Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 10 de Enero de 2013 (Cuarta Sección)

PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLVI Morelia, Mich., Jueves 10 de Enero del 2013 NUM. 3
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Lic. Fausto Vallejo Figueroa
Secretario de Gobierno
Lic. J. Jesús Reyna García
Director del Periódico Oficial
Lic. Vicente Martínez Hinojosa
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 250 ejemplares
Esta sección consta de 32 páginas
Precio por ejemplar:
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$ 23.00 atrasado
Para consulta en Internet:
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Correo electrónico
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Director: Lic. Vicente Martínez Hinojosa
C O N T E N I D O
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 CUARTA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACÁN
SECRETARÍA DE TURISMO
Convenio de Coordinación para la ejecución del Proyecto, Tlalpujahua
Terminación del Cableado Subterráneo del Centro Histórico............. 1
Convenio de Coordinación para la ejecución del Proyecto Jiquilpan,
Mejoramiento de la Imagen Urbana del Centro Histórico................... 8
Convenio de Coordinación para la ejecución del Proyecto Tzintzuntzan
2a. Etapa de la Restauración del Ex Convento Franciscano
de Tzintzuntzan......................................................................................... 14
Convenio de Coordinación para la ejecución del Proyecto Morelia,
Mejoramiento de la Imagen Urbana de las calles del Centro
Histórico de Morelia ................................................................................. 20
Convenio de Coordinación para la ejecución del Proyecto Mejoramiento
de la Imagen Urbana y Equipamiento Turístico
de Erongarícuaro ....................................................................................... 26
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
TLALPUJAHUA.- TERMINACIÓN DEL CABLEADO SUBTERRÁNEO DEL
CENTRO HISTÓRICO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER
EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE
OCAMPO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ «EL EJECUTIVO
DEL ESTADO», A TRAVÉS DE LA SECRETARIA DE TURISMO,
REPRESENTADA EN ESTE POR SU TITULAR ROBERTO ENRIQUE MONROY
GARCÍA, CON LA PARTICIPACIÓN DEL SECRETARIO DE FINANZAS Y
ADMINISTRACIÓN, C.P. LUIS MIRANDA CONTRERAS, EL COORDINADOR
DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO, ING. FRANCISCO OCTAVIO
APARICIO MENDOZA, Y EL COORDINADOR DE CONTRALORÍA, M.I.
CARLOS AGUSTÍN OCHOA LEÓN, Y POR LA OTRA PARTE EL
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AYUNTAMIENTO DE TLALPUJAHUA, MICHOACÁN, A
QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ «EL
AYUNTAMIENT, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR
EL PRESIDENTE MUNICIPAL, L.A.E. ALFREDO
FEDERICO MUÑOZ RUIZ, ASISTIDO POR EL SÍNDICO
MUNICIPAL, LIC. ALBERTO RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ,
Y POR EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, LIC.
MARIBEL MENDOZA GARCÍA; A QUIENES EN SU
CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ «LAS PARTES», AL
TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
1. El Plan de Gobierno 2012-2015 en su Eje 3 «Una
economía sustentable al servicio de los
michoacanos» en el apartado de Turismo en sus
compromisos 10, 12 y 16 contempla a todo el Estado
de Michoacán como atractivo turístico, así como
deberá fortalecer aquellas regiones que cuenten con
un gran acervo cultural, mismo que deberá ser
desarrollado, impulsado y promocionado para que
el turista tenga la intensión de llevar a cabo la visita
del mismo.
2. Asimismo, sostiene que el Sector Turismo debe ser
gestionado como pieza clave en el desarrollo
económico del Estado desde una perspectiva
territorial, dando cabida al crecimiento endógeno, a
la asociatividad y a la creación de redes
empresariales y sociales, por lo que deberá existir
una estrategia que lleve a garantizar el respeto,
cuidado, conservación y desarrollo de los entornos
naturales, culturales y sociales
3. Con fecha 27 de junio de 2012, el Ejecutivo Federal,
por conducto de la Secretaría de Turismo, y el
Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Michoacán
de Ocampo celebraron el Convenio de Coordinación
en Materia de Reasignación de Recursos 2012, en
adelante «EL CONVENIO», con objeto de transferir
recursos federales a esta Entidad Federativa, para
coordinar la participación del Ejecutivo Federal y de
la Entidad en materia de promoción y desarrollo
turístico, reasignar a ésta la ejecución de proyectos
federales; determinar la aportación de la Entidad
Federativa y de los Municipios para el Ejercicio Fiscal
2012; definir la aplicación de tales recursos; precisar
los compromisos de «LAS PARTES», y establecer
los mecanismos para la evaluación y control de su
ejercicio.
4. «EL CONVENIO», en su cláusula segunda,
establece la obligación de la Entidad Federativa,
de realizar las gestiones necesarias para obtener
recursos de los gobiernos municipales u otras
instancias de los sectores social y privado, para
desarrollo, mediante la celebración de los
convenios correspondientes, con el fin de dar
soporte financiero a los proyectos que en el se
encuentran insertos.
