Periódico Oficial del Estado de México 'Gaceta del Gobierno' del 05 de Abril de 2013 (Sección Tercera)

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DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Directora: Lic. Graciela González Hernández
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Toluca de Lerdo, Méx., viernes 5 de abril de 2013
Tomo CXCV
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 400
No. 64
SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE
SUMARIO:
CONVOCATORIA PARA EL PAGO POR SERVICIOS AMBIENTALES
HIDROLOGICOS
2013.
REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA PARA EL PAGO POR
SERVICIOS AMBIENTALES HIDROLOGICOS DEL ESTADO DE
MEXICO 2013.
"2013. Año del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación"
SECCION TERCERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE
GO f?›!ERN O DEL
ESTADO DE MÉXICO
GRANDE
PROBO
CONVOCATORIA PARA EL PAGO POR SERVICIOS AMBIENTALES HIDROLÓGICOS 2013
El Gobierno del Estado de México a través del Organismo Público Descentralizado denominado Protectora de
Bosques del Estado de México
(PROBOSQUE)
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos
18, 19,
20 y 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
México;
I, 3, 15, 17,
19 Fracción XVII, 32 Bis, 45, 46, 47, 48, 49 y 50 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado
de México; 7 de la Ley para la Coordinación y Control de Organismos Auxiliares del Estado de México; 3.13, 3.15, 3.16, 3.17,
3.18,
3.19
y demás relativos y aplicables del Código para la Biodiversidad del Estado de México; y
CONSIDERANDO
Que en los últimos 50 años se han transformado los ecosistemas rápida y extensamente, en gran parte para resolver la demanda
creciente de alimento, agua, madera, fibra y combustible; lo que ha generado una pérdida irreversible de la diversidad de la vida
sobre la tierra. Los cambios en los ecosistemas han contribuido al bienestar humano y al desarrollo económico, pero con un alto
costo, que implica un mayor riesgo de cambios no lineales y la acentuación de la pobreza, disminuyendo los beneficios para las
generaciones venideras.
La presión que las zonas urbanas ejercen sobre las áreas boscosas es preocupante, debido a la alta concentración de población
que requiere servicios de vivienda, agua, alimentación, salud y educativos principalmente. Lo anterior hace que la superficie de
835 mil hectáreas de bosque y selva con que cuenta la Entidad, de acuerdo con el Inventario Forestal del Estado de México,
2010, tenga que garantizar el recurso hídrico para más de 15 millones de habitantes, catalogado como el Estado más poblado de
la República.
Desde esa perspectiva, el aprovechamiento racional para la dotación de agua a la población estatal situada alrededor de tres
cuencas hidrológicas: Lerma; Pánuco y Balsas es desigual ya que la disponibilidad promedio es de solo 335 m
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/habitante/año; es
decir, la disponibilidad es catorce veces menor al promedio nacional; existiendo 57 municipios del Estado de México con
dotaciones menores a los 200 metros cúbicos y 30 con dotaciones menores a
150.
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5 de abril de 2013
Ante ésta situación, es deber del Estado garantizar un desarrollo equilibrado, a través de la creación de mecanismos que
aseguren el uso y disfrute de los recursos naturales que existen en los diversos ecosistemas conforme a lo señalado dentro del
Programa de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de México 2005-2025 y en el Código para la Biodiversidad del Estado de
México, en donde se establece que el bien jurídico tutelado es el velar por la conservación, aprovechamiento, protección y
fomento de los recursos forestales de acuerdo con el principio de uso racional de los recursos naturales renovables.
Al Gobierno del Estado a través de la Secretaría del Medio Ambiente, por medio del Organismo Público Descentralizado
PROBOSQUE
le compete integrar las políticas, estrategias y acciones inherentes al pago por servicios ambientales
hidrológicos, apoyados en el Fideicomiso para el Pago por Servicios Ambientales Hidrológicos del Estado de México
(FIPASAHEM),
quien considera al Programa para el Pago por Servicios Ambientales Hidrológicos, como una herramienta que
coadyuva a mejorar las condiciones socioeconómicas de los productores forestales del Estado de México.
Que en mérito de lo expuesto, se expide la presente:
CONVOCATORIA 2013
La Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México a través de
PROBOSQUE,
convoca a Ejidos,
Comunidades y Pequeños Propietarios que sean usufructuarios, poseedores, dueños o representantes legales de terrenos
cubiertos por bosques y selvas; en general a todos los interesados en participar en el
Programa para el Pago por Servicios
Ambientales Hidrológicos del Estado de México 2013,
para lo cual deberán cumplir con los términos establecidos en las
siguientes:
BASES
PRIMERA.-
La presente Convocatoria comprenderá apoyos en la siguiente modalidad:
1.
Pago por Servicios Ambientales Hidrológicos 2013. Destinados a la protección, conservación, mantenimiento y
aumento de la cobertura forestal.
SEGUNDA.-
Podrán participar las personas que cumplan los siguientes requisitos:
I.
Ser personas físicas y jurídico colectivas de nacionalidad mexicana, que sean usufructuarios, poseedores, dueños o
representantes legales de terrenos con cubierta arbolada.
Presentar debidamente requisitados los formatos que conforman la solicitud, con base en los Anexos 1, 2, 3 y 4;
que se presentan en las Reglas de Operación.
Con el objeto de darle transparencia al manejo de la información respectiva al beneficiario, se deberá presentar el
Formato de Registro de Información del Solicitante, que se presenta en el Anexo 4 de estas Reglas de Operación,
en el cual se deberá describir toda la información catalogada como "obligatoria" y el solicitante en caso de ser
aprobado manifiesta su consentimiento para que sus datos personales sean publicados en la página de transparencia
del Gobierno del Estado de México.
Los formatos serán firmados en el espacio destinado para el nombre y firma; para el caso de ejidos y comunidades
deberán presentar el sello correspondiente.
El registro de la solicitud se hará con base en la presentación y cumplimiento de todos los requisitos referidos en
esta convocatoria y las Reglas de Operación del Programa.
III.
Presentar identificación oficial vigente; preferentemente credencial de elector, en su caso, cartilla militar,
pasaporte, carta de naturalización, acta de nacimiento, credencial de nombramiento como autoridad del núcleo
agrario expedida por el Registro Agrario Nacional.
IV.
Presentar la Clave Única de Registro de Población (CURP).
V.
Cuando el o los solicitantes estén constituidos como persona jurídico colectivas, deberán presentar Registro
Federal de Contribuyentes (RFC).
VI.
Acreditar la legal propiedad o posesión del terreno con la siguiente documentación:
a).
Ejidos y comunidades: Carpeta Básica conformada por la Resolución Presidencial, Acta de Posesión y Deslinde y
en su caso Plano Definitivo. Cuando los ejidos estén certificados solo se presentará el Acta de Delimitación,
Destino y Asignación de Tierras Ejidales (ADDATE).
b).
Personas físicas y jurídico colectivas: Título que acredite la propiedad del predio que se destinará al pago,
(inmatriculación administrativa, escritura pública, usucapión, sucesión ad Perpetuam, contrato privado de
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compraventa o en su caso Certificado Parcelario). Para el caso de usufructo o renta del predio, la documentación
legal vigente que acredite el usufructo o arrendamiento del mismo, cuya vigencia debe ser acorde al Contrato de
Adhesión correspondiente.
VII.
Cuando se solicita el pago a través de un representante legal, se deberán presentar los siguientes documentos:
a) Ejidos y Comunidades:
a. 1. Acta de asamblea de elección vigente de los órganos de representación, inscrita o presentada para su trámite
ante el Registro Agrario Nacional (RAN). La vigencia considerará un periodo de tres años a partir de la fecha de la
asamblea en la que se acordó el cambio de los Órganos de Representación Ejidal o Comunal.
a.2.
Acta de asamblea en donde decidan incorporarse a los beneficios del Programa; así como comprometerse a
destinar los terrenos al objetivo del mismo y desarrollar las acciones necesarias para su conservación, este
documento debe presentarse debidamente inscrito en el RAN, o bien presentar el acuse de recibo ante el mismo.
El acta deberá corresponder al ejercicio fiscal, con fecha no posterior al cierre de la convocatoria.
a.3.
Identificación oficial de los integrantes del Comisariado de los núcleos agrarios, de acuerdo con lo señalado en
la fracción III de este artículo.
b). Personas físicas y jurídico colectivas:
b.l. Documento que acredite la representación legal.
Para el caso de personas físicas, el documento que acredite la representación legal podrá ser Carta Poder Simple.
Para el caso de personas jurídico colectivas, exceptuando ejidos y comunidades, el documento que acredite la
representación legal deberá estar protocolizado ante Notario Público, mismo que contendrá facultades de
administración.
b.2. Identificación oficial del representante legal, de acuerdo con lo señalado en la fracción III de este artículo.
VIII.
Integrar croquis de localización del polígono propuesto para el pago será en formato libre indicando con claridad
cómo llegar al predio.
IX.
Poligonal del área propuesta para el pago, en coordenadas UTM, Datum WGS 84, impreso con base en el formato
que se presenta en el anexo No. 7 y en formato digital en Excel o en su caso en Shape file generado con algún
Sistema de Información Geográfica.
Para solicitantes que participan por primera vez en este Programa, el polígono propuesto será el definitivo con la
superficie inicial para seguir participando en los ejercicios subsecuentes, por lo que no se podrá cambiar de
ubicación una vez aprobada la solicitud, pudiendo en su caso incrementarse, hasta cubrir las hectáreas máximas
que se pagan con base en las Reglas de Operación. El polígono se deberá presentar a más tardar el día del cierre
de la Convocatoria.
Para los beneficiarios que refrendan su solicitud no será necesario presentar el polígono nuevamente.
X.
Manifestar bajo protesta de decir verdad, que la superficie del predio propuesta para ingresar en el Programa, no
se encuentra en litigio, firmada por el usufructuario, poseedor, dueño o representante legal, y en el caso de ejidos
y comunidades firmada por el órgano de representación (Comisariado), e informar si el área propuesta cuenta con
el pago por servicios ambientales hidrológicos de otras instancias gubernamentales o no gubernamentales.
XI.
Designar voluntariamente en el apartado de la solicitud a la persona que será un segundo beneficiario, quien por
imposibilidad del titular o mediante causa justificada pueda recibir el pago directamente, siendo responsabilidad del
designado al tener esa calidad el cumplir lo que disponen la presente Convocatoria y Reglas de Operación así
como las obligaciones comprometidas en el Contrato de Adhesión; en el caso de los ejidos y comunidades la
designación deberá recaer en un integrante de los órganos de representación y anexar copia de la identificación de
la persona habilitada.
XII.
Para el caso de plantaciones forestales comerciales con fines de producción maderable o de árboles de navidad, se
requiere el documento que acredite que ya se realizó o está en trámite el registro de la plantación ante la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
XIII.
Para predios que cuenten con autorización para el aprovechamiento de recursos forestales maderables y solicitan
el pago para superficies que están en áreas de corta deberán presentar el documento que acredite que están
certificados en relación con el buen manejo forestal.

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