Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 18 de Marzo de 2014 (Segunda Sección)

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"Versión digital de consulta, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)"
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLIX Morelia, Mich., Martes 18 de Marzo de 2014 NUM. 11
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del
Estado de Michoacán de Ocampo
Lic. Fausto Vallejo Figueroa
Secretario de Gobierno
Lic. José Jesús Reyna García
Directora del Periódico Oficial
María Isabel Luna Marín
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 150 ejemplares
Esta sección consta de 52 páginas
Precio por ejemplar:
$ 18.00 del día
$ 24.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Directora: María Isabel Luna Marín
C O N T E N I D O
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 SEGUNDA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TACÁMBARO, MICHOACÁN
REGLAMENTO AMBIENTAL DEL MUNICIPIO
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA
NÚMERO 77
EN EL MUNICIPIO DE TACÁMBARO, MICHOACÁN, DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO; SIENDO LAS 10:00 HORAS DEL
DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 DOS MIL TRECE, SE REUNIERON EN
LA SALA DE CABILDO DE ESTE MUNICIPIO, A LA QUE FUERON
PREVIAMENTE CONVOCADOS EN LOS TÉRMINOS DE LEY, LOS
INTEGRANTES DEL H. AYUNTAMIENTO, EL C. NOÉ ABURTO INCLÁN,
PRESIDENTE MUNICIPAL; EL C. LIC. ANDRÉS VILLASEÑOR VILLA,
SECRETARIO MUNICIPAL; Y LOS CC. REGIDORES: BAJO EL SIGUIENTE
ORDEN DEL DÍA
1.- . . .
2.- . . .
3.- . . .
4.- . . .
5.- . . .
6.- . . .
7.- . . .
8.- . . .
9.- PROPUESTA Y APROBACIÓN SU CASO DE LA SOLICITUD PRESENTADA
POR LA C. ANA MARÍA TINOCO GARCÍA, DIRECTORA DE ECOLOGÍA
MUNICIPAL, EN LA CUAL SOLICITA LA APROBACIÓN DE LOS SIGUIENTES
PUNTOS:
A) CAMBIO DE NOMBRE DE LA DIRECCIÓN: DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA, A
DIRECCIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL.
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C) CAMBIO DE NOMBRE DEL REGLAMENTO:
REGLAMENTO DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE, A
REGLAMENTO AMBIENTAL DEL MUNICIPIO DE
TACÁMBARO.
10.- . . .
11.- . . .
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NOVENO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA.- LA DIRECTORA
DE ECOLOGÍA, CIUDADANA ANA MARÍA TINOCO
GARCÍA, PRESENTA A CONSIDERACIÓN DE CABILDO,
LAS SIGUIENTES SOLICITUDES:
A) CAMBIO DE NOMBRE DE LA DIRECCIÓN:
DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA, A DIRECCIÓN DE
GESTIÓN AMBIENTAL;
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C) CAMBIO DE NOMBRE DEL REGLAMENTO:
REGLAMENTO DE ECOLOGÍA Y MEDIO
AMBIENTE, A REGLAMENTO AMBIENTAL DEL
MUNICIPIO DE TACÁMBARO;
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MISMAS SOLICITUDES QUE UNA VEZ SON
ANALIZADAS, SE SOMETEN A VOTACIÓN RESULTANDO
APROBADAS POR UNANIMIDAD, EXPÍDASE LA
CERTIFICACIÓN CORRESPONDIENTE PARA LOS FINES
LEGALES A QUE HAYA LUGAR.
NO HABIENDO OTRO ASUNTO QUE TRATAR, SE DA POR
TERMINADA LA PRESENTE SESIÓN, SIENDO LAS 13:00
TRECE HORAS DEL DÍA 03 DE ENERO DEL 2014, DOS MIL
CATORCE, LEVANTÁNDOSE LA PRESENTA ACTA, QUE
FUE RATIFICADA Y APROBADA EN TODAS Y CADA UNA
DE SUS PARTES POR LO QUE EN ELLA INTERVINIERON,
PREVIA LECTURA DE SU CONTENIDO, MISMA QUE SE
AUTORIZA CON SU FIRMA AL CALCE Y AL MARGEN.
