Sentencia nº SG-JRC-0036-2010-Acuerdo1 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Guadalajara, 2 de Julio de 2010
Ponente | Jacinto Silva Rodriguez |
Fecha de Resolución | 2 de Julio de 2010 |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Guadalajara |
Entidad | Sinaloa |
Tipo de proceso | Juicio de revisión constitucional electoral |
JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL EXPEDIENTE: SG-JRC-36/2010 ACTOR: COALICIÓN ALIANZA PARA AYUDAR A LA GENTE AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DEL ESTADO DE SINALOA TERCERO INTERESADO: COALICIÓN CAMBIEMOS SINALOA MAGISTRADO PONENTE: JACINTO SILVA RODRÍGUEZ |
Guadalajara Jalisco, a dos de julio de dos mil diez.
VISTO el informe signado por J.L.D.S., representante propietario de la Coalición "Alianza para Ayudar a la Gente", al cual anexa copia certificada de solicitud de registro de candidatos a regidores por el principio de representación proporcional para integrar el Ayuntamiento de Guasave, Sinaloa, para el periodo 2011-2013; así como el oficio CME/0016/2010 firmado por J.A.A., Presidente del Consejo Distrital Municipal Electoral Guasave, Sinaloa, al que agrega copias certificadas de acuerdos tomados por dicho Consejo el pasado treinta de junio, como del acuerdo de esa fecha en el que se aprobó el registro de los candidatos a regidores en comento; lo anterior, en cumplimiento a lo ordenado por el Pleno de esta Sala el pasado veinticuatro de junio dentro de las presentes actuaciones; los cuales fueron turnados a la Ponencia del Magistrado J.S.R. mediante oficio TEPJF/SG/SGA/385/2010.
En consecuencia, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 99, párrafo cuarto, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, fracción II, 184, 185, 192, párrafo primero, 195, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 4, 86, 87 párrafo 1, inciso b), y 89 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; 1, 33, fracción VII, 38, fracción VII, y 39, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA:
PRIMERO. Se tienen por recibidos los documentos y sus anexos de cuenta, por lo que se ordena sean agregados a los presentes autos para que surtan los efectos legales a que haya lugar.
SEGUNDO. Del análisis de la resolución dictada por esta Sala con fecha veinticuatro de junio del año en curso, en el expediente al rubro indicado, aparece que se determinó revocar parcialmente la resolución 38/2010 REV emitida por el Tribunal Estatal Electoral del Estado de Sinaloa, emitida el ocho de junio de dos mil diez, se ordenó a la Coalición "Alianza para Ayudar a la Gente", que dentro del término de veinticuatro horas, contadas a partir del momento en que recibiera la notificación de la resolución en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba