17. Ampliación de la demanda
- Fondo de la vivienda del instituto de seguridad y servicios sociales de los trabajadores del estado. La falta de contestación a la solicitud de devolución de pagos indebidos que se realicen para la amortización de un crédito otorgado por éste, actualiza la negativa ficta impugnable mediante el juicio contencioso administrativo: (Tesis Jurisprudencial num. 2a./J. 80/2016 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 8 de Julio de 2016 (Contradicción de Tesis))
- Demanda en el juicio contencioso administrativo federal tramitado en la vía sumaria. la notificación del acuerdo que admite la contestación y otorga el plazo para su ampliación debe realizarse personalmente: (Tesis Jurisprudencial num. XVI.1o.A.T. J/5 (10a.), Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 31 de Mayo de 2013 (Por Reiteración))
- Ampliación de demanda.- Incorrecta interpretación y aplicación de la jurisprudencia establecida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación número 2a./J. 71/2009: (Tesis nº VI-TASR-XXX-73 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 2011)
- Ampliación de la demanda de nulidad. Es oportuna su presentación en la primera hora hábil del día siguiente al del vencimiento del plazo, entendiéndose por ésta los primeros sesenta minutos del horario de labores de las oficialías de partes del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa: (Tesis Aislada num. VI.1o.A.327 A, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 1 de Mayo de 2011)
- Ampliación de la demanda en el juicio contencioso administrativo federal. Cuando existen diversas autoridades demandadas y al contestar exhiben los mismos documentos, que actualizan alguna de las hipótesis relativas, basta con que el Magistrado Instructor emplace al actor con la primera contestación para que amplíe su escrito inicial: (Tesis Aislada num. II.2o.T.Aux.28 A, Segundo Tribunal Colegiado Auxiliar, Con Residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, 1 de Marzo de 2011)
- Agravios de la ampliación de la demanda. Supuesto en que la omisión de su estudio no viola los principios de exhaustividad y congruencia: (Tesis nº VI-P-SS-443 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2011)
- Agravios inoperantes. Son los planteados por la actora en sus alegatos y que pudo haber formulado en su demanda o la ampliación a la misma: (Tesis nº VI-P-SS-424 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2011)
- Demanda supuesto en que procede conceder término para una segunda ampliación: (Tesis nº VI-TASR-V-18 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2010)
- Alegatos de bien probado. Es la vía idónea para que la parte actora controvierta las pruebas ofrecidas en la contestación a la ampliación de demanda respectiva: (Tesis nº VI-TASR-I-8 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2010)
- Acto administrativo. Si el actor niega conocer las resoluciones determinantes de los créditos fiscales fincados por el Instituto Mexicano del Seguro Social, es insuficiente que la autoridad al formular su contestación de demanda, conforme lo disponen los artículos 16 y 17 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, exhiba copia certificada de revocación de certificado digital a nombre del actor: (Tesis nº VI-TASR-XXXVII-67 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2009)
- Principio de mayor beneficio a la parte actora. Caso en el que procede el estudio del agravio de fondo que satisfaga la pretensión de la demanda, además del análisis de la fundamentación de la competencia: (Tesis nº VI-P-SS-232 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Diciembre de 2009, Tesis nº VI-P-SS-136 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 2009, Tesis nº VI-P-SS-187 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2009, Tesis nº VI-P-SS-47 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2008)
- Juicio contencioso administrativo. Tratándose de la resolución negativa ficta, en la ampliación de demanda, con base en el principio de litis abierta, pueden introducirse argumentos novedosos para cuestionar las violaciones cometidas durante la tramitación del procedimiento o recurso del cual derive la resolución de mérito, sin que la omisión de impugnar aquéllas en la demanda haga precluir su derecho para hacerlo: (Ejecutoria num. 2a./J. 87/2009 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, Tesis Jurisprudencial num. 2a./J. 87/2009 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Julio de 2009 (Contradicción de tesis))
- Formulación de conceptos de impugnación y ofrecimiento de pruebas en la ampliación de la demanda.- Deben estar directamente relacionados con el supuesto por el cual se otorgó a la actora esta posibilidad: (Tesis nº VII-P-SS-26 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2012, Tesis nº VI-P-SS-150 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 2009)
- Demanda de nulidad. El incumplimiento de la obligación del Magistrado Instructor del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de respetar el plazo de 20 días establecido en el artículo 17 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo para ampliarla, es una violación al procedimiento cuya trascendencia al resultado del fallo debe examinarse en el amparo directo: (Tesis Jurisprudencial num. 2a./J. 70/2009 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Mayo de 2009...
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