LIC. NOÉ OCTAVIO ABURTO INCLAN, PRESIDENTE
MUNICIPAL.- ING. JOSÉ AGUILERA RUIZ,
SÍNDICO MUNICIPAL.- CC. REGIDORES: C. ABRAHAM
CHÁVEZ CAMACHO.- C. ROBERTO GAITÁN HUERTA.-
C.IRAHIT FLORENTINO RODRÍGUEZ CORIA.- C. FANNY
VELÁZQUEZ MONDRAGÓN.- C. LUIS ARTURO ANAYA
GONZÁLEZ.- PROFR. FABIÁN GAONA AGUILAR. - C.
BALTAZAR CEJA GONZÁLEZ .- LIC. ROSALÍA MIRANDA
AREVALO.- C. VICENTE CHÁVEZ CAMACHO.- C.
TZITZIJANE YULIANA SPÍNDOLA MORALES.- LIC.
ANDRÉS VILLASEÑOR VILLA, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO. (Firmados).
INTRODUCCIÓN
Hoy en día, la prioridad de satisfacer las necesidades de la
población en nuestro municipio resulta difícil debido a la
manera en que vivimos, un tanto inconsciente, pues nuestro
comportamiento cada vez se aleja más de la realidad para la
cual fue concebido el hombre. Las condiciones climáticas
responden a la forma de vida de los seres humanos. Hace
más calor, en algunas partes, en otras más frío; llueve más,
de igual forma, en algunos lugares y en otros deja de llover,
provocando inundaciones o sequías. Simplemente
obtenemos lo que merecemos; si deseamos vivir en
situaciones cómodas, es decir, que no tengamos que sufrir
por el abasto de agua, por ejemplo, como el que estemos
conscientes de que cuidar el agua limpia es nuestra
responsabilidad. En este caso, la aplicación de un reglamento
en materia ambiental será de mucho beneficio porque ayudará
a tener un mejor control en las actividades de la población
en nuestro municipio. Así, si cada municipio, cada estado,
cada país vigila y regula muy de cerca las actividades de
sus poblaciones, tendremos globalmente condiciones
apropiadas para sustentar la vida de todos los seres vivos.
De manera similar ocurre con la existencia de animales y
plantas, sobre todo porque dependen de nosotros. Si los
cuidamos, ayudaremos a que tales especies, directa e
indirectamente influyan en nuestra forma de vida,
proporcionándonos los factores que necesitamos para
mantenernos saludables. Para entender mejor esto cabe
mencionar que un incendio forestal puede provocar un gran
desequilibrio alrededor de esta área; para empezar, puede
ocurrir la extinción o desaparición de alguna especie vegetal
o animal, en el área misma; que disminuyan las lluvias por la
falta de vegetación; del suelo, y se pierda su fertilidad, por
efecto del viento o las lluvias torrenciales; que se formen
plagas de insectos y devasten cultivos agrícolas; que se
liberen virus y provoquen problemas de salud a los humanos,
animales y plantas; que disminuya el agua en el subsuelo
en algunas áreas por acabar con la vegetación que lleva a
cabo la recarga. Esto, por mencionar algunos efectos. Es
pues, necesario entender que la participación de los seres
humanos en el cuidado y mejoramiento del medio ambiente
es de vital importancia, para asegurar con ello nuestra salud
y la de las generaciones venideras. Así mismo, la aplicación
de este Reglamento será esencial para que todos, sin
excepción, pongamos nuestro granito de arena a fin de lograr
las metas que conducen a la satisfacción de las necesidades
de todos sin perjudicar el patrimonio natural que nos han
prestado para cumplir con nuestra gran misión de servir,
porque todo en torno nuestro fue creado para servirnos.
P r o p u e s t a:
De conformidad con lo establecido en los artículos 115
fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
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Mexicanos; 123 fracción IV de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 32
inciso a) fracciones I, IV, V y XIII, inciso b) fracciones VII,
VIII, XVIII y XXII, inciso c) fracción VIII, 44, 51 fracciones
VI y XI, 149 en relación con los artículos 144 al 148 fracciones
II, VIII, IX, XIV y XXIII de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Michoacán de Ocampo; las bases establecidas
por el Honorable Congreso del Estado de Michoacán de
Ocampo y en ejercicio de sus facultades, el Honorable
Ayuntamiento Constitucional de Tacámbaro, ha tenido a
bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO AMBIENTAL DEL MUNICIPIO DE
TACÁMBARO, MICHOACÁN DE OCAMPO
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
DEL OBJETO DE ESTE REGLAMENTO
ARTÍCULO 1. Las disposiciones de este Reglamento son
de orden público e interés social, rigen en todo el territorio
municipal de Tacámbaro, Michoacán de Ocampo, regula la
protección, conservación y restauración del ambiente.
ARTÍCULO 2. El presente Reglamento tiene por objeto
establecer los preceptos, bases y las normas para la
conservación, protección, restauración, preservación,
remediación, recuperación y rehabilitación del ambiente, así
como para controlar, corregir y prevenir los procesos de
deterioro ambiental que se presenten en el Municipio,
además de:
I. Regular las acciones que en materia de protección al
ambiente, preservación y restauración del equilibrio
ecológico se realicen en bienes y zonas de
jurisdicción del Municipio de Tacámbaro,
Michoacán de Ocampo;
II. Tutelar, en el ámbito de su jurisdicción municipal, el
derecho de toda persona a disfrutar de un ambiente
adecuado para su desarrollo, salud y bienestar;
III. Ejercer las atribuciones que en materia ambiental
correspondan al Ayuntamiento, de conformidad con
lo dispuesto en las Leyes Generales del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente, Leyes
Generales de Desarrollo Forestal Sustentable, de
Vida Silvestre, de Prevención y Gestión Integral de
Residuos, de Cambio Climático y sus respectivos
Reglamentos, de igual modo las Normas Oficiales
Mexicanas, así como en la Ley Ambiental para el
Desarrollo Sustentable del Estado de Michoacán de
Ocampo, la Ley del Agua y Gestión de Cuencas para
el Estado de Michoacán de Ocampo, la Ley de
Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de
Michoacán de Ocampo y la Ley para la Prevención
y Gestión Integral de Residuos en el Estado de
Michoacán de Ocampo;
IV.La creación, vigilancia y administración de las áreas
naturales protegidas municipales y del Sistema
Municipal de Áreas para la Conservación del
Patrimonio Natural;
V. El ordenamiento ecológico local municipal;
VI. Prevenir y controlar la contaminación generada por
la emisión de ruido, vibraciones, energía térmica,
lumínica, radiaciones electromagnéticas y olores
perjudiciales al ambiente provenientes de fuentes
fijas que funcionen como establecimientos
comerciales o de servicios, así como, en su caso, de
fuentes móviles cuya regulación no sea competencia
del Estado ni de la Federación;
VII. La preservación, protección y restauración del
ambiente en los centros de población, en relación
con los efectos derivados de las obras y los servicios
de alcantarillado, limpia, recolección, traslado,
tratamiento y disposición final de residuos, mercado,
centrales de abasto, panteones, tiraderos a cielo
abierto, rastros y transporte local;
VIII. Definir los principios de la política ambiental
municipal y los instrumentos para su aplicación;
IX. Procurar la conservación y el manejo sustentable de
los recursos naturales en todo el territorio municipal;
X. La promoción de la participación social en materia
ambiental en el ámbito municipal;
XI. Fomentar y promover en el ámbito municipal la
investigación y educación ambiental, asimismo el
uso racional de los recursos naturales;
XII. Garantizar el derecho de la ciudadanía a participar,
en forma individual o colectiva, en la preservación
del patrimonio natural y la protección al ambiente;
XIII. La participación del Municipio en la prevención y el
control de emergencias y contingencias ambientales;
XIV.Establecer los mecanismos de coordinación y
concertación entre las autoridades municipales y los
sectores social y privado en materia ambiental, en
las materias que regula este ordenamiento; y,

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