- REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PADRÓN DE PERITOS ESTATALES RESPONSABLES DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA Y EDIFICACIÓN Y PERITOS ESPECIALIZADOS.

Fecha de publicación12 Abril 2021
SecciónPrimera Secció
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 17Abril 12 de 2021 (Primera Sección)
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico
Oficial del Estado de Aguascalientes.
Aguascalientes, Aguascalientes, a 08 de abril de 2021.
ATENTAMENTE
ING. ARMANDO ROQUE CRUZ
Secretario de Gestión Urbanística, Ordenamiento Territorial,
Registral y Catastral
MTRO. IGNACIO DELGADO MACIAS
Director General del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado
SECRETARÍA DE GESTIÓN URBANÍSTICA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL,
REGISTRAL Y CATASTRAL
SECRETARÍA DE GESTIÓN URBANÍSTICA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL, REGISTRAL
Y CATASTRAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Ing. Armando Roque Cruz, Secretario de Gestión Urbanística, Ordenamiento Territorial, Registral y
Catastral del Estado de Aguascalientes; con fundamento en establecido en la Sección Cuarta. “Función
Pericial y Supervisión de Proyectos y Obras de Urbanización y Edificación”, artículos 4°, fracción CXV, 216 y
230 del Código de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda para el estado de Aguascalientes,
relativo a las facultades y obligaciones de los peritos incorporados al padrón, el establecimiento de sanciones,
así como el procedimiento para la aplicación de éstas, he tenido a bien emitir el “REGLAMENTO DE
ADMISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PADRÓN DE PERITOS ESTATALES RESPONSABLES DE OBRAS
DE INFRAESTRUCTURA Y EDIFICACIÓN Y PERITOS ESPECIALIZADOS”.
CONSIDERANDO
Que conforme a lo establecido en los artículos 219 y 226 del Código de Ordenamiento Territorial, Desarrollo
Urbano y Vivienda para el estado de Aguascalientes, la Secretaría de Gestión Urbanística, Ordenamiento
Territorial, Registral y Catastral del Estado de Aguascalientes, tiene la atribución de establecer los
lineamientos y llevar a cabo los procesos de admisión, refrendo, capacitación, evaluación de los Peritos
Responsables de Obra y Peritos Especializados, en materia de Desarrollo Urbano, de conformidad con la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado publicada el 27 de octubre de 2017, emite el siguiente:
REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PADRÓN DE PERITOS ESTATALES
RESPONSABLES DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA Y EDIFICACIÓN
Y PERITOS ESPECIALIZADOS.
CAPITULO I
Disposiciones Generales
ARTICULO 1º.- Las disposiciones de este Reglamento son de orden público e interés general y tienen por
objeto normar el funcionamiento del Registro Estatal de Peritos Responsables de Obras de Infraestructura y
Edificación y Peritos Especializados, a que se refiere el Artículo 219 del Código de Ordenamiento Territorial,
Desarrollo Urbano y Vivienda para el Estado de Aguascalientes.
ARTICULO 2º.- Para efectos del presente Reglamento se entenderá por:
I. SEGUOT: Secretaría de Gestión Urbanística, Ordenamiento Territorial, Registral y Catastral del
Estado de Aguascalientes;
II. D.G.O.T.: Dirección General de Ordenamiento Territorial de la SEGUOT;
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico
Oficial del Estado de Aguascalientes.
Aguascalientes, Aguascalientes, a 08 de abril de 2021.
ATENTAMENTE
ING. ARMANDO ROQUE CRUZ
Secretario de Gestión Urbanística, Ordenamiento Territorial,
Registral y Catastral
MTRO. IGNACIO DELGADO MACIAS
Director General del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado
SECRETARÍA DE GESTIÓN URBANÍSTICA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL,
REGISTRAL Y CATASTRAL
SECRETARÍA DE GESTIÓN URBANÍSTICA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL, REGISTRAL
Y CATASTRAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Ing. Armando Roque Cruz, Secretario de Gestión Urbanística, Ordenamiento Territorial, Registral y
Catastral del Estado de Aguascalientes; con fundamento en establecido en la Sección Cuarta. “Función
Pericial y Supervisión de Proyectos y Obras de Urbanización y Edificación”, artículos 4°, fracción CXV, 216 y
230 del Código de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda para el estado de Aguascalientes,
relativo a las facultades y obligaciones de los peritos incorporados al padrón, el establecimiento de sanciones,
así como el procedimiento para la aplicación de éstas, he tenido a bien emitir el “REGLAMENTO DE
ADMISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PADRÓN DE PERITOS ESTATALES RESPONSABLES DE OBRAS
DE INFRAESTRUCTURA Y EDIFICACIÓN Y PERITOS ESPECIALIZADOS”.
