- CÓDIGO DE CONDUCTA DEL MUNICIPIO DE TEPEZALÁ, AGUASCALIENTES.

Fecha de publicación21 Febrero 2022
SecciónCuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 227Febrero 21 de 2022 (Cuarta Sección)
La Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes , en su artículo 36 fracciones XLV, XLVI y XLVIII indica:
“(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 26 DE NOVIEMBRE DE 2007)
Artículo 36.- Los Ayuntamientos tienen como función general el gobi erno del Municipio y como atribuciones y facultades las
siguientes:
XLV.- Formular, aprobar y administrar la zonifi cación, planes y programas de desarrollo urbano y rural m unicipal;
XLVI.- Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales;
XLVIII.- Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales;”
El Código de Ordenamiento Territorial, Desarro llo Urbano y Vivienda para el Estado de Aguascalientes, indica en su artículo 24, fracción I:
Artículo 24.- Corresponde a los municipios por conduc to de los ayuntamientos, en el ámbito de sus jurisdicciones, las siguientes
atribuciones:
I.- Elabo rar, aprobar, ejecutar, controlar, modificar, actualizar, cancelar y e valuar los programas municipales de desar rollo
urbano, ordenamiento territorial y de vi vienda, así como los demás que de éstos se deriven;”
El Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Rincón de Romos, Aguascalientes en sus artículo 34 fracciones I y II, a la letra indican. -
Artículo 29- La Dirección de Planeación y Desarrollo Urb ano, tiene las siguientes atribuciones:
I. Proveer los elementos para la exacta observ ancia de la planeación urbana, desde su formulación, administración, ej ecución,
control y evaluación;
II. Ejercer las atribuciones qu e otorga el Código de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Ur bano y Vivienda para el Estado de
Aguascalientes al Municipio, en lo inherente al ordenamiento territorial, desarrollo urbano y vivienda;
En base a las anteriores conside raciones expuestas y fundadas se somete a consideración del H. Ayuntamiento de Rincón de Romos los siguientes:
PUNTOS RESOLUTIVOS:
1. Se autorice “Cambio de uso de suelo del predio ubicado en la Calle Plutarco Elías Calles No. 203, Col. San José, en la Cabecera
Municipal de Rincón de Romos de Uso de suelo Habit acional Tipo Medio a Uso de suelo “Industrial”.
2. De autorizarse el punto resolutivo anterior, s e ordene la publicación del acta respectiva e n el Periódico Oficial de Gobierno del
Estado, para la aplicación legal de esta disposición.
Lo anterior para el conocimiento de la ciudadanía. Dado por el Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Rincón de Romos, Aguascalientes , en la Reunión
Extraordinaria de Cabildo, celebrada el día veinticuatro de enero del año dos mil veintidós con la presencia del Presidente Municipal Mtro. Francisco Javier Rivera
Luévano y los Regidores: C.P. Felipe de Jesús Luevano Ruvalcaba, Mtra. Jazmín Ovalle Méndez, Mtro. Carlos Contreras Reyes, Lic. Nora Nayeli Romero Hernández,
C.P. Luz Adriana Castañeda De Velasco, Mtro. Sergio Marín Reyes, Dr. Erick Muro Sánchez, C.P. Sonia Hornedo Guerra y la Síndico Procurador Mtra. Alma Guadalupe
Zapata Castorena. así como el Secretario del H. Ayuntamiento y Director General de Gobierno Municipal, Lic. Roberto Axel Armendáriz.- En consecuencia de
conformidad con lo dispuesto en el Articulo 38, Fracc II, de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes, promulgo y ordeno se de publicidad para el debido
cumplimiento y efectos legales conducentes.- Rincón de Romos, Aguascalientes a 10 de febrero del año 2022.- Rubrica Secretario del H. Ayuntamiento y Director
General de Gobierno Municipal, Lic. Roberto Axel Armendáriz.-. Quien valida con su firma en términos de los Artículo 26, fracción IX del Bando de Policía y Gobierno
del Municipio de Rincón de Romos, Aguascalientes; y Articulo 10, fracción IX, del Reglamento Interior de la Secretaría del H. Ayuntamiento y Dirección General de
Gobierno del Municipio de Rincón de Romos.