DECLARACIONES
1. DECLARA «EL EJECUTIVO DEL ESTADO» QUE:
a) Que los titulares de las Secretarías de Turismo y
Finanzas y Administración, cuentan con las
atribuciones para suscribir el presente Convenio de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 62 y
66 de Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Michoacán de Ocampo, así como los
artículos 8°, 9°, 11, 15, 16, 22, 24, 27 fracciones I y
XIII y 44 fracción I de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Michoacán
de Ocampo, artículos 1°, 2°, 6° fracción V, 11
fracciones XVIII y XIX y 83 del Reglamento Interior
de la Administración Pública Centralizada del Estado
de Michoacán, artículo 36 de la Ley de Planeación
del Estado de Michoacán y 35 fracción I de la Ley de
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del
Estado de Michoacán.
b) Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 62
y 66 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Michoacán de Ocampo, así como los
artículos 8°, 9°, 11, 15, 16, 40 fracciones I y II, 41, 42
y 44 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Michoacán de Ocampo,
artículos 1°, 2°, 6° fracción V, 11 fracciones XVIII y
XIX, 191 y 198 del Reglamento Interior de la
Administración Pública Centralizada del Estado de
Michoacán, artículo 36 de la Ley de Planeación del
Estado de Michoacán y 35 fracción I de la Ley de
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del
Estado de Michoacán, los titulares de las
Coordinaciones de Planeación para el Desarrollo y
Contraloría, cuentan con las facultades para suscribir
el presente instrumento jurídico.
c) Cuenta con los recursos federales comprometidos
en «EL CONVENIO», para la realización del
proyecto de la Terminación del Cableado Subterráneo
del Centro Histórico, según Oficio de Autorización
de Recursos Al/11/203980/12 de fecha 24 de
septiembre del 2012, expedido por la Secretaría de
Finanzas y Administración, que se integra al presente
como Anexo 1.
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d) Señala como su domicilio para efectos del presente
Convenio, en Avenida Tata Vasco Nº 80, colonia
Vasco de Quiroga, Código Postal 58230, Morelia,
Michoacán de Ocampo.
2. DECLARA «EL AYUNTAMIENTO» QUE:
a) Es un órgano de Gobierno de elección popular,
investido de personalidad jurídica, con patrimonio
propio, con capacidad para obligarse en términos
del presente instrumento jurídico, de conformidad
con el contenido de los artículos 115 fracción II de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, 113 y 123 fracción I de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán
de Ocampo, 2°, 11 y 32, inciso a), fracción X, de la
de Ocampo.
b) El Presidente Municipal tiene a su cargo la
representación del Ayuntamiento, y por
consiguiente, le asisten facultades para celebrar el
presente Convenio, atento al contenido de los
artículos 14 fracción I y 49 fracción XII de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de
Ocampo.
c) De conformidad con los artículos 14 fracción III y 51
fracción VIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Michoacán, corresponde al Síndico entre otras
funciones, la procuración, defensa y promoción de
los intereses municipales y la representación jurídica
del Ayuntamiento.
d) Compete al Secretario del Ayuntamiento, vigilar que
todos los actos del Órgano de Gobierno Municipal,
se realicen con estricto apego a derecho, conforme a
lo dispuesto en el artículo 53 fracción III de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de
Ocampo.
e) Según consta en sesión de Cabildo número 24 de 11
de julio de 2012, se otorgó la aprobación de la
realización de obra pública convenida Federación-
Estado-Municipio, para el Ejercicio Presupuestal
2012, autorizando la realización de las acciones
necesarias para la ejecución de las obras, materia de
este Convenio.
f) Dispone de recursos financieros suficientes para
cubrir las erogaciones que se deriven del presente
Convenio, considerados en el Anexo Técnico de
Ejecución Nº SECTUR/ATE-12/093/2012, de fecha
24 de septiembre de 2012, que se integra al presente
como Anexo 2.
g) Señala como domicilio legal para todos los efectos
del presente Convenio, el ubicado en Portal
Centenario s/n, Centro, Código Postal 61060,
Tlalpujahua de Rayón, Michoacán de Ocampo.
3. DECLARAN «LAS PARTES» QUE:
a) Están debidamente facultados para suscribir el
presente Convenio, se reconocen la personalidad
con que se ostentan y están de acuerdo en celebrar
el presente instrumento, así como sujetarse en la
forma y términos que se establecen al tenor de las
siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO. El presente
Convenio tiene por objeto la coordinación de acciones de
«LAS PARTES» y la aplicación de recursos públicos por el
monto de $3’500,000.00 (tres millones quinientos mil pesos
00/100 M.N.), considerados en «EL CONVENIO», para que
«EL AYUNTAMIENT ejecute la obra pública consistente
en:
lTlalpujahua.- Terminación del cableado
subterráneo del Centro Histórico.
El proyecto de Inversión a que se refiere el párrafo anterior
se prevé en forma detallada en el Anexo Técnico de Ejecución
Nº SECTUR/ATE-12/093/2012 (Anexo 2).
SEGUNDA.- COMPROMISOS DE «EL EJECUTIVO DEL
ESTADO». Para el debido cumplimiento del objeto del
presente Convenio, «EL EJECUTIVO DEL ESTADO» se
compromete a:
I. Ministrar recursos públicos por la cantidad de
$3’000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 M.N.),
de los cuales se consideran $1’500,000.00 (un millón
quinientos pesos 00/100 M.N.) federales y
$1’500,000.00 (un millón quinientos mil pesos 00/100
M.N.) estatales, considerados en el anexo 1 del
presente instrumento, mediante el procedimiento
establecido por la Secretaría de Finanzas y
Administración y previa entrega de la
documentación comprobatoria, a favor de «EL
AYUNTAMIENT, para que éste los aplique en la
realización de la obras públicas señaladas en la
cláusula primera del presente instrumento.
TERCERA.- OBLIGACIONES DE «EL AYUNTAMIENTO».
Para el cumplimiento del objeto convenido en este

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