Sentencia nº SDF-JRC-91-2016 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal, 30 de Agosto de 2016

PonenteARMANDO I. MAITRET HERNÁNDEZ
Fecha de Resolución30 de Agosto de 2016
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal
EntidadTLAXCALA
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral

SDF-JRC-0091-2016-Acuerdo1

JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL EXPEDIENTE: SDF-JRC-91/2016 ACTORA: G.M.M. AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DE TLAXCALA MAGISTRADO PONENTE: A.I.M.H. SECRETARIO: I.A.L. 1 1. Con la colaboración del Licenciado A.C.Z..

ACUERDO PLENARIO

Ciudad de México, treinta de agosto de dos mil dieciséis.

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión privada de esta fecha, acuerda reencauzar el juicio de revisión constitucional electoral a juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

GLOSARIO

Actora Gabriela Morales Muñoz
Consejo General Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones
Constitución Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Juicio ciudadano Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano
Juicio de revisión Juicio de revisión constitucional electoral.
Instituto Instituto Tlaxcalteca de Elecciones
Ley de Medios Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral
Sentencia impugnada Sentencia de dieciocho de agosto de dos mil dieciséis, dictada por el Tribunal Electoral de Tlaxcala en el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano TET-JDC-341/2016 y acumulados
Tribunal responsable Tribunal Electoral de Tlaxcala.

ANTECEDENTES

  1. Elección.

    1. Jornada.

      El cinco de junio de dos mil dieciséis, se realizó la elección del Ayuntamiento de San Lucas Tecopilco, Tlaxcala.

    2. Primer acuerdo de asignación. El dieciséis de junio, el Consejo General aprobó el acuerdo ITE-CG-289/2016, por el que asignó

      regidurías de representación proporcional.

  2. Primeros juicios locales.

    1. Demandas . Para controvertir ese acuerdo, fueron promovidos diversos medios de impugnación ante el Tribunal responsable.

    2. Sentencia. El quince de julio, el Tribunal responsable dictó sentencia en los juicios TET-JDC-250/2016 y acumulados, en el sentido de revocar el acuerdo de asignación y ordenar emitir uno nuevo.

  3. Cumplimiento a sentencia local.

    Único. El treinta y uno de julio, el Consejo General emitió el acuerdo ITE-CG-293/2016 por el que asignó, en cumplimiento a la sentencia del Tribunal responsable, las regidurías de representación proporcional.

  4. Nuevo juicio local.

    1. Demanda. El cinco de agosto, la actora promovió juicio local a fin de controvertir el acuerdo anterior.

      El medio de impugnación quedó...

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