CONSIDERANDO
Que conforme a lo establecido en los artículos 219 y 226 del Código de Ordenamiento Territorial, Desarrollo
Urbano y Vivienda para el estado de Aguascalientes, la Secretaría de Gestión Urbanística, Ordenamiento
Territorial, Registral y Catastral del Estado de Aguascalientes, tiene la atribución de establecer los
lineamientos y llevar a cabo los procesos de admisión, refrendo, capacitación, evaluación de los Peritos
Responsables de Obra y Peritos Especializados, en materia de Desarrollo Urbano, de conformidad con la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado publicada el 27 de octubre de 2017, emite el siguiente:
REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PADRÓN DE PERITOS ESTATALES
RESPONSABLES DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA Y EDIFICACIÓN
Y PERITOS ESPECIALIZADOS.
CAPITULO I
Disposiciones Generales
ARTICULO 1º.- Las disposiciones de este Reglamento son de orden público e interés general y tienen por
objeto normar el funcionamiento del Registro Estatal de Peritos Responsables de Obras de Infraestructura y
Edificación y Peritos Especializados, a que se refiere el Artículo 219 del Código de Ordenamiento Territorial,
Desarrollo Urbano y Vivienda para el Estado de Aguascalientes.
ARTICULO 2º.- Para efectos del presente Reglamento se entenderá por:
I. SEGUOT: Secretaría de Gestión Urbanística, Ordenamiento Territorial, Registral y Catastral del
Estado de Aguascalientes;
II. D.G.O.T.: Dirección General de Ordenamiento Territorial de la SEGUOT;
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico
Oficial del Estado de Aguascalientes.
Aguascalientes, Aguascalientes, a 08 de abril de 2021.
ATENTAMENTE
ING. ARMANDO ROQUE CRUZ
Secretario de Gestión Urbanística, Ordenamiento Territorial,
Registral y Catastral
MTRO. IGNACIO DELGADO MACIAS
Director General del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado
SECRETARÍA DE GESTIÓN URBANÍSTICA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL,
REGISTRAL Y CATASTRAL
SECRETARÍA DE GESTIÓN URBANÍSTICA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL, REGISTRAL
Y CATASTRAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Ing. Armando Roque Cruz, Secretario de Gestión Urbanística, Ordenamiento Territorial, Registral y
Catastral del Estado de Aguascalientes; con fundamento en establecido en la Sección Cuarta. “Función
Pericial y Supervisión de Proyectos y Obras de Urbanización y Edificación”, artículos 4°, fracción CXV, 216 y
230 del Código de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda para el estado de Aguascalientes,
relativo a las facultades y obligaciones de los peritos incorporados al padrón, el establecimiento de sanciones,
así como el procedimiento para la aplicación de éstas, he tenido a bien emitir el “REGLAMENTO DE
ADMISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PADRÓN DE PERITOS ESTATALES RESPONSABLES DE OBRAS
DE INFRAESTRUCTURA Y EDIFICACIÓN Y PERITOS ESPECIALIZADOS”.
CONSIDERANDO
Que conforme a lo establecido en los artículos 219 y 226 del Código de Ordenamiento Territorial, Desarrollo
Urbano y Vivienda para el estado de Aguascalientes, la Secretaría de Gestión Urbanística, Ordenamiento
Territorial, Registral y Catastral del Estado de Aguascalientes, tiene la atribución de establecer los
lineamientos y llevar a cabo los procesos de admisión, refrendo, capacitación, evaluación de los Peritos
Responsables de Obra y Peritos Especializados, en materia de Desarrollo Urbano, de conformidad con la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado publicada el 27 de octubre de 2017, emite el siguiente:
REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PADRÓN DE PERITOS ESTATALES
RESPONSABLES DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA Y EDIFICACIÓN
Y PERITOS ESPECIALIZADOS.
CAPITULO I
Disposiciones Generales
ARTICULO 1º.- Las disposiciones de este Reglamento son de orden público e interés general y tienen por
objeto normar el funcionamiento del Registro Estatal de Peritos Responsables de Obras de Infraestructura y
Edificación y Peritos Especializados, a que se refiere el Artículo 219 del Código de Ordenamiento Territorial,
Desarrollo Urbano y Vivienda para el Estado de Aguascalientes.
ARTICULO 2º.- Para efectos del presente Reglamento se entenderá por:
I. SEGUOT: Secretaría de Gestión Urbanística, Ordenamiento Territorial, Registral y Catastral del
Estado de Aguascalientes;
II. D.G.O.T.: Dirección General de Ordenamiento Territorial de la SEGUOT;

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