H. AYUNTAMIENTO DE TEPEZALÁ
LICENCIADA LETICIA OLIVARES JIMÉNEZ, PRESIDENTA MUNICIPAL DE TEPEZALÁ, con fundamento en los artícul os 115, fracción II de la
38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; artículos 8 fracción IV, 39 fracción I, 41, 42 fracción I y II del Código
Municipal y demás normativas relativas y aplicables; a los habitantes del Municipio de Tepezalá, hace saber que el Honorable Ayuntamiento
Constitucional 2021-2024 del Municipio de Tepezalá, Aguascalientes; tuvo a bi en aprobar el Código de Conduct a del Municipio de Tepezalá,
Aguascalientes, para quedar como sigue: “
CÓDIGO DE CONDUCTA DEL MUNICIPIO DE TEPEZALÁ AGUASCALIENTES
PREÁMBULO
El presente Código de Conducta es emitido por la Administración Pública 2021-2024 del Municipio de Tepezalá, Aguascalie ntes; en la que se
constituye un conjunto de valores y principios generales que rigen l a conducta de los servidores públicos, que se traduzca en una mejor dis posición
y vocación; garantizando siempre, el cumplimiento de los principi os de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que rigen el servicio
público; con el único propósito de dignificar y fo rtalecer sus instituciones y lograr así el bienestar de la ciu dadanía
Este Código de Conducta no busca suplir las ley es o reglamentos que ya existen, sino complementarlos y fortalecerlos; es por eso que se pretende
honrar la confianza que la ciudadanía ha deposi tado para cumplir con las responsabilidades que se tienen com o servidores públicos.
MISIÓN
Dotar a los Servidores Públicos q ue integran este Municipio de Tepezalá de un instrumento como l o es el Código de Conducta, que sirva com o guía
permanente para realizar las actividades propi as de la naturaleza de sus funciones, consolidada con una cult ura de legalidad y transparencia
VISIÓN
Ser un Municipio prospero, seguro y justo, con valores bi en cimentados y orgulloso de su gente, sus costumbres y tradiciones, pero sobre todo
competitivo, creando oportunidades pa ra sus habitantes, garantizando un gobierno transparen te, democrático e incluyente, con respeto a las ley es
y el progreso del Municipio de Tepezalá, Aguasc alientes, México.
OBJETIVO
El Código de Conducta del Municipio tiene como objetivo primordi al ser una guía para los Servidores Públicos adscritos a esta De pendencia en su
actuar diario en el trabajo; promovi endo e impulsar una cultura política i ncluyente y humana que garantice la g obernabilidad democrática del Municipi o
de Tepezalá, Aguascalientes, brindan do certeza y seguridad jurídica, siempre apegado a d erecho; abarcando a todos los sectores y actores de la
sociedad en un marco de respeto, legalidad, tr ansparencia, equidad y participación, favoreciendo el desarrollo armó nico del Municipio, para seguir
creciendo juntos.
VALORES
EI actual Gobierno Municipal, orientar á su quehacer público, basado en un conjunto de val ores éticos - políticos, hacia el adecuado cumplimiento de
la labor municipal, con la finalidad de satisfacer las demandas de la ciudadanía con asert ividad, manteniendo siempre un rumbo definido que nos
conduzca al éxito.
Interés Público / Respeto a los Derechos Humanos / Igualdad y no discriminación / Equidad de Género / Entorno Cultural y Ec ológico /
Cooperación / Liderazgo
MARCO JURÍDICO
Ley General del Sistema Nacional Anticorru pción
Ley del sistema Estatal Anticorrupción del E stado de Aguascalientes
Ley General de Responsabilidades Admi nistrativas
Ley de Responsabilidades Administrativas del E stado de Aguascalientes
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Lib re de Violencia
Ley General de Transparencia y Acceso a la lnform ación Pública
Ley de Trasparencia y Acceso a la lnformación Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios
Ley Municipal para el Estado de Aguascalient es
Código Municipal de Tepezalá, Aguascalientes
Código de Ética del Municipio de Tepezalá, Aguascalientes

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