Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 11 de Junio de 2013 (Sexta Sección)

PERIODICO O FICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLVII Morelia, Mich., Martes 11 de Junio del 2013 NUM. 11
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Interino del Estado de
Michoacán de Ocampo
Lic. José Jesús Reyna García
Secretaría de Gobierno
Por Ministerio de Ley
Tte. de Corb. Fernando Cano Ochoa
Director del Periódico Oficial
Lic. Edgar Bravo Avellaneda
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 250 ejemplares
Esta sección consta de 2 páginas
Precio por ejemplar:
$ 17.00 del día
$ 23.00 atrasado
Para consulta en Internet:
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www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Director: Lic. Edgar Bravo Avellaneda
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 SEXTA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
C O N T E N I D O
GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO
PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL
ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO
OFICINA DEL PROCURADOR
Morelia, Michoacán de Ocampo a 28 de mayo de 2013.
ACUERDO 09/2013 DEL C. PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO
DE MICHOACÁN, POR MEDIO DEL CUAL DETERMINA LA REUBICACIÓN DE LA
FISCALÍA ESPECIAL PARA LA ATENCIÓN DEL DELITO DE VIOLENCIA FAMILIAR
EN MORELIA.
Plácido Torres Pineda, Procurador General de Justicia del Estado, con fundamento en los
concordancia con los numerales 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 19 y 25 de la Ley Orgánica de la
Procuraduría General de Justicia del Estado, y 2° de su Reglamento, y;
C O N S I D E R A N D O
La Procuraduría General de Justicia es la dependencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la
que se integra la institución del Ministerio Público y sus órganos auxiliares directos, para el
despacho de los asuntos que le atribuyen los artículos 21 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, 99 y 100 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Michoacán de Ocampo, su Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia y su
Reglamento.
El Procurador General de Justicia del Estado de Michoacán, preside el Ministerio Público del
Estado, y tiene entre sus facultades expedir los acuerdos, circulares y manuales de organización
que conduzcan al cumplimiento de las funciones de la dependencia.
Mediante Decreto Administrativo de fecha 12 de junio del año 2002, publicado en el Periódico
Oficial del Estado, el día 25 del mismo mes y año, se creó la Fiscalía Especial para la Atención
del Delito de Violencia Familiar, como un órgano desconcentrado de la Procuraduría, con
ámbito de competencia en todo el territorio estatal.
La Fiscalía Especial para la Atención al Delito de Violencia Familiar tiene como función
primordial atender de manera integral a las víctimas de la violencia familiar, brindándoles
apoyo psicológico, asesoría jurídica y resguardo temporal; además de la prevención que es

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