- MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DE LA CIUDAD DE RINCÓN DE ROMOS 2011 – 2040, DONDE SE PROPONE CAMBIO DE USO DE SUELO HABITACIONAL MULTIFAMILIAR AL PREDIO DE ARMANDO MÉNDEZ BARRAZA Y AIDA MÁRQUEZ GUARDADO.

Fecha de publicación21 Febrero 2022
SecciónCuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 213Febrero 21 de 2022 (Cuarta Sección)
H. AYUNTAMIENTO DE RINCÓN DE ROMOS
Mtro. Francisco Javier Rivera Luévano, Presidente Municipal de Rincón de Romos, Ags., con fundamento en los Artículos 115, F racción II de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 16,36 fracciones I y XXXIX; 38
fracciones I y II de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes y Ariculo10, fracciones I, II y XVII, del Reglamento Interior del Honorable
Ayuntamiento de Rincón de Romos, a los habitantes del Munici pio de Rincón de Romos, hago saber que el Honorable Ayuntamiento Const itucional
2021-2024, tuvo a bien aprobar:
MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DE LA CIUDAD DE RINCÓN DE ROMOS 2011 2040, DONDE SE PROPONE
CAMBIO DE USO DE SUELO HABITACIONAL MULTIFAMILIAR AL PREDIO DE ARMANDO MÉNDEZ BARRAZA Y AIDA MÁRQUEZ
GUARDADO.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Se elabora el presente dictamen, consideran do la Solicitud de cambio de uso de suelo realizada por los Sres. Arm ando Méndez Barraza y Aida
Márquez Guardado, de fecha 24 de agosto del año 2021, c on la intención de obtener la Constancia Municipal de Compatibili dad Urbanística con uso
de suelo habitacional multifamiliar, para con ello integrarla al expediente solicitado por la Secretaría de Gestión Urbanísti ca, Ordenamiento Territorial,
Registral y Catastral (SEGUOT), para l a aprobación del proyecto bajo R égimen de Condominio Vertical y así dar continuidad al proceso de
conformación de expediente en el área de estudi o objeto del presente dictamen.
ANTECEDENTES
Área de Estudio. Consiste en un predi o ubicado en la calle Francisco Villa No. 310, en el f racc. Magisterial II, de esta cabecera municipal , con una
superficie de 200.00m², correspondiendo a un frent e de 10.00m de frente por 20.00m de largo, identificado con cuenta catastral 70102037008000,
mostrándose en la siguiente imagen
Denominación del Régimen de Condominio Vertical.
Se le conoce así a la modalidad mediante la c ual cada condómino es propietario
exclusivodeunapartedelaedificaciónyencomúndetodoelterrenoyedificacionesoinstalacionesdeuso general.
De los Requisitos para el Régimen de Condominio Vertical.
En base al Código de Ordenamiento T erritorial, Desarrollo Urbano y Viv ienda para el Estado de Aguascalientes , Titulo Séptimo del Régim en de
Propiedad en Condominio, Capítulo I de la Clasificación de los Condomi nios, Art. 434, fracción III, el Condominio puede constitui rse, cuando el
propietario o propietarios de un inmueble lo div idan en diferentes departamentos, viviendas,casas,locales,oficinas,bodegas,navesindustriales
o áreas, para enajenar a distintas personas, siempre que existan los elementos comunes de propie dad que sean indivisibles. El condominio puede
constituirse sobre construcciones en proyecto, incl uyendo en su caso la ejecución de obras de urbanización, obras en proceso de constru cción o ya
terminadas. Las construcciones terminadas se autoriz arán para constituirse bajo el régimen de propiedad en c ondominio siempre y cuando cumplan
con las especificaciones en materia de urb anización, estacionamientos, viali dades, usos o destinos del suelo, densidade s de población y de
construcción, imagen urbana y restri cciones de la zona, fraccionamiento, desarrollo inmobiliario es pecial, barrio o colonia en que se ubiquen, así
como se garanticen los servicios.
Aprobación. Para la aprobación del Régimen de Propiedad en Condominio deberá integra rse un expediente y presentarlo ante la Secretaría de
Gestión Urbanística y Ordenamiento Te rritorial, Registral y Catastral (SEGUOT), con diversos requisitos, para ser sometido a la Comisión Estatal de
Desarrollo Urbano para su autorizació n; dentro de esta lista de requisitos de int egración de expediente es indispensable la Consta ncia Municipal de
Compatibilidad Urbanística emitida p or la autoridad municipal, en base a un instrumento de pl aneación debidamente autorizado y publicado en el
Periódico Oficial de Gobierno del Estado (Prog rama de Desarrollo Urbano).

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