE AGOSTO DE 2021, EL PRESENTE ORDENAMIENTO HA QUEDADO SIN EFECTOS.]

REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA PARA LAS NIÑAS Y NIÑOS USUARIOS Y PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL CENTRO DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL AZCAPOTZALCO (CAIS AZCAPOTZALCO) DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL: 10 DE AGOSTO DE 2021 (SIN EFECTOS).

Reglamento publicado en el No. 103 de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el viernes 31 de mayo de 2019.

Mtra. Nadia Troncoso Arriaga, Directora General del Instituto de Atención a Poblaciones Prioritarias, con fundamento en los Artículos , , , 9° inciso B y 11, K de la Constitución de la Ciudad de México; Artículos 16 fracción IX, 20 fracción IV, 34 fracción I, V, VII y XVII, y74 (sic) fracción III de la Ley del Poder Ejecutivo y de la Administración Publica de la Ciudad de México; 7 fracción IX inciso c, numeral 2, 135 fracción I y 176 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1° fracción I, II y 10 fracción XII de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50 y 63 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 9°, 10, 18 fracción I y 27 de la Ley de Asistencia e Integración Social del Distrito Federal; 5 y 8 de la Ley de Atención Prioritarias para las Personas con Discapacidad y en Situación de Vulnerabilidad; 8°, 9°, 10, 11, 12, 19, 22 fracciones I y II, 23 fracciones I y IV, 25 fracciones I, II, IV, V, VI y IX, 26 fracciones III y VIII, 27 fracciones I y IV y 30 fracciones III y VI de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal; 1° y 24 de la Convención Sobre Derechos Humanos, Pacto de San José; 1°, 3°, 5°, 6°, 7° y 10 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, así como lo establecido en los artículos 1, 2, 3, 7, 36, 37, 53, 82, 108 fracción I de la Ley de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes de la Ciudad de México, artículos 1°, 9°, 14, 19, 22, 32, 40 fracción VII, 42 y décimo primero transitorio de la Ley de Cuidados Alternativos para Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito Federal y demás relativas y aplicables emito el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA PARA LAS NIÑAS Y NIÑOS USUARIOS Y PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL CENTRO DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL AZCAPOTZALCO (CAIS AZCAPOTZALCO)

CAPÍTULO I
Disposiciones generales Artículos 1 a 24
Artículo 1 El presente Reglamento Interno de Convivencia es de interés general y observancia obligatoria para todas las niñas y niños usuarios y las personas servidoras públicas del Centro, tiene por objeto:
  1. Garantizar los derechos de las niñas y niños en situación de desamparo que se encuentran en acogimiento de corto o largo plazo en el Centro.

  2. Regular el comportamiento de las niñas y niños usuarios que reciben acogimiento de corto o largo plazo en el Centro.

(REFORMADO, G.O. 9 DE MARZO DE 2021)

Artículo 2 El CAIS Azcapotzalco atiende a niños y adolescentes de 11 años a 17 años 11 meses de edad en situación de desamparo o abandono con problemas de maltrato infantil, desintegración familiar, abuso sexual y/o físico y cualquier tipo (sic) violencia, sin patologías psiquiátricas, cognitivas o físicas.
CAPÍTULO II Artículo 3

Definiciones

Artículo 3 Para efectos de este Reglamento, se entenderá por:

Acogimiento a corto plazo: Es el que se otorga a la niña o niño usuario en situación de desamparo de manera temporal, por un plazo de 6 meses, en el cual se le da asistencia social y atención integral, en estricto respeto a sus derechos.

Acogimiento a largo plazo: Es el que se otorga a la niña o niño en situación de desamparo como una medida de protección y cuidado más prolongado y tendrá una duración máxima improrrogable de un año, es autorizada por el Comité Técnico del DIF.

Centro/CAIS: Centro de Asistencia e Integración Social lugar de cuidado alternativo o acogimiento residencial para niñas y niños sin cuidado parental o familiar, donde se realizan acciones dirigidas al incremento de las capacidades físicas, mentales y sociales, a cargo de la Dirección General del Instituto de Atención a Poblaciones Prioritarias de la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social del Gobierno de la Ciudad de México.

Comité Técnico del DIF: Al Comité Técnico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia para la Ciudad de México, de acuerdo a la Ley de Cuidados.

Consejo Técnico: Órgano colegiado de consulta, opinión, asesoría, decisión y vinculación entre el personal del CAIS, está encargado de resolver temas referentes a estancia, prórrogas de tiempo, cuestiones de seguimiento de casos, seguridad y salud, así como otros temas que requieran ser definidos para el proceso de inclusión social de las personas usuarias del Centro. Estará conformado con por lo menos 5 personas servidoras públicas del Centro que incluyen necesariamente al responsable del CAIS, el responsable del Área Técnica, responsable del área Administrativa, y dos personas servidoras públicas del Equipo Multidisciplinario.

Desarrollo psicosocial: Es un proceso de cambio ordenado y por etapas, en que niñas y niños logran, en interacción con el medio, niveles cada vez más complejos de movimientos y acciones, de pensamiento, de lenguaje, de emociones y sentimientos, y de relaciones con los demás.

Desamparo o abandono: La situación que vive una niña o niño cuando los progenitores, tutores o responsables de su cuidado dejan de proporcionarles los medios básicos de subsistencia y los cuidados necesarios para su desarrollo integral.

DIF-CDMX: Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México.

Equipo multidisciplinario: Servidores públicos profesionales dedicados a la atención personalizada de las niñas y niños usuarios del CAIS.

Estímulos reforzadores: Son todas aquellas acciones realizadas por el equipo multidisciplinario dirigidas a fomentar la participación de las niñas y niños usuarios en las diversas actividades del Centro.

IAPP: Instituto de Atención a Poblaciones Prioritarias.

Jornadas de limpieza: Ejercicio que realizan las personas servidoras públicas y las niñas y niños usuarios, que tiene como finalidad limpiar las áreas del Centro, como mecanismo de participación para su reinserción social y comunitaria.

Personas servidoras públicas: Toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza para el Gobierno de la Ciudad de México.

Niñas y niños usuarios: Niñas y niños de 6 a 11 años 11 meses de edad que reciben los servicios de asistencia social dentro del CAIS.

PGJ-CDMX: Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.

Ley de Cuidados: A la Ley de Cuidados Alternativos para Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito Federal.

Plan de Vida: Esquema personalizado diseñado en conjunto por el equipo multidisciplinario, plasmado en un documento, que establece el procedimiento de trabajo, así como los servicios sociales que recibirá la niña o niño usuario, orientados al acceso de sus derechos y a la búsqueda de la integración social efectiva o mejora de la calidad de vida.

Reglamento: Reglamento Interno de Convivencia para las Niñas y Niños...

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